Resolución de 20 de mayo de 1998, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del Acta de fecha 27 de abril de 1998, de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio.

MarginalBOE-A-1998-13726
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

Visto el texto del Acta de fecha 27 de abril de 1998, de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio (Código de Convenio número 9910995, "Boletín Oficial del Estado" de 3 de julio de 1997), en la que se contiene la nueva redacción del artículo 41 del citado Convenio; Comisión Mixta que ha estado formada, de una parte, por la Asociación de Gestores de Estaciones de Servicio y la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio, en representación de las empresas del sector, y de otra parte, por FIA-UGT y CC. OO., en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 20 de mayo de 1998.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO ESTATAL

DE ESTACIONES DE SERVICIO

En Madrid a las diecinueve treinta horas del día 27 de abril de 1998, se reúne en la sede de FIA-UGT, avenida de América, número 25, segunda planta, de Madrid, la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Estatal de Estaciones de Servicio, integrada por los siguientes asistentes:

Confederación Española de Empresarios de Servicio: Don Miguel Ángel Calle.

Asociación de Gestores de Estaciones de Servicio: Don Julián Novalvos Gutiérrez.

FIA-UGT: Don Miguel Ángel Pacheco, don Francisco J. Rodríguez López y don Francisco Largo.

CC. OO.: Don Ángel Marinero, don Esteban del Castillo y don Manuel Jiménez.

Se da nueva redacción al artículo 41 del Convenio Colectivo Estatal de Estaciones de Servicio, quedando su contenido como sigue:

"Las empresas se comprometen a no hacer uso de la contratación temporal de forma permanente para cubrir las...

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