ORDEN TAS/1326/2002, de 23 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2002-10952
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden
BOE núm. 135 Jueves 6 junio 2002 20389
10952 ORDEN TAS/1326/2002, de 23 de mayo, por la que
se convocan pruebas selectivas para ingreso en el
Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Segu-
ridad Social.
El Real Decreto 198/2002, de 15 de febrero, por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2002, autoriza
en su anexo la convocatoria de 26 plazas para el ingreso en el
Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Igualmente, el artículo 5 del citado Real Decreto prevé la con-
vocatoria de hasta 1.438 plazas de promoción interna del Grupo
B al A, según la distribución que determine el Ministerio de Admi-
nistraciones Públicas. Una vez efectuada dicha distribución, han
sido adjudicadas diez plazas para el ingreso en el Cuerpo Superior
de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
En cumplimiento de dicho Real Decreto, y con el fin de atender
las necesidades de personal del sistema de Inspección de Trabajo
y Seguridad Social, este Ministerio, en ejercicio de las compe-
tencias que tiene atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto
1084/1990, de 31 de agosto («Boletín Oficial del Estado» de 5
de septiembre), y previo informe favorable de la Dirección General
de la Función Pública, ha resuelto convocar pruebas selectivas
para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo
y Seguridad Social, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 36 plazas por
el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción
interna.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema gene-
ral de acceso libre asciende a 26 plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema de
promoción interna asciende a 10 plazas, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 5 del Real Decreto 198/2002, de 15 de febrero.
Las plazas que resulten sin cubrir no se acumularán al sistema
general de acceso libre.
1.1.3 Siguiendo lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decre-
to 198/2002 de 15 de febrero, del total de plazas ofertadas se
reservará un 3 por 100 para ser cubiertas por personas con minus-
valía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100,
y sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones corres-
pondientes, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena
de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley
de Medidas para la Reforma de la Función Pública 30/1984, de
2 de agosto. Este cupo de reserva asciende a una plaza y se aplicará
al sistema general de acceso libre. En consecuencia, si dicha plaza
resultase sin cubrir, se acumulará al sistema general de acceso
libre.
1.1.4 La fase de oposición del sistema de promoción interna
finalizará antes que la correspondiente al sistema general de acce-
so libre.
1.1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promo-
ción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Esta-
do» de 10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los
aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre para
cubrir las vacantes correspondientes, quedando excluidos de la
posibilidad prevista en el número 2 de dicho artículo.
1.1.6 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los
dos sistemas de ingreso citados.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» del 10 de abril), el
Real Decreto 543/2001 de 18 de mayo («Boletín Oficial del Estado»
del 31), y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de una fase de oposición
y otra fase consistente en un curso selectivo, con las pruebas,
puntuaciones y materias que se especifican en el Anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez
aplicado lo dispuesto en la base 1.1.5 de esta convocatoria.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará
en el lugar y fecha que determine la Resolución a que se hace
referencia en la base 4.1.
En todo caso la fecha de realización del citado ejercicio estará
comprendida dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación
de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La duración máxima de la fase de oposición será de doce meses,
contados igualmente a partir de la publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», de esta convocatoria.
1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición de acuerdo con lo establecido
en el punto Tres.3 del Anexo I serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante.
Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso selec-
tivo que se determina en el Anexo I.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho
a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante reso-
lución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órga-
no responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados los
cuatro ejercicios de la fase de oposición con al menos el 55 por
100 de la puntuación total global quedarán exentos de la práctica
de los mismos en la convocatoria inmediatamente siguiente, com-
putándoles una puntuación equivalente a la obtenida, siempre
y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de
fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Admi-
nistración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior inter-
calándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la pun-
tuación obtenida.
1.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selec-
tivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
funciones propias del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo
y Seguridad Social.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente discipli-
nario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públi-
cas.
2.1.6 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
previsto en la base 1.1.3 habrán de tener la condición legal de
discapacitados.
2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la
condición de funcionarios de Organismos internacionales, posean
la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.
Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas
pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada
por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero («Boletín Oficial
del Estado» del 23), considere que tienen por objeto acreditar
conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de
origen en el Organismo internacional correspondiente.
En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que osten-
ten la condición de funcionarios de organismos internacionales,
se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para
la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar
a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido
eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes
del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con ante-
rioridad al inicio de las pruebas selectivas.

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