Resolución de 24 de febrero de 2014, del Museo Nacional del Prado, por la que se convoca beca de la Fundación Iberdrola y el Museo Nacional del Prado, para la formación de futuros especialistas y fomentar la investigación en el Área de Restauración del Museo.

MarginalBOE-A-2014-4001
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo establecido en el artículo 3, letra e), de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre («Boletín Oficial del Estado», en adelante BOE, de 26 de noviembre), reguladora del Museo Nacional del Prado, y en el artículo 2, apartado 1, letra e, del Estatuto del Museo Nacional del Prado, aprobado por Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo (BOE de 20 de marzo),

Esta Dirección ha resuelto la presente convocatoria de becas, que se regirá por lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, con las modificaciones señaladas en el artículo 20 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos, y por las siguientes

Bases

Primera. Objeto.

La beca convocada tendrá como fin completar la formación de futuros especialistas y fomentar la investigación en el Área de Restauración del Museo del Prado durante diez meses (10). La beca se destinará al taller de Escultura.

Ello, de conformidad con lo establecido en la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

Segunda. Cuantía de la ayuda.

La cuantía de la ayuda se fija en 15.000 euros anuales, que se abonarán por pagos mensuales vencidos durante su duración, estando sometidas a las retenciones establecidas por la legislación fiscal para las rentas del trabajo (Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

La ayuda para la beca se financiará con la aportación de la Fundación Iberdrola, que transferirá oportunamente su respectiva aportación al Museo Nacional del Prado, de conformidad con los convenios de colaboración suscritos por éste con aquélla.

El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria será incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, debiéndose reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.

En caso de renuncia por parte del interesado, ésta deberá formalizarse por escrito del interesado dirigido al Responsable del Proyecto, con quince días de antelación a la fecha efectiva de su renuncia, debiendo reintegrarse las cantidades percibidas que no respondan a períodos de desarrollo efectivo de la ayuda, según lo contemplado en la cláusula octava de esta convocatoria.

Tercera. Régimen.

La concesión de la ayuda se efectúa mediante el régimen de concurrencia competitiva.

Cuarta. Duración.

La beca comenzará en el momento del inicio de la actividad y tendrá una duración de diez meses, pudiendo ser prorrogada por la Dirección del Museo, en una sola ocasión por un período igual, previo informe favorable, emitido por el Coordinador Jefe de Restauración del Museo.

Quinta. Requisitos generales.

Los aspirantes, siempre personas físicas, deberán presentar una solicitud, a la que acompañarán la documentación siguiente:

– Fotocopia del DNI y NIF del solicitante, o documento equivalente de la Unión Europea

– Currículum vítae, en el que conste el expediente académico, con indicación de valoración media. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente en créditos serán desestimados.

– Los aspirantes deberán poseer la titulación exigida para la beca ofertada, o títulos convalidados en vigor, en directa relación con la beca a desempeñar, haber finalizado la titulación exigida en el momento de la solicitud, y una edad inferior a 35 años. Se entiende por titulación exigida, la diplomatura o licenciatura o grado en Restauración en centros oficiales, no la correspondiente a estudios de posgrado...

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