Orden ECI/1068/2006, de 28 de marzo, por la que se convocan ayudas para participar durante los turnos de verano de 2006, en la actividad de recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados.

MarginalBOE-A-2006-6542
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Orden ECI/1068/2006, de 28 de marzo, por la que se convocan ayudas para participar durante los turnos de verano de 2006, en la actividad de recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados.

La Orden de 25 de noviembre de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 6 de diciembre), modificada por Orden de 15 de junio de 2000 (BOE del 21) regula la actividad de Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados, estableciendo en su disposición cuarta que el Ministerio de Educación y Ciencia convocará, con cargo a los créditos correspondientes del presupuesto de gastos del Departamento, ayudas para la participación en este Programa.

Por Orden de 13 de octubre de 2005, (BOE de 29 de octubre) del Ministerio de Educación y Ciencia, se han convocado ayudas para la participación de grupos de alumnos durante el período lectivo, en la actividad de Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados.

De conformidad con dichas disposiciones y previo acuerdo con los Ministerios de Medio Ambiente y Vivienda y las Comunidades Autónomas de Aragón, Castilla-La Mancha y Extremadura, que contribuyen al desarrollo del Programa en Búbal (Huesca), Umbralejo (Guadalajara) y Granadilla (Cáceres) respectivamente, procede ahora convocar ayudas para la participación individual de alumnos en las actividades que se desarrollarán durante el período estival en los citados pueblos.

Por el Acuerdo de cooperación suscrito por el Ministerio de Educación y Ciencia y el Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 6 de febrero de 1996, se estipula la participación en este Programa de alumnos beneficiarios de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Por todo lo anterior y de conformidad con la normativa reguladora de la concesión de subvenciones, he dispuesto:

Primero.

  1. Se convocan ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para participar en la actividad de Recuperación y Utilización Educativa de Pueblos Abandonados que se desarrolla en Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para el 2006, durante el período comprendido entre el 3 de julio y el 2 de septiembre del año 2006.

  2. El importe máximo de cada ayuda será de 130,00 euros por alumno. Con estas ayudas se atenderá a los gastos de alojamiento, manutención y desarrollo de la actividad.

    Los pagos se efectuarán en el caso de Búbal (Huesca) a la Comunidad Autónoma de Aragón, en el caso de Granadilla (Cáceres) a la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el caso de Umbralejo (Guadalajara), a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Éstas deberán acopiar la documentación correspondiente a la justificación del gasto y remitir a la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa), una certificación que exprese que el libramiento se ha ingresado en su presupuesto y se ha destinado a los fines previstos, así como una relación certificada de los alumnos beneficiarios de las ayudas concedidas.

    Segundo.-Podrán solicitar su participación:

    Los alumnos matriculados en centros docentes españoles que cursen 2.º ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional, Garantía Social, y alumnos de Enseñanza Superior, cuya edad no supere los 25 años.

    Los alumnos matriculados en centros docentes de otros países miembros de la Unión Europea, mayores de 18 años, que cursen Enseñanza Secundaria o Enseñanza Superior, cuya edad no supere los 25 años.

    Tercero.

  3. Las ayudas disponibles por turno, en cada pueblo, se distribuyen de la siguiente forma: Búbal: 50, Granadilla: 75, Umbralejo: 50.

  4. Los alumnos participantes desarrollarán sus actividades en períodos de 13 ó 16 días, de acuerdo con la siguiente distribución temporal:

  5. er Turno: Del 3 al 15 de julio. Alumnos de centros docentes españoles que cursen 2.º ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Garantía Social o Formación Profesional de Grado Medio.

    1. Turno: Del 17 de julio al 1 de agosto. Alumnos mayores de dieciocho años, matriculados en centros docentes españoles y de los demás países de la Unión Europea (con conocimiento suficiente de español), que cursen Enseñanza Secundaria, ciclos Formativos de Grado Superior o Enseñanza Superior. Para los citados alumnos de la Unión Europea, se reservarán dieciséis plazas en Búbal, veintiséis en Granadilla y dieciséis en Umbralejo.

  6. er Turno: Del 7 al 19 de agosto. Alumnos de centros docentes españoles que cursen 2.º ciclo de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Garantía Social o Formación Profesional de Grado Medio.

    En este turno se reservarán veinte ayudas en los pueblos de Granadilla y Umbralejo y diez en Búbal para los alumnos beneficiarios de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado. (M.U.F.A.C.E.).

    1. Turno: Del 21 de agosto al 2 de septiembre. Alumnos de centros...

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