ORDEN APA/2984/2005, de 23 de septiembre, por la que se modifican para el año 2005, determinadas fechas y plazos previstos en el Real Decreto 543/2004, de 13 de abril, por el que se regulan determinadas ayudas directas comunitarias al sector lácteo para los años 2004, 2005 y 2006 y en el Real Decreto 2353/2004, de 23 de diciembre, sobre determinados regímenes de ayuda comunitarios a la agricultura para la campaña 2005/2006, y a la ganadería para el año 2005.

Fecha de Entrada en Vigor28 de Septiembre de 2005
MarginalBOE-A-2005-16021
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN APA/2984/2005, de 23 de septiembre, por la que se modifican para el año 2005, determinadas fechas y plazos previstos en el Real Decreto 543/2004, de 13 de abril, por el que se regulan determinadas ayudas directas comunitarias al sector lácteo para los años 2004, 2005 y 2006 y en el Real Decreto 2353/2004, de 23 de diciembre, sobre determinados regÃmenes de ayuda comunitarios a la agricultura para la campaña 2005/2006, y a la ganaderÃa para el año 2005.

El Real Decreto 543/2004, de 13 de abril, por el que se regulan determinadas ayudas directas comunitarias al sector lácteo para los años 2004, 2005 y 2006, establece, en su artÃculo 12, que el abono de las ayudas reguladas, se realizará a partir del 1 de diciembre de cada año y antes del 30 de junio del año siguiente, y siempre que hayan finalizado todos los controles previstos previos a la concesión de las ayudas, ajustándose asÃ, en cuanto a plazos, a lo establecido en el artÃculo 28.2 del Reglamento (CE) n.º 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regÃmenes de ayuda directa en el marco de la polÃtica agrÃcola común y se instauran determinados regÃmenes de ayuda a los agricultores.

Por otra parte, el Real Decreto 2353/2004, de 29 de diciembre, sobre determinados regÃmenes de ayudas comunitarios a la agricultura para la campaña 2005/2006, y a la ganaderÃa para el año 2005, establece en su Anexo XIX que el perÃodo de pago de la prima por oveja y por cabra se extenderá, de acuerdo con lo previsto en el artÃculo 28.2 del Reglamento (CE) 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, desde el 1 de diciembre de 2005 hasta el 30 de junio de 2006. Y, en el Anexo XXVII, establece que para la prima por vaca nodriza, a partir del 1 de diciembre del año 2005 y antes del 30 de junio del año 2006.

Sin embargo, el Reglamento (CE) n.º 1418/2005 de la Comisión, de 29 de agosto, por el que se establece una excepción a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1782/2003 del Consejo, de 29 de septiembre, en lo que respecta al comienzo del periodo de abono de determinados pagos, recoge en el artÃculo 1, que, para el año 2005, el inicio del plazo para el pago de la prima a los productores de leche y de los pagos adicionales, será el 16 de octubre. Y en el artÃculo 2 que, para el año 2005, el inicio del plazo para el pago de la prima a la vaca nodriza y la prima por oveja y por...

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