Decreto 3290/1974, de 25 de noviembre, por el que se establece una tramitación abreviada para el otorgamiento de concesiones de pequeños aprovechamientos de aguas públicas.

MarginalBOE-A-1974-1944
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Obras Publicas
Rango de LeyDecreto
4niciembre 1974
B.
O.
del
K-Num.
290
1
t
i
f
.'
j
1
24647
RESOLUCION'
de la
·Dirección
General
de
Trabajo
por
la
que
se
homologa
el
Convenio
Colectivo
stn~
.dical,
de
ámbito
interprovíncial,
pa.ra
la
actividad
de
Manipulación
y
Com~rcio
de
Flores
y
Plantas.
Itustrisímo
señor:
24559
MINISTERiO DE TRABAJO
Artículo
segundo.-Se
entenderán
por
peque:ños
aprovecha~
mientes
108
inf'eriores a
cinco
litrOSlsegundo. o a
cien
C. V.
con destino ariegos yfuerza motriz, respectivamente,
para
cuya
derivación
no
se
precise
el
estq.blecimiento
de
presa
de
fábrica
permanente.
y
..
hasta
un
limite
de
dos
litros/segundo
cuando
se
trate
de
abastecimientos
de
pequeños
núcleos
de
viviendas
aisladas
o
de
usos
industriales.
Artículo
tercerO.-EI.
procedimiento
abreviado
referido
en
el
artículo
prImero
se _
caracteriza
por
las
siguientes
notas:
Uno. A
la
solici1.lId
de
concesión
bastará
acompañar"
un
croquis
de
las
obras
a
realizar
y
la
descripción
detallada
de
las
mismas.
justificando.
en
el
caso
de
riegos.
la
propiedad
de
las
tierras
a.
regar
mediante
escritura
pública
o
certificado
del
Registro
de
la
Prc.·piedad,
sin
necesidad
de
presentar
estu-
die
agronómico'y
aportando
en
el
da
abastecimientos
certifica·
ción
de
Sanidad
relath'a
a
la
potabilidad
del
agua.
Dos. No
sera
de
aplicación
en
este
procedimiento
el
tráml~
te
de
competencia
de
proyectos.
Así
lo
di~pongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
veinticinco
de
octubre
de
mil
novecientos
setenta
y.
cuatro
El MillistJ:o
de
Obras
Publicas,
ANTONIO VALDES yGONZALEZ·ROLDAN
FRANCISCO
FRANCO
Visto
el
Convenio
Colectivo
Sindical
Interprovincial
para
la
actividad
de
Manipulación
y
Comercio
de
Flores
y
Plantas,
del
Sindicat:.l-
Nacional
de
Frutos
y.
Productos
HorUcolas;
Resultando
que
la
Secretaria
General
de
la
Organización
Sindical
por
escrito
de
19
de
noviembre
de
1974
remitió
para
su
homologación
a
esta
Dirección
General
el
Convenio
Colec-
tivo
Sindical
para
la
actividad
de
Manipulación
y
Comercio
de
Flores
y
Plantas,ql1e
fué·
suscrito,
previas
las
negociacio-
nes
correspondientes,
el
dia
6
de
junk)
de
1974
por
la
Comi-
sión
Deliberante
designada
al
efecto,
acompañandose
al
refe-
rido
_escrito
resumen
estadístico
comparativo
de
las
variationes
salariales
establecidas
en
el
Convenio
e
informe
favorable
a
su
homologación
de
la
Presidencia
del
Sindicato
Nacional
de
Frutos
y
Productos
J1ortícolas;
Considerando
que
esta
Dirección
General
es
competente
para
conocer
y
resolver
el
presente
expediente,
de
acuerdo
con
el
artículo
14
de
la
Ley
38/1973,
de
19
de
diciembre,
y
el
12
de
la
Orden
de
21
de
enero
de
1974;
C:.lnsiderando
que
ajustándose
el
presente
Convenio
alos
preceptos
contenidos
en
la
Ley
y
Orden
antes
citados,
no
obser·
vándose
en
él
violación
alguna
a
norma
de
derecho
necesario
y
ajust~ndose,
respecto
a
inérementos
salariales
y
repercusión
en
precios;
al
artículo
12
del
Decreto-ley
1211973,
de
30
de
noviembre,
procede
su
homologación;
'Vistas
las
disposiciones
citadas
y
demás
de
general
aplica·
ción,
Esta
Dír2tción
General
acuerda:
Primero.-Homologar
el
Canvenio
Colectiv,:.l
Sindical,
de
ám·
bita
interprovincial,
para
la
actividad
de
Manipulación
yCo-
mercio
de
Flores
y
Plantas,
suscr:ito_
el
di~.
6
d~
_
jllnio
de
.l§l?1.
Segundo.-Ordenar
su
inserción
en
el
Registro
de
esta
Di-
rección
General
y
su
publicación
en
el
..
BoleUn
Oficial
del
Estado",. .
Tercero.-Que
se o:.:Jmunique
esta
Resolución
a
la
Secretaría
General
de
la
Organización
Sindical
para
su
notificación
a
la
Comisión
Deliberante,
haciéndole
saber
que,
con
arreglo
al
artículo
14.2
de
la
Ley
38/1973,
de
19
de
diciembre,
no
cabe
contra
ella
recurso
alguno
en
la
vía
administrativa.
Lo
que
digo
aV.
1.
para
su
conocimiento
yefectos.
Dios
guarde
aV. L
Madrid,
25
de'
noviembre
de
1974.-EI
Diredor
general,
Ra-
fael
Martinez.
Emperador.
.Ilmo.
Sr.
Secretario
general
de
la
Organización
Sindical.
ORDEN
de
22cU1noviembre
de
1974
sobre
despa-
cho
de
las
protestas
de
avertas
por
et
Juzgado
de
Guardia.
24557·
24558
DECRETO
329011974,
de
25
de
octubre,
por
el
ques6
establece
una
tramitación
abreviada
para
el
otor·
gamiento
de
concesiones
de
pequeños
aprovecha-
mientos
de
aguas
públicas.
...
La
reglamentación
vigente
en
orden
a
la
tramitación
de
concesiones'
de
aprovechamientos
de
aguas
públicas
no
esta-
blece
distinción
alguna
en
cua:lto
á
la
exigencia
de
requi-
sitos
atendiendo
la
entid~d
o
importancia
de
las
concesiones
que
se
solicitan
por
los
administrados.
Esta
identidad
de'tratamiento
procedimentaJ
origina
en
la
práctka
un
trato
discriminatorio
al
impedir
a
multitud
de
usuarios
solIcitar
de
la
Administración
concesiones
de
peque-
ños
aprovechamientos
de;
aguas,
ante
el.
número
de
requisitos
y
garantias
que
la
legislación
impone,
que
si
resultan
necesa-
rios
para
la
gran
mayoría
de
16s
aprovechamientos
de
aguas,
no
parecen
serlo
tanto
para
estas
pequeñas
concesiones,
qUé
constituyen
también
un
elemento
indispensable
del
desarrollo
'económico
d.e
la
Nación.
En
mérito
a
estos
raa:onamien,tos
.de
interés
'general
y a
Íos
principios
d~
economía
y
eficacia
que
la
Ley,
de
Procedimiento
administrativo
señala,
parece
oportuno
establecer
una
trami-
tación
abreviada
para
estas
pequeñas
..
concesiones,agilizando
las
exigencias
previas
impuestas
al
administrado
en
la
solici.
tud
del
aprovechamiento,
conservando,
no
obstante.
las
ga.
rantias
qqe
el
procedimiento
común
determina
y
que
para
la
Administración
es
de
_oblhredo cumolimientQ_e.tl--eL.eiercicio-.de
su
función
administradora,
así
como
los
informes
pre~eptivO'S
de
otros
Depar4tmentos
ministeriales_
.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Obras
Públicas,
previa
delJberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
veinticinco
de
octubre
de
mil
novecientos
"setenta_ y
cuatro,
Ilustrísimo
señor:
DI
S P O N G
O,
RUIZJARABO
MINISTERIO DE JUSTICIA
Artículo
primero.-Para
e;l
otorg~miento
de
pequeños
apro-
vecharniento~
de
aguas
pUblicas,
las
ComisarIas
de
Aguas,
ate:,díendo
a
las
círcunst.!tncias .de
hecho,
y
en
razón
del
in-
terés
gen'enU, PQdran
aplícar
el
proced1miénto
abreviado
a
que
se
refiere·
el
presente
Decreto,
El
Presidente
de
.la
Audiencia
Territorial
de
Valencia
eleva
consulta
a
este
Ministerio
aceITa
de'
los
Juzgadcs
que
han
de
despachar
las
protestas
de
averías
en
aqueHas
poblaciones
donde
se
ha
atribuide:.
Juzgados
distintos
las
jurisdicciones
civil
y
penal.
.
Tradicionalmente,
y
por
su
earacter
de
urgencia,
tales
asun~
tos
se
despachaban
por
el
Juzgado
de
Guardia,
pero
al
tener
éste
atribuida
ahora
en
determinadas
poblaciones
jurisdic-
ción
exclusívamente
penal,
hace
aconsejable
ampliar
~su
campe·
tenda
alos
referidos
casos,
para
evitar
las
consiguientes
de·
moras.
En
su
virtud,
este
Ministerio
ha
tenido
a
bien
resolver
con
carácter
general
que
dichas
protestas
sean
despachadas
en
tales
poblaciones
por
el
Juzgado
de
Guardia,
sin
perjuicio
de
que;
una
vez
efectuado
el
referido
trámite,
los
pasen
al
Juzgado
Decano,
para
su
JItlpartoentre
los
de
Primera
Instancia,
Lo
qlle
digo
a
v..
1.
para
su
conocimiento
y
demas
-efectos.
Dios
guarde
aV,
l.
muchos
años.
.
Madrid,
.22
de
noviembre
de
1974.
MINISTERIO
DE OBRAS PUBLICAS
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Justicia,

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