Resolución de 28 de noviembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo.

MarginalBOE-A-2005-20619
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

Resolución de 28 de noviembre de 2005, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de La Rioja para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes, así como de refuerzo educativo.

Suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Gobierno de La Rioja para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de noviembre de 2005.-El Secretario General Técnico, Francisco González de Lena Álvarez.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Gobierno de La Rioja para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Madrid, a 28 de Octubre de 2005.

REUNIDOS

De una parte, don Jesús Caldera Sánchez-Capitán, Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, doña Sagrario Loza Sierra, Consejera de Juventud, Familia y Servicios Sociales del Gobierno de La Rioja, nombrada por Decreto 14/2003 de fecha 7 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y facultada para aprobar y firmar el presente Convenio por Acuerdo de Gobierno de fecha 28 de octubre de 2005.

Ambas partes se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Convenio, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos.

MANIFIESTAN

Primero.-Que el artículo 149.1.2ª de la Constitución Española atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre inmigración, extranjería y derecho de asilo y el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, dispone que al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales le corresponde el desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y asilo.

Segundo.-Que a la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales según el Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio (B.O.E. de 3 de julio de 2004), en cumplimiento del R.D. 562/2004, de 19 de abril, que completa la reestructuración del citado departamento, le corresponde desarrollar la política del Gobierno en materia de extranjería e inmigración.

Tercero.-Que a la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, tal y como se señala en el artículo 7.1. del Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, le corresponden, entre otras funciones, el desarrollo, mantenimiento y gestión del sistema de acogida integral, promoción e integración para inmigrantes y la concertación de actuaciones en colaboración con comunidades autónomas, corporaciones locales y entidades públicas y privadas.

Cuarto.-Que de acuerdo con la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio del Estatuto de Autonomía, se atribuye a la Comunidad Autónoma de La Rioja competencias para el desarrollo de políticas sociales mediante la instrumentación pública de medidas tendentes a facilitar la promoción e integración social de la población residente en su territorio.

Quinto.-Que en virtud de esta competencia la Comunidad Autónoma desarrolla...

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