Orden VIV/156/2006, de 16 de enero, por la que se convoca concurso de méritos, para la provisión de puestos de trabajo.

MarginalBOE-A-2006-1564
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Vivienda
Rango de LeyOrden
BOE núm. 27 Miércoles 1 febrero 2006 3987
MINISTERIO DE VIVIENDA
1564 ORDEN VIV/156/2006, de 16 de enero, por la que se
convoca concurso de méritos, para la provisión de
puestos de trabajo.
Vacantes puestos de trabajo en el Departamento, dotados presu-
puestariamente, cuya provisión se estima conveniente en atención a
las necesidades del servicio, este Ministerio, de acuerdo con lo dis-
Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción
como en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del Per-
sonal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provi-
sión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funciona-
rios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, previa autorización del
Ministerio de Administraciones Públicas, y en uso de las facultades
atribuidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, ha resuelto convocar concurso general para cubrir las vacan-
tes que se relacionan en el anexo I de esta Orden, con arreglo a las
siguientes bases:
Primera. Participantes.
1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c) del artículo 20.1
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de
30 de diciembre, y con las orientaciones de atención a los sectores
prioritarios señalados por el Real Decreto 121/2005, de 4 de
Febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para
2005, podrán participar en el presente concurso todos los funciona-
rios de carrera cualquiera que sea su situación administrativa, salvo
los suspensos en firme mientras dure la suspensión. Asimismo
podrán participar los funcionarios de carrera pertenecientes a Cuer-
pos o escalas de Correos y Telégrafos a todos los puestos que se
convocan por tratarse de puestos ubicados en un sector considerado
prioritario, señalado en el Real Decreto 121/2005 mencionado.
2. Cumplidos los requisitos establecidos en el apartado ante-
rior, podrán participar en el presente concurso los funcionarios de
carrera de la Administración del Estado, que pertenezcan a Cuerpos
y Escalas clasificados en los grupos establecidos en el artículo 25 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y que reúnan las condiciones gene-
rales exigidas en las bases de esta convocatoria, así como los requisi-
tos previstos en la correspondiente relación de puestos de trabajo y
que se detallan en el Anexo I.
A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión
Interministerial de Retribuciones de fecha 30 de enero de 2004, la
referencia al sector sanitario que recoge la definición de la clave
«EX11» no afecta al personal estatutario de los grupos de la función
administrativa, regulado en el artículo 12.3 del derogado Estatuto del
Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad
Social, que ocupe puestos de trabajo en la Administración General
del Estado a la fecha de la aprobación de la resolución de la CECIR
anteriormente citada.
Los funcionarios con alguna discapacidad podrán solicitar en la
propia instancia la adaptación del puesto solicitado. A la solicitud se
deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente
en la materia que acredite la procedencia de la adaptación y la com-
patibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el
puesto o puestos solicitados. En cualquier caso, la compatibilidad con el
desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará
teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. Estarán obligados a tomar parte en el presente concurso los
funcionarios que se encuentren sin destino definitivo en el Departa-
mento, salvo los que se hallen en comisión de servicios, solicitando
como mínimo todas las vacantes de la misma localidad a las que
puedan acceder por reunir los requisitos establecidos en esta convo-
catoria. Los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo
mediante la adscripción provisional a un puesto, sólo tendrán la obli-
gación de participar si se convoca ese puesto que ocupan provisionalmente.
4. Los funcionarios a que se refiere el punto anterior y que no
participen, teniendo obligación de hacerlo, podrán ser destinados a
las vacantes que resulten después de atender las solicitudes de los
concursantes.
5. Los funcionarios con destino definitivo en servicio activo, en
servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares, sólo
podrán tomar parte en esta convocatoria si, al término del plazo de
presentación de instancias, han transcurrido dos años desde la toma
de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo en el ámbito
de una Secretaría de Estado, de un Departamento Ministerial en
defecto de aquella, o en los supuestos previstos en el artículo 20.1.e)
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o por supresión del puesto de
trabajo.
6. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades
Autónomas sólo podrán tomar parte en el presente concurso si, en la
fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, han
transcurrido dos años desde su transferencia o traslado, siempre que
haya transcurrido este mismo plazo desde la toma de posesión de su
último destino definitivo.
7. Los funcionarios destinados en la Administración local, sólo
podrán participar en el concurso si han transcurrido al menos dos
años desde la obtención del puesto con carácter definitivo.
8. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés parti-
cular (artículo 29.3 c) de la Ley 30/1984), y en excedencia voluntaria
por agrupación familiar (artículo 20 de la Ley 22/93, de 29 de
diciembre), solo podrán participar si, al término del plazo de presen-
tación de instancias, han cumplido el plazo mínimo de dos años que
han de permanecer en dicha situación.
9. Los funcionarios en situación administrativa de expectativa
de destino y excedencia forzosa están obligados a concursar de
acuerdo con el artículo 29, apartado 5 y 6 de la Ley 30/1984, de 2
de agosto, tal y como resulta de la modificación efectuado por la Ley
22/1993, de 29 de diciembre.
10. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan
reservados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos
para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto,
salvo autorización del Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indi-
cados Cuerpos o Escalas.
Cuando los puestos convocados dependan del propio Departa-
mento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en
exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida autorización,
de acuerdo con el artículo 41.4 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo.
11. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.Cuatro.5 de
la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para 1991, la movilidad de los funcionarios que desempeñen
puestos de trabajo de la Agencia Estatal de la Administración Tribu-
taria y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella,
para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones
Públicas, estará sometida a la condición de la previa autorización de aqué-
lla, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.
Segunda. Puestos de Trabajo.
1. Los puestos a proveer mediante el concurso, son los que se
relacionan en el Anexo I.
2. En el citado Anexo se hacen constar los datos referentes a
cada puesto de trabajo, con los requisitos de adscripción necesarios
y, en su caso, la titulación exigida, así como los cursos de formación
y perfeccionamiento evaluables, las funciones características y los
méritos específicos correspondientes.
Tercera. Modelos, plazos y condiciones de presentación de
solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso de méritos,
se dirigirán a la Subsecretaría de este Ministerio, y se ajustarán a los
modelos publicados como anexos de esta orden y se presentarán en
el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado, en el Registro General del Ministerio de Vivienda (Paseo de
la Castellana, 112 –28071 –Madrid), o en los registros a que se
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-
miento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
2. Los anexos a presentar son los siguientes:
Anexo II. Solicitud de participación.
Anexo III. Certificado de méritos.
Anexo IV. Méritos alegados por el candidato en relación con el
puesto o puestos solicitados.
La cumplimentación de estos anexos seguirá rigurosamente las
indicaciones que en ellos se contienen a pie de página.
3. Cada uno de los funcionarios participantes podrá solicitar,
por orden de preferencia, los puestos vacantes, que se incluyen en el
anexo I, siempre que reúna los requisitos exigidos para cada puesto
de trabajo.

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