Orden de 18 de marzo de 1981 por la que se aprueban las normas de adaptación del plan general de contabilidad a la Industria téxtil.

MarginalBOE-A-1981-8547
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyOrden

El apartado 11 de la introducción del plan general de contabilidad, aprobado por el Decreto 530/1973, de 22 de febrero, prevé el establecimiento de normas específicas destinadas a los sectores de actividad económica que lo precisen. A tal efecto se constituyó en el Instituto de Planificacion contabel un Grupo de trabajo para adaptar dicho plan a las características concretas de la Industria téxtil

Esté Grupo de trabajo elaboró el Texto de la citada adaptación, el cuál, conforme a lo preceptuado en el artículo 4, 3, del Real Decreto 1982/1976, de 24 de agosto, ha sido informado favorablemente por La Comisión permanente del consejo nacional de contabilidad

Por todo lo expuesto, Este Ministerio ha acordado:

1. Aprobar el Texto que figura seguidamente conteniendo las normas de adaptación del plan general de contabilidad a la Industria téxtil

2. Esté Texto se aplicará a partir del primer ejercicio económico que se inicie despúes del 31 de diciembre de 1981 por las empresas que realicen la actividad indicada y que, de acuerdo con las Disposiciones que regulen la materia, estén obligadas a llevar su contabilidad ajustada a las normas vigentes sobre Planificacion contable

3. Lo establecido en esté Texto, en razón de su contenido y finalidad, no podrá afectar a la normativa del impuesto sobre Sociedades o cualquier otro tributó

Madrid, 18 de marzo de 1981.-García añoveros

Instituto de Planificacion contable

Ministerio de Hacienda

Industria téxtil

Normas de adaptación del plan general de contabilidad

Introducción

1. Las normas de adaptación del plan general de contabilidad a las especiales características de la Industria téxtil han sido formuladas por un Grupo de trabajo formado por expertos que ha funcionado en el seno del Instituto de Planificacion contable

En el cursó de las reuniones de esté Grupo de trabajo se han estudiado profundamene las diversas cuestiones que plantea la materia, con el objetivo de redactar un Texto técnicamente capacitado para contabilizar las operaciones de la Industria téxtil, y todo ello en el Marco de los principios, la Estructura y la sistemática del plan general de contabilidad

Estás normas de adaptación contemplan, con el realismo que proporciona la experiencia cotidiana, las transacciones de las empresas con los diversos agentes Economicos, facilitando al final del ejercicio, mediante el adecuado Proceso de cálculo, la información externa que contiene las cuentas anuales

Obvio es decir que estás normas de adaptación, cómo Todas las formuladas por el Instituto, están abiertas para aceptar las modificaciones aconsejables en un futuro mas o menos próximo. Todo dependerá de la Evolucion Tecnologica de la Industria téxtil, de los cambios que experimenten en el tiempo sus propias variables, del progreso contable y de las sugerencias de profesionales y expertos apoyadas en observaciones deducidas al aplicar el Modelo

2. Las presentes normas de adaptación son aplicables a las empresas que ejercen una actividad propia en la Industria téxtil. Está se inicia en aquéllas empresas que utilizan cómo materia prima la fibra téxtil apta para ser hilada. Tal fibra, sea de origen natural (lana, Algodon, etc.), sea de procedencia artificial o sintética (poliester, acrilica, etc.), es producto final de actividades comprendidas en otros sectores, el agropecuario o el Quimico. Del mismo modo, también se considera actividad del secto Quimico y no del téxtil la desarrollada por la Industria que produce hilo contínuo de naturaleza artificial o sintética, apto para manipulaciones sobre el mismo, cómo doblado, torcido, texturizado, etc., O bien para su utilización en tisaje

Iniciado el ciclo de la Industria téxtil con la Preparacion de la hilatura, se desarrolla en diversos procesos en las fases de: Hilatura, tisaje, acabados y confección, finalizando cada industrial con la venta del producto terminado, sea el industrial del Proceso ulterior, sea al público consumidor o a la Empresa meramente comercial. Esto es asi por cuanto existen industriales con todo el ciclo del Proceso e industriales con uno sólo o varios procesos

El ámbito de la Industria téxtil, considerado a efectos de la Aplicación de estás normas de adaptación, se extiende, pués, a los siguientes epígrafes de la clasificación nacional, aprobada por Decreto 2518/1974, de 9 de agosto:

431. Industria del Algodon y sus mezclas

432. Industria de la Lana y sus mezclas

433. Industria de la seda natural y de las fibras artificiales y sintéticas

434. Industria de las fibras duras y sus mezclas

435. Fabricación de géneros de punto

436. Acabado de textiles

437. Fabricación de alfombras y tapices y de tejidos impregnados

439. Otras industrias textiles (cordeleria, fieltros, tules, encajes, , pasamanería, etc.)

453. Confección en serie de prendas de vestir y complementos del vestido

455. Confección de otros artículos con materias textiles

3. Estás normas de adaptación contienen las cuentas del pgc que normalmente se utilizarán por las empresas de la Industria téxtil, sin perjucio de que estás puedan servirse de las demás incluídas en dicho Texto cuándo las características de los movimientos contables asi lo exijan

Un repaso somero sobre el contenido del cuadro de cuentas muestra que la subordinación mas estricta al pgc ha presidido la Preparacion de las normas de adaptación. Las cuentas específicas de la actividad industrial téxtil, asi cómo sus definiciones y relaciones contables, están acomodadas a la terminología y a los criterios aplicados en el mencionado Texto

Es interesante señalar dentro del Grupo 2, inmovilizado, el desarrolló de las cuentas 203 y 209 destinadas a reflejar las inversiones en Maquinaria e Instalaciones especializadas. Igualmente, en el Grupo 3, existencias, las cuentas que contiene están desarrolladas en partidas muy específicas de la actividad

La información característica, recogida en los Grupos 6 y 7, cuya síntesis es la cuenta de explotación, podrá enriquecerse muy notablemente con el Grupo 9 del pgc, recientemente aprobado. En el contexto de estás ideas el Instituto recomienda a los Organos de decisión y a los profesionales y expertos de las empresas interesadas la Aplicación del referido Grupo

4. Son peculiares de la Industria téxtil dos actividades muy específicas de la misma. Tal vez la llamada de los "transformistas" sea la mas característica, consistente en la transformación del artículo, generalmente tejido, mediante su acabado y algún tipo de confección, para su venta posterior al confeccionista, almacenista o detallista, según los casos. Puede ser realizada tanto por el transformista puro, que no posee Medios propios de Produccion, cómo por el industrial que complementa su actividad productiva adquiriendo tejido en crudo para su posterior acabado y confección. Las cuentas 6001, 706 y 806 de las presentes normas de adaptación recogen el control de está actividad

La actividad conocida cómo "trabajo a manos" es también típica de la Industria téxtil. Se realiza mediante la entrega de Primera materia de un empresario a otro para que esté realice determinadas operaciones industriales por cuenta de aquél. El segundo recibe la Primera materia en depósito, que cancela cuándo entrega terminada aquélla. La Primera materia entregada puede ser fibra, si es a un hilador; hilado, si es a un tejedor o fabricante de Genero de punto; incluso tejido, si es por esté concepto a un confeccionista. Las cuentas 313, 346, 3503, 3513, 4306, 645, 705 y 805 registran estás operaciones

Actividades complementarías de posible importancia son los aprovechamientos hidráulicos que producen la fuerza motriz utilizada en la Industria. Algunas empresas realizan aprovechamientos Agricolas o forestales por razón de su ubicación. A Todas Ellas se refieren las cuentas 2000, 2002, 7380 y 7081 de está adaptación. El empleó de cuentas del Grupo 9 permitirá el conocimiento de la rentabilidad de estás actividades y decidir sobre la conveniencia de su utilización

Finalmente, conviene citar el uso y Trafico de los llamados "derechos de reposición", consecuencia del "Trafico de perfeccionamiento" en la Industria téxtil, que permiten la importación, sin gravamen arancelario, de materia prima equivalente a la incorporada en la manufactura de los artículos exportados. Los "derechos de reposición" se materializan o incorporán al documento llamado "boleto", verdadero Titulo-Valor con cotización y Mercado propios. Las cuentas 1.241, 307, 308 y 734 se refieren a los mismos

5. Algunos aspectos, no exclusivos de la Industria téxtil, cobran en está una especial trascendencia, razón por la cuál conviene que queden citados explícitamente en está introducción

En primer lugar, la obsolescencia de las cada vez mas cuantiosas inmovilizaciones en equipos industriales e Instalaciones se acusa muy fuertemente en la Industria téxtil. Ello es debido no sólo a la rápida Evolucion en el perfeccionamiento Tecnologico que afecta a la Industria téxtil, sino también a otros factores coadyuvantes, cómo la fácil fluctuación de la moda y consiguiente variabilidad del producto frente a la reducida versatilidad de cierta Maquinaria téxtil y la necesidad, por razones económicas, de incrementar la Automatizacion de los procesos productivos, entre otros. Un meticuloso estudió de las amortizaciones y la conveniencia de seguir, en muchos casos, planes especiales de amortización son secuela lógica e inmediata en esté punto

La valoración de las existencias comerciales, sin exigir modificación alguna de las reglas de valoración que contiene la cuarta parte del plan general de contabilidad, precisa una cuidadosa y difícil Aplicación de los mismos. La mutabilidad de la demanda en muchos artículos de vestir, orientada por designios de la moda no fácilmente previsibles, suele afectar al tipo, grueso, fibra, Color y...

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