Orden ARM/2183/2011, de 20 de julio, de corrección de errores de la Orden ARM/2140/2010, de 16 de julio, por la que se extiende el Acuerdo de la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa al conjunto del sector, y se fija la aportación económica obligatoria, para realizar campañas de promoción de la aceituna de mesa, mejorar la información y conocimiento sobre las producciones y los mercados, y realizar programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios para las campañas 2010-2011, 2011-2012 y 2012-2013.

MarginalBOE-A-2011-13291
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

Advertidos errores en el texto de la orden referenciada, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 188, de 4 de agosto de 2010, se procede a subsanarlos mediante las oportunas rectificaciones:

En la página 68104, el apartado segundo, puntos 1 y 2, se sustituyen por el siguiente texto:

1. En la campaña 2011/2012, una vez entrada en vigor la norma, desde el 1 de septiembre de 2011 hasta el 31 de agosto de 2012, la aportación obligatoria será de 5,1 euros/1.000 kilogramos de aceituna de mesa destinada al mercado, para consumo directo o uso industrial, correspondiendo 1,7 euros/1.000 kilogramos al productor (peso de aceituna cruda), 1,7 euros/1.000 kilogramos al entamador (peso de aceituna cruda que entre en la entamadora) y 1,7 euros/1.000 kilogramos al envasador (peso de aceituna entera escurrida que entra en la envasadora) cuyo producto se destine tanto a consumidor final como a industria, ya sea en el mercado interior o exterior. Corresponderá al importador de aceituna cruda una aportación de 1,7 euros/1.000 kilogramos (peso de aceituna cruda), mientras que el importador de aceituna entamada deberá aportar 3,4 euros/1.000 kilogramos (peso de aceituna entera escurrida) por los conceptos de producción y entamado.

Se considerará dentro del concepto de envasado la aceituna vendida a granel por los entamadores a otros operadores o a industrias no registradas como envasadoras de aceituna de mesa y, en general, a cualquier empresa que manipule o comercialice el producto y no esté registrado como operador. En estos casos el entamador realizará la aportación correspondiente a la Extensión de Norma en concepto de envasado.

Las empresas que realicen varias actividades, como pueden ser la de entamado y envasado o importación y envasado aportarán la cantidad correspondiente a cada una de estas actividades.

2. Aportaciones obligatorias campaña 2012/2013. La Asamblea acuerda que la aportación obligatoria para la campaña de comercialización 2012/2013 sea continua y según lo definido para la campaña 2011/2012. La aportación obligatoria tendrá vigencia hasta 31 de agosto de 2013.

En el caso de que el desarrollo de las actuaciones lo requiera, la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa acuerda poder revisar a la baja el importe de la aportación obligatoria. En caso de nuevo acuerdo al respecto por parte de la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa, éste será comunicado al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y...

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