Real Decreto 1037/2001, de 21 de septiembre, por el que se homologan diversos títulos de la Universidad Europea de Madrid y se modifican los Reales Decretos 1558/1998, de 17 de julio, y 1328/1999, de 31 de julio, de homologación de otros títulos de la misma.
Fecha de Entrada en Vigor | 5 de Octubre de 2001 |
Marginal | BOE-A-2001-18495 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Real Decreto |
REAL DECRETO 1037/2001, de 21 de septiembre, por el que se homologan diversos títulos de la Universidad Europea de Madrid y se modifican los Reales Decretos 1558/1998, de 17 de julio, y 1328/1999, de 31 de julio, de homologación de otros títulos de la misma.
La Universidad Europea de Madrid, reconocida como Universidad privada por Ley 24/1995, de 17 de julio, ha aprobado los planes de estudios que conducen a la obtención de los títulos de Licenciado en Bellas Artes, de la Escuela Superior de Arquitectura; Licenciado en Ciencias del Trabajo, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y de la Administración; Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, de la Escuela Superior de Ingeniería Industrial; Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, de la Escuela Superior de Informática; Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas Electrónicos, de la Escuela Superior de Telecomunicaciones, y Diplomado en Terapia Ocupacional, de la Facultad de Ciencias de la Salud, cuyas enseñanzas han sido autorizadas por Decretos 33/2001, de 1 de marzo, y 231 /2000, de 19 de octubre, de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Visto que los citados planes de estudios se ajustan a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y han sido informados favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación de los referidos títulos.
Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; Reales Decretos 1432/1990, de 26 de octubre; 1592/1999, de 15 de octubre; 1403/1992, de 20 de noviembre; 1461/1990, de 26 de octubre; 1451/1991, de 30 de agosto, y 1420/1990, de 26 de octubre, por los que se establecen los títulos universitarios oficiales de Licenciado en Bellas Artes; Licenciado en Ciencias del Trabajo; Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial; Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas; Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas Electrónicos, y Diplomado en Terapia Ocupacional, y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de los mismos y demás normas dictadas en su desarrollo.
Por otra parte, al haberse sustituido las denominaciones de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales y de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales, de la Universidad Europea de Madrid, por las de Facultad de Economía y Administración de Empresas y Escuela Superior de Ingeniería Industrial, respectivamente, en virtud de sendos Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, procede la modificación de los Reales Decretos 1558/1998, de 17 de julio, que homologa el título de Diplomado en Turismo, y 1328/1999, de 31 de julio, que homologa diversos títulos, ambos referentes a la Universidad Europea de Madrid. En este último, procede, además, la rectificación de un error material detectado en su texto, que vincula el título de Diplomado en Enfermería a la Facultad de Ciencias, en lugar de a la Facultad de Ciencias de la Salud.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de septiembre de 2001,
DISPONGO
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Se homologan los títulos de Licenciado en Bellas Artes, de la Escuela Superior de Arquitectura; Licenciado en Ciencias del Trabajo, de la Facultad de Ciencias Jurídicas y de la Administración; Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, de la Escuela Superior de Ingeniería Industrial; Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas, de la Escuela Superior de Informática; Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas Electrónicos, de la Escuela Superior de Telecomunicaciones, y Diplomado en Terapia Ocupacional, de la Facultad de Ciencias de la Salud, de la Universidad Europea de Madrid, conforme a los planes de estudios que se contienen en el anexo.
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A los títulos a que se refiere el apartado anterior, les será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, homologación y expedición de títulos universitarios.
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Las futuras modificaciones de los indicados planes de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.
Los títulos a que se refiere el artículo anterior se expedirán por el Rector de la Universidad Europea de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa los títulos.
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En el título y en el preámbulo del Real Decreto 1558/1998, de 17 de julio, por el que se homologa el título de Diplomado en Turismo de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad Europea de Madrid, con sede en Madrid, reconocida como Universidad privada, donde dice: «Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales», debe decir: «Facultad de Economía y Administración de Empresas».
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El apartado 1 del artículo 1 del Real Decreto citado en el apartado anterior, queda redactado en los siguientes términos:
1. Se homologa el título de Diplomado en Turismo de la Facultad de Economía y Administración de Empresas de la Universidad Europea de Madrid, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.
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En el párrafo primero del preámbulo del Real Decreto 1328/1999, de 31 de julio, por el que se homologan diversos títulos de la Universidad Europea de Madrid, donde dice: «... de Diplomado en Enfermería y de Diplomado en óptica y Optometría, ambos de la Facultad de Ciencias...», debe decir: «... de Diplomado en Enfermería, de la Facultad de Ciencias de la Salud, y de Diplomado en óptica y Optometría, de la Facultad de Ciencias...».
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El apartado 1 del artículo 1 del Real Decreto 1328/1999, a que se refiere el apartado anterior, queda redactado en los siguientes términos:
1. Se homologan los títulos de Ingeniero en Organización Industrial, de la Escuela Superior de Ingeniería Industrial, de Diplomado en Enfermería de la Facultad de Ciencias de la Salud y de Diplomado en óptica y Optometría de la Facultad de Ciencias, de la Universidad Europea de Madrid, reconocida como Universidad privada, conforme a los planes de estudios que se contienen en el anexo.
Por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 21 de septiembre de 2001.
Juan Carlos R.
La Ministra de Educación, Cultura y Deporte.
Pilar Del Castillo Vera
ANEXO
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