Resolución de 24 de junio de 2011, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento de adecuación en la categoría de monumento, del bien de interés cultural denominado Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, en Valdenoceda, merindad de Valdivielso (Burgos) delimitando su entorno de protección.

MarginalBOE-A-2011-14555
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Castilla y León
Rango de LeyResolución

La Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, en Valdenoceda, Merindad de Valdivielso (Burgos), se encuentra afectada por el Decreto de 22 de abril de 1949, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 5 de mayo de 1949, sobre protección de los castillos españoles.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 16/1985, de 25 de julio, del Patrimonio Histórico Españo,l y en la disposición adicional primera de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, está considerada bien de interés cultural.

La disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 11 de julio, preceptúa que: «Las declaraciones de los bienes a los que se refiere la disposición adicional primera podrán ser completadas o revisadas mediante la determinación y delimitación de los mismos, la declaración de los entornos y bienes muebles afectados por la declaración, la adecuación de su calificación a las categorías establecidas en la presente Ley o la aprobación de cualquiera de los elementos y criterios específicos previstos en la misma para la determinación de los distintos regímenes de conservación y protección. Los procedimientos y competencias administrativas que regirán para la aplicación de esta disposición se establecerán reglamentariamente.»

El Servicio de Ordenación y Protección en fecha 23 de julio de 2011, propone incoar procedimiento de adecuación en la categoría de monumento, del bien de interés cultural denominado Torre de Valdenoceda o de los Fernández Velasco, en Valdenoceda, Merindad de Valdivielso (Burgos), delimitando un entorno que garantice suficientemente la protección integral de este bien, el respeto a los valores propios del mismo, su contemplación, apreciación y estudio, conforme establece la Ley 12/2002, de 11 de julio.

Vistos los antecedentes y fundamentos de derecho citados, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 12/2002, de 11 de julio, a fin de adecuar la declaración anteriormente mencionada a las prescripciones impuestas en la citada ley, procede incoar procedimiento para la adecuación de este bien de interés cultural en la categoría de monumento, delimitando un entorno que garantice suficientemente su protección.

La iniciación del procedimiento, según establece el artículo 10.3 de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, determinará respecto al bien afectado, la aplicación...

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