Real Decreto 1880/1986, de 1 de agosto, por el que se acuerda aceptar la cesión gratuita de un terreno propiedad del Ayuntamiento de Villarrín de Campos (Zamora), sito en calle Santa Teresa, sin número, o travesía de la carretera de Belver de los Montes a La Tabla, de 2.550 metros cuadrados de superficie, con destino a la construcción de un Centro de Salud.

MarginalBOE-A-1986-24392
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyReal Decreto
Sábado
13
septiembre
1986
31672
24391
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BOE
núm.
220
24392
DISPONGO:
Artículo
1.
0
Se
autoriza ala Tesorería Genera! de la Seguridad
Social para aceptar yagradecer al excelentísimo Ayuntamiento de
Villarrín de Campos -(Zamora) la cesión gratuita, en plena propie-
dad ydominio, de un solar de su propiedad, sito en término de
VilIarrin de Campos, en calle Santa Teresa, sin número, otravesía
de la carretera de Belver de los Montes aLa Tabla, de 2.550 metros
cuadrados de superficie, con destino ala construcción de un Centro
de Salud.
Esta cesión queda condicionada aque el fin para el que se
otorp
se
cumpla en el plazo máximo de cinco años yque su
destmo se mantenga durante los treinta sie;uientes.
Art..
2.
oEsta cesión gratuita se entlende libre de cargas,
gravámenes,
a.."'Tendarnientos
yocupantes, habiéndose comprome-
tido
el
Ayuntamiento cedente aconceder la licencia municipal de
obras para la construCCIón del Centro de Salud, eximiendo del pago
de tasas. derechos oimpuestos, así como del Arbitrio de Plusvalía,
en razón ala obra social aque se destina el solar.
Art.
3.
0
E!
inmueble objeto de la cesión gratuita será adscrito
al
Instituto Nacional de la Salud, Entidad gestora de la Seguridad
Social que deberá hacerse cargo de los gastos derivados de la
construcción, instalación ymantenimiento del Centro de Salud
proyectado, así como de los derivados de la formalización del
correspondiente documento público de cesión gratuita.
Art. 4.° Se faculta
al
Tesorero Territorial de la Seguridad
Social en
Zamora
para que, actuando por delegación del ilustrísimo
señor Director general de la TesoreIía General de la Seguridad
Social, formalice el documento público procedente yresuelva
cuantas incidencias puedan producirse con motivo de esta opera-
ción.
Dado
en Palma de Mallorca a 1 de agosto
de
1986.
JUAN
CARLOS R.
REAL DECRETO 1880/1986,
de
1
de
agosto, por el
que
se
acuerda aceptar
la
cesión gratuita
de
un
terreno.
propiedad del Ayuntamiento
de
Vil/arn'n
de
Campos (Zamora), sito
en
calle Santa
Teresa,
sin
numero, o
traves{a
de
la
carretera
de
Belver
de
los
Afontes a
La
Tabla,
de 2.550 metros cuadrados
de
supeificie,
con
destino a
la
construcción
de
un
Centro
de
Salud.
El
excelentísimo Ayuntamiento de Villani.n de Campos
(Zamora), en sesión extraordinaria de
17
de abril de 1984, acordó
por unanimidad ceder gratuitamente ala Tesorería General de la
Seguridad un solar de su propiedad, de 2.400 metros cuadrados de
superficie, sito en la calle Santa Teresa, sin número, otravesía de
la carretera de Belver de los Montes a
La
Tabla, con destino al fin
exclusivo de construir un Centro de Salud. La cesión se condiciona
aque los fines para los que se hace
se
cumplan en el plazo máximo
de cinco años, manteniéndose el destino durante los treinta
siguientes. Asimismo, en la misma sesión J?lenaria. se acordó el
compromiso de conceder la licencia municipal de obras
para
la
construcción del Centro
de
Salud, eximiendo del pago de tasas,
derechos oimpuestos, así como del Arbitrio de Plusvalía.
Posteriormente, en nuevos acuerdos de 4de octubre de 1984 y
24
de octubre de 1985, el Ayuntamiento de Villarrin de Campos se
ratifica en el anterior ampliándolo ydeclarando fonnalmente que
la cesión gratuita
10
es en plena propiedad ydominio, yampliando
la superficie objeto de ceSIón en 1
SO
metros cuadrados, con lo que
pasa aser de 2.550 metros cuadrados.
Por
Orden de 6de febrero de 1985, de
la
Consejería de Bienestar
Social de la
Junta
de Castilla yLeón, se autorizó la construcción del
Centro, figurando en Orden de dicha Consejería, publicada en el
«Boletín Oficial de Castilla yLeón» de 4de
junio
de 1985, VillaITÍn
de Campos como cabecera de la comarca de «Campos-Lam·
preana».
El
Instituto Nacional de la Salud tramitó el expediente corres-
pondiente en el que incluye todos los informes ydictámenes
preceptivos, entre ellos, el Informe favorable de la Intervención
General, que advierte que,
una
vez informada favorablemente la
cesión gratuita por la Tesorería General, deberá, de conformidad
con el apartado 6de la disposición adicional vigésimo segunda de
la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para 1986, en relación con el articulo
55
del Reglamento
pa..'"'8
la aplicación de la Ley del Patrimonio del Estado, ser
autorizada la aceptación de la misma mediante Real Decreto
acordado en Consejo de Ministros.
En su
vinud,
apropuesta del Ministro de Trabajo ySeguridad
Social, yprevia deliberación del Consejo de Mmistros en
su
reunión del día 1de agosto de 1986,
El
Ministro de Trabajo ySeguridad Social,
MAl\"UEL CHA
VES
GONZALEZ
REAL DECRETO 1879/1986, de 1de agosto,
por
el
que se acuerda aceptar la cesión gratuita de
un
terreno
propiedad del Ayuntamiento
de
Zamora, sito
en
la
calle Parada del
JyJ()/ino,
de
869,60 metros cuadrados,
donde existe
un
edificio
de
359,42 metros cuadrados,
con
destino a
la
instalación
de
un
Centro Integral de
Atención Primaria (Unidad Básica
de
Salud) por el
Instituto Nacional de Salud.
El
excelentísimo Ayuntamiento de
zamora
en sesión plenaria,
celebrada el 7de noviembre de 1983, acordó ceder gratwtamente
ala Tesoreria General de la Seguridad Social el terreno de su
propiedad, sito
en
la calle Parada del Molino, de 869,60 metros
cuadrados, donde existe un edificio de 359,42 metros cuadrados,
con destino
al
fin exclusivo de que por el INSALUD
se
ponga en
funcionamiento
un
Centro Integral de Atención Primaria (Unidad
Básica de Salud). Esta cesión se condiciona aque el fin para el que
se
otorga
se
cumpla en el plazo máximo de cinco años yque su
destino
se
mantenga durante los treinta siguientes, de conformidad
con
el
a.rticulo
97
del Reglamento de Bienes de las Entidades
LoC31es
(arJculo
111
del Reglamento
en
vigor).
El
Instituto Nacional de la Salud, ala vista de la oferta de cesión
gratuita del Ayuntamiento de
Zamora
yconsiderando el solar como,
apto para
el
fin pretendido,
una
vez incorporado al expedieme
todos
i(Js
dictámenes einformes previos, remitió el mismo ala
Tesorería General para la tramitación de la aceptación de la cesión
yformalización posterior.
Asimismo, la Intervención General de la Seguridad Social
informa favorablemente el expediente, si bien
adviene
Que
una
vez
informada favorablemente la cesión gratuita
por
la Tesoreria
General de'uerá, de conformidad con el apartado 6de la disposición
a-ljciollal
\igésimo
segunda de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre,
de Pr'.:supuestos Generales del Estado para 1986 ycon el artículo
55
del Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio del
Estado, ser autorizada la aceptación de la misma mediante el Real
Decreto
a~ordado
en Consejo de
W.....¡nistros.
En su
vmud,
apropuesta del Ministro
de
Trabajo ySeguridad
Social ypreVIa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del
éia
1de agosto de 1986,
DISPONGO:
Articulo 1.°
Se
autoriza ala Tesorería General de la Seguridad
Social para aceptar y
~decer
al
exc~lentísimo
Ayuntamiento de
Zamora la cesión gratmta de un terreno de su propIedad, sito en la
calle Parada del Molino,
de
869,60 metros cuadrados, donde existe
un edificio de 359,42 metros cuadrados, con destino ala instalación
de
1.:.n
Centro Integral de Atención Primaria
(Unidad
Básica de
SalEd) por el Instituto Nacional de la Salud.
Esta cesión Queda condicionada aque el fin para el que se
otorga
:;e
cumpla en el plazo máximo de cinco años yque su
destino
s~
mantenga durante los treinta siguientes.
Art.
2.
0
El
inmueble objeto de esta cesión gratuita será
adscrito
al
Instituto Nacional de la Salud, Entidad Gestora de la
Seguridad Social que deberá hacerse cargo de los gastos derivados
de la instalación ymantenimiento del Centro de Salud aque serán
destinados, así como
de
los derivados de la fonnalización del
correspondiente documento público de cesión gratuita.
Art.3.0
Se
faculta al Tesorero territorial de la Seguridad Social
en
Zamora
para que, actuando por delegación del
ilustrf~imo
señor
Director general de la Tesorería General de la Seguridad Social,
formalice el documento público que proceda yresuelva cuantas
incidencias puedan producirse con motivo de esta operación.
~
Dado
en Palma de Mallorca a 1 de agosto
de
1986.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro-
d~
Trabajo y
~uridad
Social,
M,Al\lJEL
CRA
VES
GON2ALEZ
Art.
3.°
El
Instituto Nacional de Servicios Sociales, Entidad
gestora de la Seguridad Social aquien Quedará adscrito el Centro,
deberá hacerse cargo de los gastos derivados de
la
instalación y
mantenimiento para el correcto funcionamiento del mismo.
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4.°
Se
faculta al Tesorero Territorial de la Seguridad
SOCial
en
zamora
para que,
actuando
por
delegación
de
la
Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social,
formalice el documento público procedente yresuelva cuantas
incidencias puedan producirse con motivo de esta operación.
Dado en Palma de Mallorca a 1 de agosto
de
1986.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro de Tr2bajo ySeguridad Social,
MANUEL CHAVES
GONZALEZ

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