Acuerdo de 28 de abril de 1986, de la Junta Electoral Central, sobre delegación de determinadas competencias en las Juntas Electorales Provinciales.

MarginalBOE-A-1986-11257
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJunta Electoral Central
Rango de LeyAcuerdo
16424
Viernes
9
mayo
1986
l. Disposiciones generales
BOE
núm.
111
TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
11254 CONFLICTO positivo de competencia número
40711986.
planteado por el Gobierno
en
relación
con
determinados preceptos del Decreto
30711985,
de
31
de octubre. del Consejo Ejecutivo de
la
Generalidad de
Cataluña.
El
Tribunal Constitucional,
por
providencia de 23 de abril
actual,
ba
admitido atrámite el conOieto positivo de competencia
número 407/1986, planteado
por
el Gobierno en relación con los
articulos 4(apartados 2 y 3), 8, 9,
10
Y
II
(apartado 2último
inciso) ydisposición adicional
pnmera
del Decreto 307/1985, de
31
de octubre, del Consejo Ejecutivo de la Generalidad
de
Cataluña,
sobre las normas yel procedimiento para la aplicación de. las
incompatibilidades al personal sanitario al servicio de la Generali·
dad. yse hace saber
que
en
el mencionado conflicto se
ha
invocado
porel Gobierno el articulo 161.2 de la Constitución, lo que I'roduce
la suspensión
de
la vi&encia yaplicación de los mencionados
preceptos impugnados, desde el dio
11
de abril actual, fecba de la
formalización dél conOicto.
Lo.
que se.l'ublica para aeneraI conocimiento.
Madrid, .23
de
abril de 1986.-E1 Presidente del Tribunal
Constitucional, Francisco Tomás yValiente.-Firmado yrubricado.
11255
RECURSO
de
inconstitucionalidad
número
1.03611985,
planteado por el Presidente del Gobierno
contra
la
totalidadde
la
Ley
9/1985. de30 de
Julio,
del
Parlamento de Ga/ida. ysubsidiariamente contra
determinados preceptos de
la
misma.
El Tribunal Constitucional, \'Or auto de 24 de abril corriente.
dictado en el recurso
de
inconslltucionalidad número 1.036/1985,
planteado por
el
Presidente del Gobierno contra la totalidad de la
Ley 9/1985, de 30 de julio, del Parlamento
de
Galicia,
"e
JlTOteeción
de las Piedras Ornamentales, pubhcada en el
«Diano
Oficial
de
Galicia» número 157, de
17
de
agosto
de
1985,
-y,
subsidiariamente", contra el articulo 3, párrafo 4, el articulo 7 y el
articulo 9de la misma,
ba
acordado levantar la suspensIón de la
viaencia de
la
citada Ley 9/1985 del Parlamento de Galicia, cuya
suspensión se dispuso
en
cumplimiento
de
10
dispuesto en el
articulo 161.2
de
la Constitución,
por
providencIO de 27
de·
noviembre último.
Lo
que se publica
para
general conocimiento.
Ma4rid, 24 de abril·
de
1986.-EI Presidente del Tribunal
Constitucional, Francisco Tomás yValiente.-Firmado yrubricado.
11256
RECURSO
de ·inconstituciona/idad
número
'96111985,
promovido por el Presidente del GobIerno
contra
la
Ley
del Parlamento de Cataluña
1811985,
de
23
de julio.
El Tribunal Constitucional,
por
auto
de
24 de abril actual,
dictado
en
el recurso
de
inconstitucionalidad número 961/1985,
promovido
por
el Presidente del Gobierno contra la tOtall"",,
d.e
la
Ley del Parlamento
de
Cataluña 18/1985,
de
23
..
de Julio, de
Cimaras Profesionales Agrarias
y,
subsl
~ntn
sus
articulas 12.1, 13.1,
0,19.1,
b), Ydisposición
derogat.ona,.páderraIila
0
primero,
ha
acordado levantar la suspenSIón de la
Ylgen~la
expresada Ley, cuya suspensión se
di~puso
por
prOVIdenCIa.
del
13
de noviembre de 1985,
al
baber lDvocado el PresIdente del
Gobierno el articulo 161.2 de la ConstitUCIón.
-
1.0
que
se publica para general conocimie.nto. . '
Madrid, 24 de
~bril
de 1986.-E1 Presl4ente del
Tnbunal
Constitucional,
FranCISCO
Tomás yVahente.-Frrmado yrubricado.
JUNTA
ELECTORAL
CENTRAL
11257 ACUERDO de
28
de .abril de 1986, de
la
Junta
Electoral Central. sobre delegación de determinadas
c.ompettncias
en
las
Jumas
Electora/es
Provinciales.
Ala vista de lo dispuesto en el articulo 65.5 de la Ley Orgánica
5/1985, de
19
de juma, del Régimen Electoral General, la Junta
Electoral CentraI, en su reurtión del dio 28 de abril de 1986, ha
adoptado el si¡uIente acuerdo:
-'
..,
Se
delegan en
las
Juntas Electorales Provinciales, alos efectos
de las Elecciones Generales convocadas por Real Decreto
.794/1986, de 22 de abril,
las
com~cias
reconocidas ala Junta
Electoral Central por la Ley Orgánica 5/1985,
de
19
de junio, del
Régimen Electoral General,
en
orden. ala de distribuci6n de
espacios gratuitos de propaganda electoral
en
las
programaciones
regionales ylocales de los medios
de
comunicación
de'
titularidad
estatal yde aquellos otros medios de
""bita
similar, 'lue tengan
.también el carácter de públicos; cuando la programación sea de
ámbito superior al f.rovincial, la deJepción se entiende hecha a
favor de la
Junta
Eectoral Provincial en cuyo ámbito territorial
radique el medio o
el·
centro emisor.
Madrid,
28
de abril de 1986.-E1 Presidente, Paulino
Manín
Martín.
PRESIDENCIA
DEL
GOBIERNO
11258
CORRECClON
de errores del
Real
Decreto
221611985,
de 23 de octubre.
po,,1
que se aprueba el
Reglamt'nto sobre declaración de sustancias nuevas y
clasificación, envasado yetiquetado de sustancias
pe/igro,sas.
Advertidos errores
en
el
texto del citado Real Decreto, inseno
en
el
«Boletín Oficiar del Estado» número 284, de fecha 27 de
noviembre de 1985,
se
transcriben acontinuación las oportunas
rectificaciones:
En el sumario, página '37478. donde dice:
4
Decreto
2216/1985, de 28 de octubre, ...», debe decir: «Real Decreto
2216/1985, de
23
de octubre, ...».
En el preámbulo, página 37478, al final del primer párrafo,
·líneas
13
yJ4, columna izquierda, donde
dice:
«
...
yno solamente
para os seres humanos, sino también para
el
medio ambiente;»,
debe decir:
4<
••• yno solamente para los
seres
humanos yen especial
para los trabajadores que las empleen. sino también para
el
medio
ambiente.,.
En el aniculado del Reglamento:
.Pá$ina 3748\. Articulo
26,
apartado
7,
punto b, donde dice:
~La
mcluSlón de poner el pictOgrama C...», debe decir: «La
obhgaCIOD
de poner el pictograma
c.
..
,..
_
Página 37482. Articulo
27,
apanado
3. tercera línea, donde dice:
«o..
de la etiqueta en
-el
apartado ...,., debe decir: 4<...>etiqueta
señalada en el apartado
..
0».
-
En los anejos:
Página 3751g, anejo
V.
Parte
11.
Apartado
B,
punto
a,
Séptima
línea, donde
dice:
4<
...
puedan producirse ...,.. debe decir:
•••
puedan
preverse ...,.
..
Apartado D, punto 2.3.1, primera linea, donde dice: •... a
la
evacuación ...», debe decir.
4(.
••
ala evaluación ...».
página 37519, apartado D, punto 2.4.4, R13, última línea,
donde dice:
4C
••• forma líquida
..
J,
debe decir: «
...
forma licuada ...
».
Página 37520, apartado D, 'punto 2.4.8, R20, donde dice: •...
2<
DUO
".20
...», debe deor: •... 2<CL50
.,¡;
20 ...».
Página_
37520, apartado
D,
punto 2.4.10, R36 yR41, donde
dice:
«o
••
instalación ...,., debe decir:
«o
..
instilación ...».
Página 37524, apartado D, punto
4.
543. donde dice: «
...
agua
aumenta el riego ...», debe
decIT:
4<
•••
agua
aumenta
el
riesgo
...
».
Página 37527, anejo VII. Punto
1.3,
donde dice: •... Estudios de
toxicidad subronica ...», debe decir:
«o
••
Estudios de
&oxicidad
.ubcrónica ...».
Se reproduce íntegramente ydebidamente rectificada
la
lista de
sustancias peligrosas que figura en las páginas 37.484 a37.515.

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