Resolución de 29 de octubre de 2012, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de sus Organismos y de las Sociedades por ella participadas, ejercicios 2002 a 2004.

MarginalBOE-A-2013-710
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorCortes Generales
Rango de LeyResolución

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 29 de octubre de 2012, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de sus Organismos y de las Sociedades por ella participadas, ejercicios 2002 a 2004, acuerda:

Se insta al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta a que:

  1. Potencie las áreas administrativas responsables de la formación y tramitación de las Cuentas Generales de la Ciudad, para garantizar que su estructura y contenido, así como el plazo de rendición, se ajusten estrictamente a su normativa reguladora.

  2. Proceda a un estudio de viabilidad de su sector público empresarial, mediante un análisis coste-beneficio de cada una de las sociedades que lo integran, para evitar el déficit estructural que ponen de manifiesto los informes del Tribunal de Cuentas.

  3. Continúe el proceso de regularización de sus inventarios, incluyendo el registro de todos los bienes y derechos recibidos del Estado en el proceso de transferencia de competencias y los de los Organismos y Entidades dependientes de la Administración de la Ciudad.

  4. Proceda a la reducción del número de Organismos y Entidades que constituyen su Administración institucional, incluyendo la extinción definitiva de las sociedades mercantiles Teleceuta, S.A. y Heliceuta, S.A., así como la liquidación ordenada del Patronato de Viviendas «San Daniel».

  5. Adopte las medidas para que se lleve a cabo, para el conjunto del sector público ceutí, la rendición de sus cuentas en plazo y con integridad de los documentos que deben conformarlas, evitando los retrasos con que se han rendido en los últimos ejercicios.

  6. Registre en sus cuentas de inmovilizado la totalidad de los bienes y derechos recibidos en cesión o en adscripción, así como los elementos que forman parte del patrimonio Municipal del Suelo y de su Patrimonio histórico-artístico.

  7. Mejore el sistema de control interno y los procedimientos de gestión aplicables en relación con su personal, especialmente en lo relativo a la regularización de los diferentes conceptos retributivos y a la elaboración de su propia relación de puestos de trabajo.

  8. Mejore los procedimientos de convocatoria, concesión y justificación de las subvenciones otorgadas, incluyendo la aprobación de las correspondientes bases reguladoras y convocatorias públicas y la exigencia de la oportuna justificación. En particular, se insta a elaborar y aplicar un plan sistemático para el seguimiento del uso de las viviendas subvencionadas en los programas de ayudas a la vivienda protegida y a la rehabilitación de edificios.

    Palacio del Congreso de los Diputados, 29 de octubre de 2012.–El Presidente de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Ricardo Tarno Blanco.–La Secretaria Primera de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Celia Alberto Pérez.

    INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA, DE SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y DE LAS SOCIEDADES POR ELLA PARTICIPADAS, EJERCICIOS 2002 A 2004

    El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora, establecida por los artículos 2.a), 9 y 21-3.a) de su Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, y a tenor de lo previsto en los artículos 12.1 y 14.2 y, específicamente, en el artículo 13.2 de la citada Ley Orgánica, así como en el artículo 28.3 de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal, ha aprobado en su sesión de 30 de noviembre de 2010 el Informe de fiscalización de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de sus Organismos autónomos y de las sociedades por ella participadas, ejercicios 2002 a 2004, y ha acordado su envío a la Asamblea de Ceuta y al Consejo de Gobierno de la citada Ciudad Autónoma y su publicación en el Boletín Oficial de la misma.

    ÍNDICE

    1. INTRODUCCIÓN.

      I.1. Iniciativa de la Fiscalización.

      I.2. Marco Normativo.

      I.3. Alcance y Objetivos de la Fiscalización.

      I.4. Limitaciones.

      I.5. Rendición de cuentas

      I.6. Trámite de alegaciones

    2. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD.

      II.1. Contabilidad Presupuestaria.

      II.1.1. Modificaciones de crédito.

      II.1.2. Ejecución del presupuesto de gastos.

      II.1.3. Ejecución del presupuesto de ingresos.

      II.1.4. Resultado y saldo presupuestario de los ejercicios fiscalizados.

      II.1.5. Estabilidad Presupuestaria.

      II.2. Situación Patrimonial.

      II.2.1. Balance.

      II.2.2. Resultado económico-patrimonial.

      II.2.3. Memoria.

    3. ORGANISMOS AUTÓNOMOS Y ENTES PÚBLICOS.

    4. EMPRESAS PÚBLICAS.

    5. OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS

    6. FISCALIZACIÓN ÁREAS ESPECÍFICAS.

      VI.1. Evaluación del Control Interno.

      VI.1.1. Debilidades del control interno evidenciadas en la fiscalización de las áreas específicas.

      VI.2. Situación de los bienes de la Ciudad.

      VI.2.1. Inventario General de bienes y derechos de la Administración de la Ciudad.

      VI.2.2. Bienes de los Organismos autónomos.

      VI.2.3. Bienes de las Empresas de la Ciudad.

      VI.3. Endeudamiento Financiero y Avales.

      VI.3.1. Endeudamiento financiero de la Administración de Ceuta.

      VI.3.2. Endeudamiento financiero de los Organismos autónomos de la Ciudad y del Consejo Económico y Social.

      VI.3.3. Endeudamiento financiero de las Empresas de la Ciudad.

      VI.3.4. Avales.

      VI.4. Gastos de personal.

      VI.4.1. Administración General de la Ciudad.

      VI.4.2. Organismos autónomos de la Ciudad.

      VI.4.3. Empresas de la Ciudad.

      VI.5. Gastos de representación, Dietas, Publicidad y Tarjetas de crédito.

      VI.5.1. Administración General de la Ciudad Autónoma.

      VI.5.2. Organismos autónomos de la Ciudad.

      VI.5.3. Empresas de la Ciudad.

      VI.6. Subvenciones y Ayudas.

      VI.6.1. Administración General de la Ciudad Autónoma.

      VI.6.2. Organismos autónomos de la Ciudad.

      VI.6.3. Empresas de la Ciudad.

      VI.7. Ingresos Tributarios de la Administración de la Ciudad Autónoma. Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación.

      VI.7.1. Liquidación presupuestaria de los recursos tributarios rendida para los tres ejercicios fiscalizados.

      VI.7.2. Gestión de los recursos tributarios propios por la Administración de la Ciudad.

      VI.7.3. El Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI).

      VI.8. Situación de la Administración de la Ciudad, sus Organismos autónomos y Sociedades mercantiles participadas, en el ámbito fiscal y de la Seguridad Social.

      VI.9. Contratación y Convenios.

      VI.9.1. Contratación Administrativa.

      VI.9.1.1. Observaciones comunes.

      VI.9.1.2. Observaciones específicas.

      VI.9.1.3. Expedientes relativos a la Manzana del Revellín.

      VI.9.2. Contratación Privada.

      VI.9.2.1. Introducción.

      VI.9.2.2. Administración General.

      VI.9.2.3. Empresas públicas.

      VI.9.3. Contratación de Servicios de Asesoría Jurídica Externa.

      VI.9.4. Contratos Menores.

      VI.9.5. Convenios con Particulares.

      VI.9.5.1. Observaciones comunes.

      VI.9.5.2. Observaciones específicas.

      VI.10. Fondos de compensación interterritorial.

      VI.10.1. Dotaciones crediticias de los Fondos.

      VI.10.2. Recursos del FCI.

      VI.10.3. Aplicación de los Fondos.

      VI.10.4. Financiación de los Fondos.

    7. CONCLUSIONES.

      VII.1. Rendición de cuentas.

      VII.2. Administración General.

      VII.3. Organismos autónomos y Entes públicos.

      VII.4. Sociedades mercantiles y Otras Entidades públicas.

      VII.5. Fiscalización áreas específicas.

    8. RECOMENDACIONES.

      ANEXOS

      – Ejercicio 2002.

      – Ejercicio 2003.

      – Ejercicio 2004.

      SIGLAS Y ABREVIATURAS

      ACEMSA Aguas de Ceuta, Empresa Municipal, S.A.
      AMGEVICESA Aparcamientos Municipales y Gestión Vial de Ceuta, S.A.
      BEP Bases de Ejecución del Presupuesto.
      BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.
      BOE Boletín Oficial del Estado.
      CA Ciudad Autónoma.
      CE Constitución Española.
      CES Consejo Económico y Social.
      CC Código Civil.
      CCE Centro Cultural de los Ejércitos.
      D. Decreto.
      EA Estatuto de Autonomía.
      EMVICESA Empresa Municipal de la Vivienda de Ceuta, S.A.
      FCI Fondo de Compensación Interterritorial.
      FEDER Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
      FEOGA Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria.
      FNC Federación de Natación de Ceuta.
      ICAL Instrucción de Contabilidad para la Administración Local.
      ICD Instituto Ceutí de Deportes.
      IEC Instituto de Estudios Ceutíes.
      IPC Índice de Precios al Consumo.
      IPSI Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación.
      IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
      IS Impuesto sobre Sociedades.
      IVA Impuesto sobre el Valor Añadido.
      JCCA Junta Consultiva de Contratación Administrativa.
      LFTCu Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
      LGS Ley General de Subvenciones.
      LOFCA Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas.
      LOTCu Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas.
      LPGE Ley de Presupuestos Generales del Estado.
      LRBRL Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.
      LRHL Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
      LRJPAC Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
      LSRL Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
      O. Orden.
      OA Organismo autónomo/Organismos autónomos.
      OBIMASA Obras, Infraestructuras y Medio Ambiente de Ceuta, S.A.
      OM Orden Ministerial.
      ONG Organización No Gubernamental.
      PERI Plan Especial de Reforma Interior.
      PGC Plan General de Contabilidad.
      PCAP Pliego/s de Cláusulas Administrativas Particulares.
      PMM Patronato Municipal de Música.
      POI Programa Operativo Integrado.
      PPT Pliego/s de Prescripciones Técnicas Particulares.
      PROCESA Sociedad para el Fomento y Promoción del Desarrollo Socioeconómico de Ceuta, S.A.
      RBEL Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
      RD Real Decreto.
      RGCE Reglamento General de Contratación del Estado.
      RGLCAP Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
      RGR Reglamento General de Recaudación.
      RJ Residencia de la Juventud.
      ROF Reglamento por el
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