Real Decreto 1513/1981, de 5 de junio, por el que se accede a la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Riola (Valencia) de un inmueble que donó al extinto Movimiento Nacional.

MarginalBOE-A-1981-16608
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
S.
O.
Cíe!
E.-Num.
í75
23
JuIIo-
íosI
Y"6759
16608
16609
16610
16
'607
REAL
DECRETO
1512/1981. ele 5
de
junio.
por
el
que
.e
accedt
a
la
rever.ión
,olicitaaa
por
cd
Ayuntamiento
de
Musquu
(Vizcaya)
de
un iD-
mueble
que
donó
al
Estado.
El Ayuntamiento
de
Musquea
(Vizcaya)
donó
al
Estado
UD
.
innlueble
sito
en
el
mismo
término
municipal,
con
una
superficie
de
ochocientos
ochenta
y
ocho
coma
sesenta
y
seis
metros
eua--
drados,
con
el
fin
de
construir
una
.C85&
ouactel
para.
la
Guardia
Civil.
La
donación'
fue
fonnali'zada
en
escritura
pública
de
trece
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
ycinco.
-'_
Dicha
Corporación
ha.
solicitado
1&
reversión
del
Inmueble
pbr
haberse
desistido
de·
cumplir
el
fin
de
la
donación,
peti-
ción
que
ha
sido'"
informada
favorablemente
por'
el
Ministerio
del
In
teriúr.
Por
todo
lo
expu-esto y a
propuesta
del
Ministro
de
Haoi~da.
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
cinco
de
junio
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno,
DISPONGO,
Artículo
primero.~e
accede
a
la
reversión
en
favor
del
Aywltamiento
de
Musques
{Vizcaya.}
del
inmueble
que
donó
al
Estado
para
1&
construcción
dQ
una
casa
cuartel
para.
la
~~.
dia
C!vil
1m
dicho
térmiJ:J¡o
municipal.
de
la
cual
se
ha
desistIdo.
cuya
donación
fUe
aceptada
en
escritura
otorg~d~
el
trece
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
tres,
descnbléndose
el
iD·
mueble
que
revierte
de
la
-siguiante
forma:
Solar
sito
en
el
barrio
de
Memerea.
del
mismo
término,
muniCipal.
de
ochOcientos
ochenta
yocho
coma
sesenta
yseis .metros
cuadros
de
super-
ficie,
que
linda:
&1
Norte.
COh
oaIIUno de
Memerea,
telT6110
de
RENFE;
por
el
Sur,
con
terrenos
de
don
Manuel
del
Campo
y
Carlos
ChamoITOi
por
el
Este,
terrenos
propiedad
de
la
RENFE,
y
por
el
Oeste,
con camino
de
Mamarea yterreno
de
don
·Manuel
del
Campo.
-
..
Articulo
segundo.--:-En
la
escritura
de
reversión
que
se
otor-
cue
se
hará
constar
la
formal
~eolaraci6n
del
Ayunte.miento
&~
que
revierte
el
bien
de
que
ron
1&
entrega
y
recepción
del
mismo,
en
la
sÍtuaciónde
hecho
y
de
derecho
en
que
actual-
mnte
se
encuentra,
considera
enteramente
satisfecho
_
su
dere-
cho
sin
qUe
tenga
que
reclamar
nada.
ante
el
Estado
por
ningún
concepto
derivado
o
relaciondo
con
la
donación,
conservación
y
reversión
de
aqué:,
y
de
que
será..'1
de
su
exclusivo
ca.rgo
todos
105
gastos
a
que
lugar
la
reversión
y
la
escritura
públ.ica
en
que
se
formalice.
-
Articulo
tercero,-Por
el
Ministerio
de
Hacienda;
a
través
deja
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevaran
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
cinco
de
junio
de
mil,
novecien
tos
ochen
ta
y
uno.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de Hacienda.
JAIME
GARCIA
~OVEROS
REAL
DECRETO
1513/1981, de 5
de
junió,
por
el
que
se
acceCle
a
;a-
reversión
solicitada
por
el
Ayuntamiento
de
Riola
(Valencia)
de
un
inmueble
que
donó
-al
extinto
Movimiento
Nacional.
El
Ayuntamiento
de
RicIa
(Valencia)
cedió
al
Estado
Un
.
inmueble
en
dicho
término.
municipaJ.,
cuya
cesión
fue
fonDa-
lizada
en
escritura
púb:ica
el
veinticinoo
de
febrero
de
mil
no-
veci~ntos
cincuenta
y
seis,
pa.ra
Hogar
Rural.
El
citado
Ayuntamiento
ha
solicitado
la
reversión
del
inmue-
ble.
habida
cuenta
de
que
el
meritado
Hogar
se
encuentra
cerrado,
no
siendo
utilizado
para
el
fin
para
el
qUe
fue
donado.
Por
todo
lo
expuesto
ya
propuesta
del
MilUstro
de
Hacienda.
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en_
SU
reunión
del
d1a
cinco
de
junio
de
"tnil
novecientos
rhenta.
y
uno,
DIS
PONGO,
Articulo
primero.-Se
accede
ala
reversión
en
_
favor
del
Ayuntamiento
de
RiOila (Va.1encieJ
de
un
inmueble
que
donó
al
~xtinto
MOvimiento
Nacional,
por
incumplimiento
del
fin
pre-.
visto
en
la
cesión,
describiéndose
el
inmueble'
que
revierte
de
la
siguiente
forma:
planta
baja
del
edificio
situado
en.
la
p:aza
del
País
Valenyiá,
número
uno,
en
Riola
{Vale:c.cia},
linda:
por
16
derecha,
entrando,
con
la
casé.
de
don
Jua.n
Gll
Pineda;
pOr
la
izquierda,
con
'casa-
de
don
Francisco'
5ales
Torrea. y
par
la
es-
palda,
con el río
Júcar.
Inscrito
en
el
Registro
de
la
Propiedad.
de
A:cira,
tomo
&eiscientoe
quinoe,
librodieciséie
de
Riola,
folio
cincuenta
y
uno,
finca
número
mil
seiscientos
dos,
inSC1'ipciÓll
segunda.
Artículo
segundo.--En
la
escritura
de
reversión
que
se
otor-
gue
se
hará
constar
la
formal
declaración
del
Ayun
tamiento
al
.que
revierte
el
bien'
de
que,
con
la
entrega
y
recepción
del
mJ.e..
mo,
en
la
situapión
de
hecho
y
de
derecho
en
que
aetua.~mente
se
encuentra,
considera
enteranloote
aa.tisfechoe
&us
de~h08,
6in
que
tenga
que
reclamar
nada
ante
el
Estado,
por
ningún
con-
~pto
deriVado
o
relacionado
con
la
cesión.
eo~~rvación
y
revet-
6ión
de
aquél,
y
de
que
eenm
de
BU
exo1UB1vo
o&rgo
todos
los
g~sos
a
que
lugar
la
reversión
y
la
escritura
pública
en
que
se
formalice.
Articulo
tercero.-'-Por
el
Minister:io
de
Hacienda,
a
tl'avM
de
'la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado.
se
llevarán
cabo
los
tré.mites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
cuico
de
junio
de
1I}i1
novecientos
oehen
a
ta
y
uno.
JUAN
CARLOS
B,
El
Ministro de Hacienda,
JAIME
GARCIA AflOVEROS
REAL
DECRETO-
1514/1981,
de
5
de
junio,
por
81
que
se
accede "
la
reversión'
solicitada
por
el
Ayuntamiento
de
Villamarttn
(Cddid
de
un
in--
mueble
que
cedió
al
extintf:!
MO\lim~ento
Nacional,
El
Ayuntamiento
de
Villama.rt1n
(Cádiz)
-oedtó a
FET
y
de
las
JONS
unos
terrenos
en
la
citada
localidad,
cuya
cesión
fUe
formalizada
en
escritura
pública
elce.toroe
de'
diciembre
de
mil
novecientos
cincuenta
y
seis.
para
la
construcCión
de
un
campo
de
deportes.
El
mencionado
Ayuntamiento
ha
solicitado
la
reversión,
ha-
bida
cuenta
de
que
no
se
ha
cumplido
el
fin
previsto
en
1&
mencionada
cesión:
.
Por
todo
10 ex,puElsto Ya
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda.
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
cinco de
junio
de
miU
novecientos
ochenta,
uno,
DISPONGO,
Articulo
primero,-Se
accede
a
la
reversión
en
favor
del
Ayuntamiento
de
VUlamartin
(Cádiz)
de
unos
1MJ"en08
que
oed1ó
aFET y
de
las
JONS
pare.
la
construcción
de
un
campo
de
deportes,
por
incumplimiento
d~l
fin
previsto
en
la
cesión.
des-
cribiéndose
el
inmue1:>leque
revierte
de
la
Siguiente
forma:
parcela
de
tierra
señala.da
,con
el
número
veintinueve,
al
sitio
Ruedos
de
Villamartin
y
prauo
de
Guadalete,
término
de
V11la--
martín.
con
una
extensión
superficia~
de
nueve
mil
doscientos
cuatro
metros
cuadrados.
Linda:
Al
Norte,
con
la
~parcela
trein-
ta
y
tres;
Este.
con
la
número
treinta;
Sur,
con
la
treinta
y
ocho,
y
Oeste,
con
la
nÚmero
cuar~nta.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Villamartin,
en
el
tomo
cuatrocientos
cua-
renta
y
dos.
libro·
ochenta
y'
cinco,
folio
doscientos
treinta
y
tres,
finca
tres
mil
cuatrocientos
cincuenta
y
tres,
inac:ripci6n
primera.
.
Articulo
segundo.-En
la
escritura
de
reversión
que
se
otor·
gt1e
se
hará
constar
la
formal
deClaración
del
Ayuntamiento
al
que
revierte
el
bien
de
que,
con
la
entrega..:¡
r-ece,pc:i6n
del
mismo.
en
la
situación
de
hecho
y
de
derecho
en
que
actual-
mente
se
encuentra.
considera
enteramente
satisfechos
sus
dere-
chos,
sín
que
tenga
que
reo;amar
nada
ante
el
Estado
por
ningún
concepto
derivado
o
relacionado
oon
la
cesión,
conser-
vación
y
reversión
de
aqu,él, y
de
que
serán
de
su
exolusiVO
cargtl
todos
los
gastos
a
que
lugar
la
reversiÓn
y
18.
escritura
pública
en
que
se
formalice.
Articulo
tercero.-Por
el
Ministerio
de·
Hacienda.
a
travéS
de
la
Dirección
General
del·
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
acabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto
.
Dado
en
Madrid
a
cinco
de
junio
d~j
mil
noveciento~
ochen·
ta
yuno.
JUAN
CARLOS R.
.El Ministro de Hacienda.
JAIME GARCIA AROVEROS
ORDEN
de
26
de
mayo
de
1981
por
la
que
se
suprime
la
Delegaciól.
de
la
Aduana
de
Almerta
establecida
en
la
estación
de
RENFE
de
Gádor
con
habilitación
provisionat
para.
exportación
de
frutos
y
productos
horti~olas
frescos.
Ilmo.
Sr.:
Por
diversas
Ordenes
de
este
Departamento
fle
han
es
··ablecido
Delegacionos
de
Aduanas
en
estaciones
ferrovia-
ria.s
para
la
realización
de
despachos
de
exportaCión
de
frutos
y.
productos
hortícolas
frescos.
En
la
práctica
se
ha
producido
el
acoplamiento
de
est
trá-
fico e'1
algunas
de
ellas,
careciendo
otras
de
movimiento.
En
tal
sentido,
Red
NacioneJ
de
los
Ferroca.rriles
Espafioles,
REN·
FE
comunica
que
en
la
estación
de
GArlar
no
se
registran.
acti-
vidades
de
esta
clase
de
comercio
exterior.
En
,consecuencia,
~te
Ministerio
ha
resuelto
suprimir
la
De·
legación
de
la
Aduana
de
Almena.
que,
con
habilitación
de
ca-
récter
provisional
para
el
despacho
de
exportación
de
frutos
y
productos
horticolas
frescos,
fue
establecida
en
la
Estación
de

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