Real Decreto 809/1984, de 22 de febrero, por el que se accede a la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Higuera la Real (Badajoz) de un inmueble que donó al Estado.

MarginalBOE-A-1984-9483
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
1¡;¡1L
27
abril
1984
BOE.-Núm.
101
Art.
3,-
Por
el
Ministerio
de
Economía rHacienda. atrav68
de
la
Dire...~chh
Ge~eral
del
Patrimonio
de
Estado,
se
llevarán
8caoo loa
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
le
dispone
en
el presente Real Decreto.
Dado,
en
Madrid
a
22
de
febrero
de
1984.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Economta ,
Hacienda,
MIGUEL
BOYE.R
SALVADOR
9483
REAL
DECRETO
809/1984,
de
22
de
febrero.
por
el
que
se accede a
la
reversión solicitada
~or
el
Ayuntamiento
de
Higuera
l4
Real
(Badajo:)
de
un
inmueble
que
donó
al
Estado.
El
AyuntamIento
de
Higuera
la
Real
(Badajoz)
donó
al
Es-
tado
un
inmueble
sito
en
su
término
municipal,
con
una
su-
perficie
de
1.640
metros
cuadrados,
COn
el
fin
de
construir
una
Casa-Cuartel
para
la
Guardia
elvil.
La
donación
fUe
formalizada
en
escritura
pública
de
9
de
abril
de
1973.
Dicha
Corporación
ha
solicitado
la
reversión
por
no
haberse
cumplido
el
fin
de
1&
donación,
petición
que
ha
sido
informada
favorablemente
por
el
Ministerio
del
Interior.
-
Por
todo
lo
expuesto
y a
propuesta
del
Ministro
de
Economía
y
Hacienda,
previa
deliberaci60
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
22
de
febrero
de
1984,
DISPONGO,
Artículo
1.0
Se
accede
a
la
reversión
en
favor
del
Ayunta~
miento
de
Higuera
la
Real
(8adajoz)
del
inmueble
que
donó
al
Estado
con
destino
a
la
construcción
de
una
Casa-Cuartel
para
la
Guardia
Civil
en
dicho
término
municipal,
el
cual
no
SEl
ha
cumplido,
cuya
donación
fue
aceptada
en
escritura
otor-
gada
en
9
de
abril
de
1973.
describiéndose
el
inmueble
que
re-
vierte
de
la
siguiente
forma:
Solar
de
1.640
metros
cuadrados,
sito
en
el
paraje
..
Las
Petiuelas-,
del
mismo
término
municipal,
que
Hnda:
Norte,
casa
de
Bartolomé
Castro
Carrero;
Sur
ca·
lIeja de
la
Menga;
Este,
carretera
de
San
Juan
del
Puerto
a
Cáceres;
Oeste.
con
finca
de
Antonio
Ruiz
Casero
y
Maria
Jo~
sefa
Claros
Silnchez
Barrlga.
Art.
2.° En
la
escritura
de
reversión
que
se
otorgue
Se
haré.
constar
la
formal
declaración
del
Ayuntamiento.
al
que
revierte
el
bien
que,
con
la
entrega
yreoe-pci6n
del
mismo
en
la
situación
de
hecho
y
de
derecho
en
que
actualmente
se
en·
cuentra,
considera
enteramente
satisfecho
su
derecho
sin
que
ten~a
que
recl~ar
nada
ante
el
Estado
por
ningún
concepto
d~Tlvado
orelaCionado
con
la
donación.
conservación
y
rever~
slón
de
aquél
y
que
serán
de
su
exclusivo
cargo
todos
los
gastos
a
que
lugar
1&
reversión
y
la
escritura
pública
en
que
se
formalice.
Art.
~.o
~or
el
Ministerio
de
Economfa
y
Hacienda,
a
travéS
de
la
DrrecClón
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevaré.n
a.
cabo los
tramites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a22
de
febrero
de
'1984.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Econornls. yHacienda,
MIGUEL
BOYER
SALVADOR
9484
REAL
pECRETO
81011984.
de
22
de
febrero.
por
el
que
se
accede ala reverstón soltcttada
por
don
Pedro CaUau
Ferrer
y
don
Aurelto
Bailo
Piedraftta
de
un
inmueble
en
su
dtG donado.
Don
Pedro
Callau
FeITar y
don
Aurelio
Bailo
Piedra!ita
dona~
ron
al
Estado
un
inmueble
sito
en
el
término
munlcipaJ. de Las
Pe1\as
de
Riglos
(Huesca).
con
una
superficie
de
2.400
metros
cuadrados.
con
el
fin
de
construir
una
Casa~Cuartel
para
la
Guardia
Civ1l.
La
donación
fue
formaliiada
en
escritura
pública
de.
as
de
septiembre
de
1975.
Dichos
donantes
han
solicitado
la
reversión
del
inmueble
por
no
haberse
cumplido
el
fin
de
la
donación.
Por. todo lo
expuesto
ya
propu~sta
del
Ministro
de
EconoroJa
yHa
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
22
de
febrero
de
19M,
DISPONGO,
Articulo
1,"
Se
accede
a
la
reversión
en
favor
de
don
Pedro
Callau
Ferrer
de
una
parcela
de
1.430
metro!
cuadrados
y
de
don
Aurello
Bailo
Piedraftta
de
una
parcela
de
970
metroS
cua-
drados,
que
constituyen
el
inmueble
que
donaron
al
Estado
con
destino.
el
cual
no
se
ha
cumplido.
a
la
construcción
de
una
Casa--Cuartel
para
la
Guardia
Civil,
.en
el
término
municipal
de
Las
Peñas
de
iUglos (Huesca.),
cuya
donación
fue
aceptada
en
escritura.
otorgada
el
25
de
septiembre
de
1975
describiéndose
el
inmueble
que
revierte
de
la
siguiente
forma:
Parcela
de
terreno
de
2.400
metros
cuadradOl.
sita
en
la
partida
-El
P1&no-.
que
linda:
Norte
Francisco
Ara
y
Santiago
Maiver:
Sur
y
Oeste,
Aurelio
Bailo
Piedrafita,
y
Este,-carretera
nacional
330,
de
Zara-
goza
a
Francia.
Art.
2.
0En
la
escritura
de
reversión
que
se
otorgue se
bar'
constar
la
formal
declaración
de
.loe
sedores
don
Pedro
Callau
Ferrer
7
don
Aurello
Ballo
Piedrafita.
al
que
revierte
el
bien
que.
con
la
entrega
y
recepción
del
mismo
en
1&
situactón
del
hecho
y
de
derecho
en
que
actualmente
~
encuentra.
ooosi.
dera
enteramAnte
satisfecho
su
derecho
sin
que
tenga
que
recle,...
mar
nada
ante el Est!\do
por
ningún
concepto
derivado
oreJa.
clonado
con
la
donación.
conservación
y
reversión
de
aquél
y
que
serAn de
su
e'll:clusivo
cargo
todos
los
gastos
a
que
lugar
la
reversión
y
la
escritura
pública
en
que
se
formalice.
Art. 3.0.
Por
el
Ministerio
de
Economia
y
Hacienda.
atra--
vés
de
la
DireCCión
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
lle-
varán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuaD-
to se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a22
de
febrero
de
1984.
JU
AN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Economía y
Hacienda,
MIGUEL
BOYER SALVAOOR
9485
REAL
DECRETÓ
81111984.
de
22
de
febrero.
por
.1
que
S8
accede
CI
la.
reversión
soltcttada·
por
.1
Ayuntamiento
de La Rambla. (Córdoba)
de
un
In·
mueble que donó
al
Estado.
El
Ayuntamiento
de
La
Rambla
(Córdoba)
donó
al
Estado
un
inmueble
sito
en
dicho
término
municipal,
con
una
super-
ficie
de
2.000,14
metros
cuadrados,
con
el
fin
de
construir
una
Casa-Cuartel
para
la
Guardia
Civil. .
La
donación
fue
formalizada
en
escritura
pública
de
21
de
noviembre
de
1973.
Dicha
Corporad,ón
ha
solicitado
la
reversión
por
no haberse
cumplido
el
fin
de
la
donacióD,
petición
que
ha
sido
informada
favorablemente
por
el
Ministerio
del
Interior,
Por
todo lo
expuesto
y a
propuesta
del
Ministro
de
Economía
y
Hacienda,
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
,-n
su
reunión
del día
22
de
febrero
de 1984.
DISPONGO,
Articulo
1.0
Se
accede
a
la
reversión
en
favor
del
Ayunte,...
miento
de
,La
Rambla
(Córdoba)
del
inmueble
que
donó
al
Es-
tado
con
destino
a
la
construcción
de
una
Casa-Cuartel
para
la
Guardia
Civil
en
dicho
término
municipal.
el
cual
no
se
ha
cumplido¡
la
donación
fUe
aceptada
en
escritura
otorgada
en
21
de
noviembre
de
1973,
describiéndose
el
inmueble
que
re·
vierte
de
la
siguiente
forma:
Solar
de
2.000,14
metros
euad."ados
de
superficie,
sito
en
la
calle
José
Antonio.
que
linda:
Izquierda,
edificio
propiedad
del
municipio;
derecha.
terreno
munietpal
sobre
el
cual
se
han
construido
viviendas
para
Maestros
na.
c1onales¡ fondo, mAs
terreno
municipal
y
de
Rafael
Cabello
de
los Cobos
Lucena.
..
Art.
2.·
En
la
escritura
de
reversión
que
se
otorgue
se
hari
constar
la
formal
declaración
del
Ayuntamiento
al
que
revierte
el
bien
que.
con
la
entrega
y
recepción
del
mismo
en
la
situa-
ción
de
hecho
y
de
derecho
en
que
actualmente
se
encuentra,
considera
enteramente
satisfecho
su
derecho
sin
que
tenga.
que
reclamar
nada
ante
el
Estado
por
ningl1n
concepto
deri-
vado
o
relacionado
con·
la
donación.
conservación
y
reversión
de
aquél
y
que
serán
de
su
exclusivo
cargo
todos los
gastos
a
que
lugar
la
reversión
y
la
escritura
pública
en
que
8e
formaltce.
Art.
3.0
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda,
a
través
-
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarAn
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
22
de
febrero
de
1984.
JUAN
CARLOS
R.
El Ministro de
Economla
y
Hadead
..
MIGUEL
BOYER
SALVADOR
9486 REAL DECRETO 812/1984,
cM
U
de
febrero.
por
el
que
••
accede ala l'8verst6n
.oltcttada
por
.,
AyuntamtBnto
de
S.chi
CCast.Uón)
CÜI
un
!nmue·
blo que clonó
al
E.tado.
El
Ayuntamiento
de
Bech1
(Castellón)
donó
al
Estado
UD
Inmueble
sito
en
su
término
municipal.
con
una
superficie
de
143,19
metros
cuadrados,
con
el
fin
de
oonstruir
una
biblioteca
pública.
La
donación
fue
formalizada
en
escritura
pública
de
al
ele
enero
de
1971.
Dicha
Corporación
ha
solicitado
la
reversión
por
no
habersE
cumplido
el
fin
de
la
donación,
petición
que
ha
sido
informadl
favorablemente
por
el
Ministerio
de
Educación
yCienct.a.

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