Real Decreto 688/1984, de 8 de Febrero, por el que se modifica el Real decreto 2869/1983, de 9 de Noviembre, sobre Valoracion definitiva y ampliacion de Medios adscritos a los Servicios traspasados a la Comunidad autonoma de andalucia en materia de Educacion.

Fecha de Entrada en Vigor26 de Abril de 1984
MarginalBOE-A-1984-8338
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJuntas Electorales Provinciales
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto 2869/1983, de 9 de noviembre, sobre valoración definitiva y ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad autónoma de andalucía en materia de educación aprobó el acuerdo de la comisión mixta, adoptado en su reunión del día 28 de junio de 1983, por el que se concretaba la valoración definitiva del coste efectivo de los servicios traspasados y ampliación de los derechos y obligaciones, medios personales y patrimoniales transferidos a la Comunidad autónoma de andalucía en materia de educación por Real Decreto 3936/1982 de 29 de diciembre. Advertidos errores en las relaciones anexas al Real Decreto citado por las que se debió Transcribir el acuerdo de la mencionada comisión mixta en sus propios términos, procede modificar dichas relaciones, respetándose así la propuesta contenida en el mencionado acuerdo.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de educación y ciencia y de la administración territorial, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de febrero de 1984, dispongo:

Artículo 1

Se modifica la relación número 2 relativa a los medios financieros traspasados a la Comunidad autónoma de andalucía en virtud del Real Decreto 2869/1983, de 9 de noviembre, en los términos que figuran en el anexo * a este Real Decreto, quedando traspasados los medios financieros que en dicho anexo se incorporan, completándose así los transferidos por el Real Decreto 2839/1983, de 9 de noviembre.

Art. 2 este Real Decreto será publicado, simultáneamente en el y en el .

Dado en Madrid a 8 de febrero de 1984.-Juan Carlos R.-el Ministro de la Presidencia, Javier moscoso del prado y Muñoz.

* se omite la inclusión de este anexo.

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