REAL DECRETO 1982/1998, de 18 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria.

MarginalBOE-A-1998-24421
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 1982/1998, de 18 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria.

El artículo 149.1.30.a de la Constitución establece lacompetencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y reformado por las Leyes Orgánicas 6/1994, de 24 de marzo, y 5/1996, de 30 de diciembre, dispone en su artículo 36.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles, y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma, lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.a y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía.

ElReal Decreto 3991/1982, de 29 de diciembre, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, esta Comisión adoptó en su reunión del día 15 de septiembre de 1998 el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, a propuesta del Ministrode Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de septiembre de 1998,

D I S P O N G O :

Artículo 1

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su sesión de fecha 15 de septiembre de 1998, por el que se traspasan a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y servicios de la Administración del Estado, así como los medios adscritos a los mismos en materia de enseñanza no universitaria, que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.

Artículo 2

En consecuencia, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón las funciones y servicios, así

como los bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios correspondientes, en los términos que resultan del propio Acuerdo y de las relaciones anexas.

Artículo 3

Los traspasos a que se refiere este Real Decreto tendrán efectividad a partir del día señalado en el Acuerdo de la Comisión Mixta, sin perjuicio de que el Ministerio de Educación y Cultura produzca, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del Acuerdo, hasta la fecha de la entrada en vigor del mismo.

Disposición final única

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Dado en Madrid a 18 de septiembre de 1998.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Administraciones Públicas, MARIANO RAJOY BREY (En suplemento aparte se publica el anexo correspondiente) 24422 CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1756/1998, de 31 de julio, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León en materia de agricultura (FEGA).

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 1756/1998, de 31 de julio, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad de Castilla y León en materia de agricultura (FEGA), publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' número 211, de 3 de septiembre de 1998, se transcriben a continuación las rectificaciones oportunas:

En la página 29801, en la relación número 1, apart a d o d e v e h í c u l o s - F e g a , d o n d e d i c e ' L e ó n :

PMM-5117-F'; debe decir: 'León: PMM-5117'.

En la página 29803, en la relación número 2 (personal que se traspasa, personal funcionario), donde dice: 'Reques Gómez, Fabiola (1) DNI: 1679592346A1146';

debe decir: 'Reques Gómez, Fabiola (1) DNI:

00396911'.

En la página 29806, en la relación número 2, provincia de Palencia, donde dice: 'Castañeda Santos, Isabel'; debe decir: 'Casteñeda Santos, Gabriel'. Y en la provincia de Valladolid, donde dice: 'Jefe de Servicio Territorial IRYDA.'; debe decir: 'Jefe de Servicio Territorial IRYDA N-26'.

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