Orden EDU/1876/2011, de 21 de junio, por la que se conceden becas para la realización de estudios de Máster en Universidades de Estados Unidos de América para el curso 2011-2012.

MarginalBOE-A-2011-11670
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Por Orden EDU/2258/2010, de 21 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 23 de agosto), se convocaban becas para la realización de estudios de Máster en Ciencias Sociales y Humanidades en Universidades de Estados Unidos de América durante el curso 2011-2012.

Una vez confirmados por la Comisión Fulbright los programas y universidades receptoras de los candidatos seleccionados, he dispuesto:

Primero.

Conceder las becas relacionadas en el anexo de la presente resolución en las universidades americanas y con las condiciones indicadas en el mismo.

Segundo.

La financiación de las dotaciones mensuales así como de los gastos de matrícula o tasas académicas se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado, por un importe total de 150.000,00 euros, de los cuales 79.500,00 euros será con cargo al ejercicio 2011 y 70.500,00 euros con cargo al ejercicio 2012, con el desglose que se indica a continuación:

Dotaciones mensuales Tasas de matrícula Total anualidad
Anualidad 2011 37.500,00 42.000,00 79.500,00
Anualidad 2012 70.500,00 70.500,00
El pago del importe correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos de los Presupuestos Generales del Estado

Tercero.

El pago de las becas se efectuará de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Orden de convocatoria y la justificación por parte de la Comisión Fulbright se ajustará a lo especificado en el artículo 9.

Cuarto.

La Comisión Fulbright abonará a los becarios 1.250,00 euros para gastos de viaje de ida y vuelta.

Quinto.

El Programa Fulbright ofrece a los beneficiarios un seguro de accidentes corporales y de asistencia sanitaria –excluida la obstetricia y la odontología–.

Sexto.

Los beneficiarios de estas becas están obligados al cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 de la Orden de convocatoria. Los incumplimientos de dichas obligaciones podrán dar lugar a la revocación de la beca concedida, parcial o totalmente, en los términos recogidos en el artículo 13 de la citada Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso...

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