Resolución de 18 de septiembre de 2008, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el anexo de la Orden FOM/3479/2002, de 27 de diciembre, por la que se regula la firma y visado de documentos a que se refiere el Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Inspección y Certificación de Buques Civiles.

MarginalBOE-A-2008-16441
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

La Orden FOM/3479/2002, de 27 de diciembre, por la que se regula la firma y visado de documentos a que se refiere el Reglamento de Inspección y Certificación de Buques Civiles aprobado por Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre, desarrolló su artículo 20 determinando en el Anexo de dicha Orden cuales eran los documentos, informes o manuales que deberían ser presentados ante la Administración con el correspondiente visado del Colegio Oficial del profesional que lo firmaba.

La experiencia adquirida desde la entrada en vigor de la mencionada Orden, ha permitido constatar que la relación de los documentos que precisan de visado es susceptible de mejora, por lo que se estima conveniente, mediante esta Resolución, modificar el Anexo de la Orden.

En particular en aras de una mayor claridad en su interpretación se mejora la redacción del punto d) del Anexo de la Orden, en relación con el Cuadernillo de los buques graneleros y j), de manera que la seguridad en el transporte de grano a granel quede garantizada exigiendo el visado del cálculo de estabilidad de la carga del grano, únicamente para aquellos buques que carezcan del Manual de carga de grano previsto en el apartado 3.2 del Código internacional para el transporte sin riesgos de grano a granel.

Por otro lado, se estima necesario incorporar nuevos documentos que deberán de estar debidamente visados al tener que ser presentados ante la Administración.

La disposición adicional de la Orden FOM/3479/2002, de 27 de diciembre, por la que se regula la firma y visado de documentos a que se refiere el Reglamento de Inspección y Certificación de Buques Civiles, autoriza al Director General de la Marina Mercante a modificar el anexo de la citada Orden; en su virtud, resuelvo:

Primero.-Se modifica el punto d) del anexo de la Orden FOM/3479/2002, de 27 de diciembre, por la que se regula la firma y visado de documentos a que se refiere el Reglamento de Inspección y Certificación de Buques Civiles aprobado por Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre, que quedará redactado de la siguiente forma:

d) Cuadernillo de los buques graneleros (Previsto en el Convenio SOLAS, Regla 7, del Capitulo VI, Parte B: disposiciones especiales aplicables a la carga a granel que no sea grano):

Ingeniero Naval.

Ingeniero Técnico Naval.

Segundo.-Se modifican los puntos j) y l) del anexo de la Orden FOM/3479/2002, de 27 de diciembre, por la que se regula la firma y visado de documentos a que se refiere el Reglamento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR