Real Decreto 2654/1982, de 15 de Octubre, por el que se crea un centro universitario superior de Ciencias del Mar en la Universidad politecnica de las Palmas.

MarginalBOE-A-1982-27481
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyReal Decreto

La Universidad politécnica de Las Palmas solicita la implantación en la misma de los estudios de Ciencias del mar. Teniendo en cuenta lo establecido en los artículos cuarto y ciento treinta y dos punto tres de la Ley General de educación y financiamiento de la reforma educativa, parece oportuno acceder a la petición de la expresada Universidad, Respetando en todo caso la actual situación establecida con referencia al distrito universitario de Canarias por las diferentes normas vigentes y a la vista de la implantación de los estudios de Ciencias del mar en España.

En su virtud con el informe de La Junta nacional de universidades, a propuesta del Ministro de educación y ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día quince de octubre de mil novecientos ochenta y dos, dispongo:

Artículo primero Se crea un centro universitario superior de Ciencias del mar en La Universidad politécnica de Las Palmas

Los estudios de dicho centro tendrán carácter tecnológico y científico.

Artículo segundo Por El Ministerio de educación y ciencia se determinará el comienzo de las enseñanzas del expresado centro, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto por el que se crean los estudios de Ciencias del mar en La Universidad española y se regula su implantación.

Las modalidades y titulaciones de las referidas enseñanzas serán objeto de regulación por El Ministerio de educación y ciencia, con el especifico asesoramiento de la comisión de expertos prevista en la disposición adicional primera del Real Decreto antes citado. La comisión dará audiencia a estos efectos a La Universidad politécnica de Las Palmas.

Artículo tercero Lo dispuesto en el presente Real Decreto no afectará en ningún caso a la división funcional de cometidos entre las universidades de La Laguna y politécnica de Las Palmas.
Artículo cuarto La creación de este centro no supondrá incremento de gasto público, precediéndose a la redistribución de las dotaciones actualmente existentes en los Presupuestos Generales del Estado y de La Universidad.
Artículo quinto Se autoriza al Ministerio de educación y ciencia para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el cumplimiento del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a quince de octubre de mil novecientos ochenta y dos.- Juan Carlos R.- El Ministro de educación y ciencia, Federico mayor Zaragoza.

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