Resolución de 28 de noviembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo.
Marginal | BOE-A-2005-20619 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Resolución |
Resolución de 28 de noviembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo.
Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Gobierno de La Rioja para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 28 de noviembre de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco González de Lena Álvarez.
ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Gobierno de La Rioja para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo
En Madrid, a 28 de Octubre de 2005.
REUNIDOS
De una parte, don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De otra parte, doña Sagrario Loza Sierra, Consejera de Juventud, Familia y Servicios Sociales del Gobierno de La Rioja, nombrada por Decreto 14/2003 de fecha 7 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y facultada para aprobar y firmar el presente Convenio por Acuerdo de Gobierno de fecha 28 de octubre de 2005.
Ambas partes se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Convenio, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos.
MANIFIESTAN
Primero.-Que el artículo 149.1.2ª de la Constitución Española atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre inmigración, extranjería y derecho de asilo y el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, dispone que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde el desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y asilo.
Segundo.-Que a la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales según el Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio (B.O.E. de 3 de julio de 2004), en cumplimiento del R.D. 562/2004, de 19 de abril, que completa la reestructuración del citado departamento, le corresponde desarrollar la política del Gobierno en materia de extranjería e inmigración.
Tercero.-Que a la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, tal y como se señala en el artículo 7.1. del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, le corresponden, entre otras funciones, el desarrollo, mantenimiento y gestión del sistema de acogida integral, promoción e integración para inmigrantes y la concertación de actuaciones en colaboración con comunidades autónomas, corporaciones locales y entidades públicas y privadas.
Cuarto.-Que de acuerdo con la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio del Estatuto de Autonomía, se atribuye a la Comunidad Autónoma de La Rioja competencias para el desarrollo de políticas sociales mediante la instrumentación pública de medidas tendentes a facilitar la promoción e integración social de la población residente en su territorio.
Quinto.-Que en virtud de esta competencia la Comunidad Autónoma desarrolla...
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