Orden FOM/3037/2005, de 14 de septiembre, por la que se aprueba el Plan de utilización de los espacios portuarios del Puerto de Vilagarcía.

MarginalBOE-A-2005-16330
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

ORDEN FOM/3037/2005, de 14 de septiembre, por la que se aprueba el Plan de utilización de los espacios portuarios del Puerto de Vilagarcía.

La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha regulado la delimitación de la zona de servicio en los puertos de interés general, regulación que fue sustituida por la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, que, de igual modo, establece en su artículo 96 que el Ministerio de Fomento delimitará en los puertos de titularidad estatal una zona de servicio que incluirá los espacios de tierra y agua necesarios para el desarrollo de los usos portuarios, definidos en el artículo 94.1 de dicha Ley, los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo de la actividad portuaria y aquellos que puedan destinarse a usos no portuarios, acordes con las restricciones establecidas. La delimitación de la zona de servicio, se hará, a propuesta de la Autoridad Portuaria, a través de un plan de utilización de los espacios portuarios que incluirá los usos previstos para las diferentes zonas del puerto, así como la justificación de la necesidad o conveniencia de tales usos.

Con carácter previo a la aprobación, que compete al Ministerio de Fomento, la Autoridad Portuaria solicitará informe de las Administraciones urbanísticas y de la Administración pública con competencia en materia de pesca en aguas interiores, ordenación del sector pesquero y deportes, así como en aquellos otros ámbitos sectoriales sobre los que pueda incidir el plan de utilización de los espacios portuarios, que deberán informar en los aspectos relativos a sus propias competencias. Simultáneamente, el Plan de Utilización se someterá a información pública por un plazo de un mes. Cumplimentada dicha tramitación, se remitirá la propuesta a Puertos del Estado, quien recabará informe de la Dirección General de Costas y, en su caso, del Ministerio de Ciencia y Tecnología en aspectos relacionados con la construcción naval. También informarán los Ministerios de Defensa e Interior y, en su caso, el Ministerio de Hacienda.

Recibidos los informes o transcurrido el plazo para su emisión, Puertos del Estado emitirá su informe y lo elevará, junto con el expediente, al Ministerio de Fomento para su aprobación, si procediese.

El Plan de Utilización de los Espacios Portuarios del Puerto de Vilagarcía comenzó a tramitarse según el artículo 15 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, vigente en aquel momento y la tramitación practicada resulta coincidente con lo dispuesto en el citado artículo 96 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre. En el Plan de utilización de los espacios portuarios se han tenido en cuenta las necesidades...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR