Orden PRE/3865/2007, de 26 de diciembre, por la que se crea una Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social en Granada.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2008
MarginalBOE-A-2007-22463
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

Los artículos 2.3 del Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, y 4.2 de la Orden TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del citado Reglamento general, atribuyen a las unidades de recaudación ejecutiva de la Tesorería General de la Seguridad Social la competencia para regularizar el pago por parte de los sujetos responsables, para asegurar la ejecución forzosa del patrimonio de los deudores de la Seguridad Social, así como para realizar cuantas otras funciones recaudatorias en vía ejecutiva no estén atribuidas expresamente a otros órganos de dicho servicio común de la Seguridad Social, sin perjuicio de las demás funciones que su Director General pudiera atribuirles.

La implantación de las unidades de recaudación ejecutiva en el ámbito de las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social se ha efectuado mediante sucesivas órdenes ministeriales, siendo su número actual de 291.

Mediante esta orden se procede a reorganizar las unidades de recaudación ejecutiva dependientes de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Granada, creando una nueva unidad con sede en la capital de esa provincia, lo que permitirá un mejor reparto de las cargas de trabajo generadas dentro del ámbito competencial correspondiente a tales unidades.

Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 34.2 y 67.2.b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, y 25.f) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales y de Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo 1 Creación de una unidad de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social.

Se establece una nueva unidad de recaudación ejecutiva de la Seguridad Social, dependiente de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Granada y con sede en la capital de esa provincia.

Su ámbito territorial de actuación, con la consiguiente modificación de la demarcación de las actuales unidades de recaudación ejecutiva...

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