Resolución de 26 de julio de 2012, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se convocan subvenciones para el fomento de actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo para el ejercicio 2012, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas por Orden SCO/3703/2005, de 25 de noviembre.

MarginalBOE-A-2012-11361
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Rango de LeyResolución

La Orden SCO/3703/2005, de 25 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para el fomento de actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo («BOE» de 29 de noviembre de 2005), modificada por la Orden SCO/2237/2006, de 26 de junio («BOE» de 11 de julio de 2006), determina las actividades de fomento y administración del arbitraje al que se destinan las ayudas, los criterios de valoración y los órganos competentes para convocar, instruir y resolver el procedimiento de concesión.

Por su parte, esta resolución pretende desarrollar los aspectos recogidos en la citada Orden, y realizar la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2012, iniciando el procedimiento de concesión. La finalidad de estas ayudas es impulsar el desarrollo del Sistema Arbitral de Consumo, valorando la gestión y administración del arbitraje llevado a cabo por las Juntas Arbitrales de Consumo que lo integran. Se trata en definitiva de procurar el acceso a la justicia de consumidores y usuarios, resolviendo de forma extrajudicial los conflictos derivados de las relaciones de consumo que se establecen en las contrataciones de bienes y servicios efectuadas de forma física o en soporte electrónico.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 55 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha Ley y conforme se establece en la Orden SCO/3703/2005, de 25 de noviembre, modificada por la Orden SCO/2237/2006, de 26 de junio, el Instituto Nacional del Consumo a través de su Presidenta, ha resuelto efectuar convocatoria pública para la concesión de ayudas a las Juntas Arbitrales de Consumo, correspondientes al año 2012. Se centraliza la gestión de estas subvenciones para asegurar la plena efectividad del reparto entre todas las instituciones arbitrales, al tiempo que se asegura que no se sobrepase la cuantía global de los fondos estatales destinados a ellas.

Esta convocatoria ha sido presentada y sometida a la conformidad de la Conferencia Sectorial de Consumo.

En su virtud, resuelvo:

Primero. Objeto.

  1. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para el fomento de actividades durante el ejercicio 2012, de las Juntas Arbitrales de Consumo, constituidas por acuerdos suscritos entre el Instituto Nacional del Consumo y las diferentes Administraciones Públicas, y que se encuentren actualmente en vigor.

  2. La gestión de estas subvenciones se realizará en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, transparencia e igualdad. No obstante, en los términos previstos por el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras, el 40 % de los créditos afectados a la concesión de estas ayudas se distribuirán conforme a lo establecido en el párrafo último del artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones.

  3. Con el fin de promover el desarrollo de las actuaciones arbitrales por medios electrónicos y de economizar recursos y agilizar la gestión, se financiarán preferentemente proyectos relativos a la incorporación de nuevas tecnologías que permitan desarrollar las actuaciones arbitrales por medios electrónicos: celebración de audiencias por video conferencia, notificaciones electrónicas, etc. En caso de que una Junta Arbitral ya disponga de medios suficientes y adecuados para tal fin, junto con la solicitud se aportará memoria explicativa firmada por el Presidente o Secretario de la Junta Arbitral a la que se refiera.

  4. Asimismo, se financiarán cualquier actividad que tenga como fin la gestión y administración del arbitraje de consumo así como los recursos o equipamientos cuya adquisición o contratación redunde en la mejora del funcionamiento de las Juntas Arbitrales de Consumo.

  5. Los proyectos de actividades cuya financiación se solicita, deberán ser descritos detalladamente en la Memoria de actividades y gastos del ejercicio 2012 (anexo IV).

    Segundo.

    En esta convocatoria podrán participar todas las Juntas Arbitrales de Consumo, cuyo...

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