Decreto 833/1973, de 12 de abril, por el que se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros (Badajoz) de un inmueble de 301 metros cuadrados, sito en el mismo término municipal, con destino a la construcción de una Biblioteca Pública.

MarginalBOE-A-1973-37859
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyDecreto
B.
O.
ael
E.-Núm.
104
1
mayo
1973 8725
DECRETO
833/1973,
de
f2
de
abril,. por el
que
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
el
Ayuntamiento
de
Villafranca
de los Barros {Baria/ox} de
un·
in-
mueble
de
301
metros
cuadradús,:Jito
en
el
'mismo
termino
municipal,
con
destino
a
la
construCción
de
una
Biblwteca
Pública
Por.
el
Ayuntamiento
de
VilIafranca
de
los
Barros-
ha:::ido
off!ocido
al
estado
un
inmueble
de
una
extensión
&uperfifial
de
trescientos
un
metros
cuadrados,
sito
·en
el
mismo
termino
municipal,
COL
destino
a
la
construcción
de.
una
Biblioteca
PÚ-
blica.
Por
el
Ministerio
de
Educación
y
Ciencia
se
considera
de
interes
la
referida
construcción.
A
prop'uesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Conseja
de
Ministros
en
su
re'anión
del
día
seis
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
tres,
DISPONGO,
Artículo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
ar-
tículo
veinticuatro
de
la
Ley
del
Patrimonio,
se
acepta
la
dona~
ción
al
Estado
por
el
Ayuntamiento
de
Villafrenca
de
los
Barros
madajoz)
de
una
parcela
de
terreno
de
trescientos
un
metros
cuadra.dos
de
superficie,
sito
en
~a
avenida
del
Ejército,
del
mismo
término
municipal,
que
linda:
Derecha,
entrando,
con
la
calle
Capitá'n
Meléndez,
con
la
que
hace
esquina;
izquierda,
con
propiedad
de
don·
Manuel
I)urán
Bennejo,
y
por
la
espalda,
las
de
dalia
Fernanda
Sant06
Guerrero.
El
inmueble
ODleto
de
donación
se
destinará
a
la
construc~
cíón
de
una
Biblioteca
Pública.
Articulo
segundo.-El
inmueble
mencionado
deberá
incorpo-
rarse
al
Inventario
General
de
Bienes
del
Estado,
una
vez
inscrito
a
su
nombre
en
el
Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ulterior
afectación
por
el
Ministerio
de
Hacienda
al
de.
Educa-
ción
y.
Ciencia
para
los
servicios
de
'BibUote<:a>
Pública,
de-
pendientes
de
este
último
Departamento.
La
finalidad
de
la
dona.
ción
habrá
de
cumplirse
de
conforntídad
con
lo
dispuesto
en
la
vigente
legislación
de
régimen
local.
Artículo
tercero.-por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
efectividad
de
cunta
se
dispone
en
el
presente
Decreto,
autorizándose
al
Hustrisimo
señor
Delegado
de
Hacienda
de
Badajoz,
o
funcionario
en
quien
delegue,
para
que,
en
nombre
del
Estado,
concurra
en
el
otor~
gamiento
de
la
correspondiente
escritura.
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
doce
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
tres.
FRANCrSCO
FRANCO
El
Ministro
de
'Hacienda.
ALBERTO
MONREAL
LUQUE
DECR
El'O
834/1973,
de 12 de
abril,
por
el
que
.~e
acuerda
la
ena;enadón
directa
de
una
finca
urbana
sita
en
termino
municipal,
de
Albánchez
de Ube,ta
(J
aénJ, calle Cuesta,
sin
numero,
en
favor de
su
OCupante.
Don
Fernando
Malina'
Muñoz
ha,
interesado
la
adquisición
dh'ecta
de
una
finca
urbana,
sita
en
término
municipal
de
Al-
banchez
de
Ubooa
(Jaén),
calleCu6sta,
sin
número,
propiedad
del
Estado,
de
la
que
el
solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
diecisiete
mil
doscientas
ochenta
y
seis
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda..
La
circunstancia.
expuesta
justifica
hacer
uso
de
la
autoriza~
ción
concedida
pOI
el
artículo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Pa+
trimonio
del
Estado,
'de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
HaCienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
seis
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
tres,
DIS
PONGO,
Artículo
primero.-De
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
'sesenta
y
cuatro.
se
acuérda
la
enajenación
directa
a
favor
de
don
Fernando
Mohna
Muñoz
c{:m
domicilio
en
Albánchez
de
Ubeda
(Jaén),
de
la
finca,
pro~
pIedad
del
Estado,
que
a
continuación
se
describe:
Urbana,en
término
Imunicipal_
de
Albánchez
de
Ubeda,
calle
Cuesta,
sin
nÚmero,
con
una
superficie
de
cuarenta
y
uno
coma
noventa
y
dos
metros
cuadrados,
y
los
linderos
siguientes:
Derecha,
doña
Lucía
Navarrete
Aranda;
izquierda,
doña
Rosa
Lanzas
Pe·
ralta,
fondo,
donDiego
Martínez
de
la
Torre y
otros
.
.Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
111
libro
cuarenta
.y_seis
foHo
doscientos
cuatro.
finca
dos
mil
ochocientos
dos,
inscrIpción
segunda.
Artículo
segundo.-EI
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
~iiecisiete
mil
doscientas
ochenta
y
seis
pesetas,
las
cuales
deberan
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
el
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días
a
partir
de
la
notificación
de
la
aal
udica-
dón
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Jaén,
siendo
también
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
Ol'iginadús
en
la
tramita-
ción
del
expediente
'i
los
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Decreto.
Articulo
tercero.-Por
el
Ministro
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
Hevanm
a
cabo
los
trámite!':>
conduCentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Decreto.
Se
faculta
al
señor
Delegado
de
Hacienda
en
Jaén
para
que,
en
nombre
,del
Estado,
comparezca
en
el
otorgamiento
de
la
correspondiente
escritura.
Asi
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
doce
de
abrii
de
mil
novecientos
setenta
y
treb:o
FRANcrsco
FRANCO
El
MinIstro
dI?
Hacienda.
ALBERTO
MüNHE.4{.
LUQUE
DECRETO
835/1973;
de
12
de
abril,
por
el
Que
se
acuerda
la
enajenación
directa
de
una
franja
de
terreno
sita
en
término
municipal
de
Alza
(Out·
puzcoa),
para
acceso a
la
finca
propiedad
d~
la
peticionaria.
Doña
Matilde
Castilla
de
Reyes
ha
interesado
la
adquisición
directa.1:le
una
fra.nja
de
terreno
sita
en
término
municipal
de
Alza
(Guipúzcoa),
propiedad
del
Estado,
neceiljlTia a
la
soUci·
tante
como
único
acceso
a
una
finca
de
su
propiedad.
Los
te~
rrenos
han
sido
tasados
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Hacienda
en
la
cantidad
de
veinte
mil
pesetas.
La
circunstancia
expuesta
justifica
hacer
uso
de
la
autori-
zaci3n
concedida
por
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
,
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sese.nta
y
cuatro.
<
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre~
via
deliberacinó
del
Consejo
d,.
Ministros
en
su
reunión
del
día
seis
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
tres,
DISPONGO,
Articulo
primero.-De
conformidad
con
lo
di.~puesto
en
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del·
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
acuerda
la
enajenación
directa·
a
favor
de
doña
Matilde
Castilla
de
Re·
yes,
con
domicilio
en
Madrid,
calle
Juan
de
la
Cierva.,
número
dieciséis,
de
la
finca
propiedad
del
Estado
que
a
continuación
se
desbribe~
Parcela
de
terreno
sita
en
el
lateral
de
la
vía
de
Madrid
a
Irún,
entre
los
puntos
kilométrícos
seiscientos
veinti·
cinco
coma
cümto
cuarenta
y
cinco
al
seiscientos
veinticinco
coma
doscientos
treinta
y
tres,
término
municipal
de
Álza
(Gui-
púzcoa),
con
un
ancho
medio
de
tres
metros
y
longitud
de
se~
tenta
y
ocho
metroS,
dando
una
superficie
total
de
doscientos
metros
cuadrados,
cuyos
linderos
son:
Norte,
Este y
Oeste,
Renfe,
y
Sur,
Tirso
Martinez
y
MatildeCastilla.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
San
Sebastian
al
tomo
mil
setecien-
tos
ochenta
yseis,
libro
doscientos
veinte,
folio
uno,
finca
-núme~
ro
trece.mil
ochocientos
setenta,
inscripción
primera.
El
terreno
se
utilizará.
únicamente
para
camino
de
servidum~
bre,
obligándose
la
adquirente
a
construir
a
su
costa
un
muro
de
cierre
de
tres
metros
de
altura
en
toda
la
linea
que
la
limita
con
los
terrenos
de
Renfe.
Articulo
segundo.-·EI
precio·
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
veinte
mil
pesetas,
1"
cuales
debe::an
ser
ingresadas
en
el
Tesoro
por
la
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Guipúzcoa,
siendo·
también
de
cuenta
de
la
interesada
todos
los
gastos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Decreto.
Artículo
tercero.-Por·
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
eféctividad
de
cuanto
se
dis-
pone
en
el
presente
Decreto.
Se
faculta
al
sefior
Delegado
de
Hacienda
en
Guipúzcoa
para
que,
en
nombre
del
Estado,
compa-
rezca
en
el
()torgami~nto
de
la
correspondiente
escritura.
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto.
dado
en
Madríd
a.
doce
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
tres.
FRANCrSCO FRANCO
El
Ministro
de
Hacienda.
ALBERTO
MONREAL
LUQUE
DECUETO
836/1973,
de
12
de
abril,
por
el
que
se
acuerda
la
enaíenación
directa
de
un
solar,
sito
en
Melilla.
'1
sobre el
que
se asienta
una
edificación
en
favor
de
su
ocupante.
Por
don
Jesús
Rodriguez
Casanova
se ha.
interesado
la
adju·
diGaCIÓn
de
un
solar
propiedad
del
Estado,
sito
en
Melilla,
calla
de
Sargento
Arbucias,
Lúmero
cuarenta
y
cinco,
como
ocupante
de
la
edificación
existente
sobre
el
mismo.
Dicho
solar
ha
sido
tasado
en
la
cantidad
de
cinco
mil
quinientas
ochenta
pesetas

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