Real Decreto 3378/1981, de 18 de diciembre, por el que se accede a la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Benidorm (Alicante) de un inmueble que cedió al extinguido Movimiento Nacional.

MarginalBOE-A-1982-1715
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
25
enero
1982
1716
,;:
....
'.-"
"
"
.:
~
','
,'
.....
'
".",
....
;
El
MinIstro
de
Hacienda.,
JAIME
CARCIA
ANOVEROS
JUAN
CARLOS-R.
el
imnueble
que
revierte
de
la
siguiente
forma:
Parcela.
d.
terreno
sita
en
Lumbier,
lunto
9.
la
antigua
estación de
ferro~
carril,
de
mil.
seiscientos
metros·
cuadrados,
linda:
Norte
y
Sur
CO~
el
Ayuntamiento:
Este,
el
mismo
Ayuntamiento:
Oeste:
LUIS
Alvarez
de
Vayo,
camino
a
Lardín
e
Higinio
Vidando
Iroz.
o
Articulo
segundo.-En
la
escritura
de
reversión
que
se
otor-
gue
se
hará
constar
la
formal
declaración
del
Ayuntamiento
al
que
revierte
el
bien
de
que,
con
la
entrega
y
recepción
del
mismo
en
la
situación
de
hecho
V
de
derecho
en
que
actualmente
se
encuentra,
considera
enteramente
'satisfecho
su
derecho
sin
que
tenga
que
reclamar
nada
ante
el
Estado,
por
ningún
con-
cepto
derIvado
o
relacionado
con
la
donación,
conservación
y
reversj{jn
d'3
aquél,
y
de
que
serán
de
su
exclusivo
cargo
todos
los
gastos
a
que
lugar
la
reversi6n
yla.
escritura
pública.
en
que
se
formalice.
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto
Dadp
en
Madrid
a
dieciocho
de
diciembre
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno.
Artículo
primero.-Se
accede
a
la
reversión,
en
favor
del
Ayuntamiento
de
Almonte
(Huelva).
del
inmueble
que
don6
al
Estado
con
destino
a.
casa-cuartel
para.
la
Guardia
Civil
en.
dicho
ténnino
municipal.
de
cuya
utilización
se
ha
desistido,
habiendo
sIdo
aceptada
la
donación
en
escritura
otorgada
el
veintidós
de
mayo
de
'mil
novecientos
sesenta
y
tres,
descri-
biéndose
el
inmueble
que
revierte
de
la
,siguiente
forma:
Edifi-
cio
sito
en
la
calle
Luis
Benlumea.
número
tres,
del
mismo
término
municipal,
de
mil
veintiséis
metros
cuadrados
de
su-
perficie,
que
linda:
por
la
derecha,
José
María
Castillo;
por
la
izquierda,
José
Espina
RamÍrez,
y
fondo,
calle
Mártires
de
la
Patria.
Artículo
segundo.-En
la
escritura
de
reversi6n
que
se
otor-
gue
se
hará
constar
la
formal
declaración
del
Ayuntamiento
al
que
revierte
el
bien
de
que.
con
la
entrega
y
recepción
del
mismo
en
la
situación
de
hecho
y
de
derecho
en·
que
actual~
mente
se
encuentra,
considera
enteramente
satisfecho
su
de~
recho
sin
que
tenga
que
reclamar
nada
ante
el
Estado,
por
ning.ún
concepto
derivado
o
relacionado
con
la
donación,
con-
s~rvación
y
reversión
de
aquél,
..
de
que
serán
de
su
exclusivo
cargo
todos
los
gastos
a
que
lugar
la
reversión
y
la.
escri-
tura
pública
en
que
se
formalice.
.
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
dieciocho
de
diciembre
de
mil
novecien
w
tos
ochenta
y
uno.
DISPONGO,
1717
REAL
DECRETO
3380/1981,
de
18
de
diciembre.
por
el
que
se
accep,e
.;¡.
la
reversión
solicitada
por
el
Ayuntamiento
de
Almonte
(Huelva)
de
un
inmuto:
ble
que
donó
al
Estado.
~
El
Ayuntamiento
de
Álmonte
(Huelva.)
donó
al
Estado
un
inmueble
sito
en
el
mismo
término
municipal,
con
una
superficie
de
mil
veintiséis
metros
cuadrados,
con
el
fin
de
construir
una
casa-cuartel
para
la
Guardia
CiviL
La
donaci6n
fue
formalizada
en
escritura
pública
de
veintidós
de
mayo
de
mil
novecientos
sesenta
y
trt,s.
.
Dicha
Corporaci6n
ha
solicitado
la
reversi6n
del
inmueble
por
no
ser
necesario
para
los
fines
cl:>1:;to'
de
la.
donación,
petIción
que
ha
sido
informada
favorablemente
por
la
Dir~
c;j.ón
General
de
la
Guardia.
Civil.
_
Por
todo
10
expuesto,
ya
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda,
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
dieciocho
de
diciembre
de
mil
novecientos
ochenta
y
uno,
JUAN
CARLOS
R,
El
Ministro
de
Hacienda.
JAIME
CARCIA
ANOVEROS
1718
ORDEN
de
15
de
enero
de
1982
por
la
que
se
pro-
.rroga.
la
regulación
de
diversos
seguros
iacluido8
en
el
Plan
Anual
de
Seguros
Agrarios
para
1982.
que
fueron
comprendidos
en
el
Plan
de
1981.
Ilmo.
Sr.:
En
el
Plan
Anual
de
Seguros
Agrarios
Combina·
dos
correspondientes
al
año
1982,
que
fue
aprobado
por
el
Con-
sejo
de
Ministros
en
3
de
julio
de
1981, ha.n
sido
incluidos
algunos
seguros
agr.:.'rios
que
fueron
comprendidos
en
el
an-
terior
Plan
Anual
de
Hml,
aprobado
por
Consejo
de
Ministros
en
6
de
marzo
de
dicho
año.
1715
REAL
'DECRETO
3378/1981.
de
18
de
diciembre.
por
eL
Que se
accede.:i.la
reversión
solicitada
por
eL
Ayuntamiento
de
Bemdorm
(Alicante)
de
un
inmue-
ble
que
cedió
al
~tinguido
Movimiento
Nacional.
El
Ayuntamiento
de
Benidorm
(Alicante)
cedió
al
extinguido
Movimient?
Nacional
un
inmueble
sito
en
esa
localidad,
de
trescientos
tr-einta
y
cuatro
.metr~
cuadrados,
cuya
cesión
se
formaliz6
en
escritura
pública.
el
catorce
de
iunio
de
mil
no-
nov.:::cientos
setenta
y
tres,
para
la
construcci6n
de
una
casa
de
la
juventud.
El citad:}
Ayuntamiento
ha
solicitado
la.
reversión
del
in-
mueble
cedjdo,
habida.
cuenta
de
que
no
se
ha
cumplido
la
finalidad
prevista
en
la
mencionada
cesi6n.
Por
todo
lo
expuesto,
ya
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda.,
prc\'iu
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
dieciocho
de
diciembre
de
mE
novecientos
ochenta
y
uno,
B.
O.
del
E.-Núm.
21
El
Ministro
de
Hacienda.
JAJl\~E
GARCIA
AÑOVEROS
El
Ministro
de
Hacienda,
JAIME
CARClA
AÑOVEROS
JUAN
CARWS
R.
DISPONGO,
A:rtículo
primero:-Se
accede
a
la
reVersión
en
favor
del-
Ayuntamiento
de
Benidorm
(Alicante)
de
un
inmueble
que
cedió
al
extinguido
Movimiento
Nacional
para
la.
construcción
de
una
caSa
de
la
juventud,
por
incumplimiento
de
la
finalidad
prevista
en
la
cesi6n,
describiéndose
el
inmueble
que
revierte
de
la
si-
guiente
forma:
Edificio
de
dos
plantas,
sito
en
el
término
mu-
nicipal
d-e
Benidorm,
calle
Ricardo.
número
cuatro,
cuyos
lin-
deros
son:
por
la
derecha,
Colegio
Hermanas
Doctrina
Cris-
tiana;
por
la
izquierda,
caUe'
Pintor
Lozano,
y
por
el
fondo,
calle
Ricardo.
tenienao
dicho
inmueble
una
superücie
total
de
trescientos
treinta
yC'l.latro
metros
cuadrados.
inscrito
al
tomo
trescientos
veinticinco,
libro
treinta
y
dos
de
la
sección
se¿;-.,¡mda.
folio
ochenta
y
cinco.
finca
tres
mil
och~'nta,
inscripción
primera.
Artículo
segundo.-En
la
escritura
de
reversión
que
se
otor-
gUe
se
hará
constar
la
formal
declaración
del
Ayuntamiento
al
que
revierte
el
bien
de
que,
con
la
entrega
.,.
recepción
del
mismo,
en
la
situaci6n
de
hecho
y
de
derecho
en
que
actual-
mente
se
encuentra,
considera
enteramente
satisfechos
sus
de-
rechos,
sin
que
tenga
que
reclamar
nada
ante
el
Estado,
por
ningún
concepto
deriv2.do
o
relacionado
con
la
cesión,
conser-
vación
y
reversión
de
aquél,
v
de
que
serán
de
gu
exclusivo
cargo
todos
los
gastos
a
que
lugar
la
r~versión
y
la
escri-
tura
núbUca
en
que
se
formahcc.
Artículo
tercero.-Por
e~
Ministerio
de
Hacienaa,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
·Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducent~s
a
10,
efectividad
de
cuanto
se
dis-
pone
en
el
presente
Rpal
DC'creto.
Dr,do
en
Madrid
a
dieciocho
de
diciembre
de
IDl}
novecientos
<:lchcnta class="fs1b ls12">y
uno.
DISPONGO,
'
JUAN
CARLOS R.
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto·
se
dispone
en·
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
dieciocho
de
diciemb.re
de
mil
novecientos
ochenia
y
uno.
REAL
DECRETO
3379/1.981.
de
18 'de
diciembre.
por
el
que
se
accede ,J,
la
reversión
solicitada
por
el
Ayuntamiento
de
Lumbier
(Navarra)
de
un
inmue-
ble
que'
donó
al
Estado.
El
Ayuntamiento
de
Lumbier
(Navarra)
don6
al
Estado
un
inmueble
sito
en
el
mismo
término
municipal,
con
una
superfi-
cie-
de
mil
seiscientos
metros
cuadrados,
con
el
fin
de
cOnstrui!'
una
casa-cuartel
para
la
Guardia
Civil.
La
donación
fue
for·
malizada
en
escritura
pública.
de
veinticuatro
de
febrero
de
mil
novecientos
setenta
y
uno.
Dicha
Corporación
ha.
solicitado
la
reversión
del
inmueble
por
haberse
desistido
de
cumplir
el
fin
de
la
donación,
petición
que
ha
sido
informada
favorablemente
por
el
Ministerio
del
lnt'lrior.
.
Por
todo
lo
_expuesto. y a
propuesta
del
Mi:1istro
de
Hacienda,
previa
deliberación
del
Consejo
-de
Ministros
en
su
reunión
d-el
día
di;ciocho
de
diciembre
de
mil
novecientos
ochent.a
y
uno,
-
Articulo
primero.-Se
accede
a.
la
reversión
en
favor
del
Ayuntamiento
de
Lumbier
(Navarra)
del
inmueble
que
donó
al
Estado
P:U's,
la
construcción
de
un¡l
casa-cuartel
para
la
Guardia
Civil
~-'n
dicho
término
municipal.
de
la
cual
se
ha
desistido,
cuya
don:~tjón
fue
aceptada
en
escritura
otorgada
el
veinticuatro
de
febrero
de
mil
novecientos
setenta
y
uno,
describiéndose

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR