Real Decreto 1074/1989, de 1 de Septiembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la administracion del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de Enseñanzas de Graduado social.

MarginalBOE-A-1989-21739
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

El Estatuto de AutonomÌa de CataluÒa aprobado por Ley Org·nica 4/1979, de 18 de diciembre (´BoletÌn Oficial del Estadoª del 22), dispone en su artÌculo 15 que corresponde a la Comunidad AutÛnoma la regulaciÛn y administraciÛn de la enseÒanza, en toda su extensiÛn, niveles y grados, modalidades especialidades, en el ·mbito de sus competencias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artÌculo 27 de la ConstituciÛn y Leyes Org·nicas que lo desarrollen, asÌ como de las facultades que atribuye al Estado el n˙mero 30 del apartado 1 del artÌculo 149 de la ConstituciÛn y de la Alta InspecciÛn necesaria para su cumplimiento y garantÌa.

Al amparo de esas normas constitucionales y estatutarias, por Real Decreto 305/1985, de 6 de febrero (´BoletÌn Oficial del Estadoª de 13 de marzo), se traspasaron a la Generalidad de CataluÒa, los servicios que la AdministraciÛn del Estado venÌa gestionando en materia de Universidades.

Por otra parte, en lo que se refiere a las EnseÒanzas de Graduado Social, es necesario dar cumplimiento a las previsiones del Real Decreto 1524/1986, de 13 de junio, sobre incorporaciÛn a la Universidad de las EnseÒanzas de Graduado Social (´BoletÌn Oficial del Estadoª de 28 de julio), que en su disposiciÛn transitoria primera establece que por el Gobierno y, en su caso, las Comunidades AutÛnomas que tengan reconocidas en sus Estatutos competencias en materia de EducaciÛn Superior, se proceder· a la integraciÛn de las EnseÒanzas de Graduado Social que se imparten en las actuales Escuelas Sociales, en las Universidades que corresponda, previo acuerdo con Èstas, y de conformidad con lo establecido en el artÌculo 9.∞ de la Ley de Reforma Universitaria. Para llevar a cabo lo anterior es necesario que previamente se traspasen a las Comunidades AutÛnomas con competencia en la materia las actuales Escuelas Sociales, teniendo en cuenta los costes derivados de la aplicaciÛn de lo previsto en la citada disposiciÛn transitoria.

Por todo ello, la ComisiÛn Mixta prevista en la disposiciÛn transitoria sexta del Estatuto de AutonomÌa de CataluÒa, adoptÛ en su reuniÛn del dÌa 19 de julio de 1989, el Acuerdo que aparece como anexo y que requiere la correspondiente aprobaciÛn por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, a propuesta del Ministro para las Administraciones P˙blicas y previa deliberaciÛn del Consejo de Ministros, en su reuniÛn del dÌa 1 de septiembre de 1989,

DISPONGO:

ArtÌculo 1

Se aprueba el Acuerdo de fecha 19 de julio de 1989, adoptado por la ComisiÛn Mixta prevista en la disposiciÛn transitoria sexta del Estatuto de AutonomÌa para CataluÒa, sobre traspaso a la Generalidad de CataluÒa de las funciones y servicios de la AdministraciÛn del Estado en materia de EnseÒanzas de Graduado Social.

Artículo 2

Se traspasan a la Generalidad de CataluÒa los servicios y los bienes, derechos y obligaciones, asÌ como el personal y crÈditos presupuestarios que se especifican en el Acuerdo de la ComisiÛn Mixta que figura como anexo del presente Real Decreto, en los tÈrminos y condiciones que allÌ se especifican.

Los traspasos a que se refiere este Real Decreto tendr·n efectividad a partir del dÌa seÒalado en el Acuerdo de la ComisiÛn Mixta, sin perjuicio de que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social produzca hasta la entrada en vigor de este Real Decreto los actos administrativos necesarios, en su caso, para el mantenimiento de los servicios en el mismo rÈgimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopciÛn del acuerdo que se transcribe como anexo al presente Real Decreto.

Artículo 3

Los crÈditos presupuestarios que se determinen, con arreglo a la relaciÛn n˙mero 3 del anexo, ser·n dados de baja en los conceptos de origen y transferidos por el Ministerio de EconomÌa y Hacienda a los conceptos habilitados en la SecciÛn 32 de los Presupuestos Generales del Estado para 1989, destinados a financiar los servicios traspasados a las Comunidades AutÛnomas, una vez que se remitan al Departamento citado, por parte de la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, los certificados de retenciÛn de crÈdito, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la vigente Ley 37/1988, de 28 de diciembre (´BoletÌn Oficial del Estadoª del 29) de Presupuestos Genera-les del Estado para 1989.

DISPOSICI”N FINAL

El presente Real Decreto ser· publicado simult·neamente en el ´BoletÌn Oficial del Estadoª y en el ´Diario Oficial de la Generalidad de CataluÒaª, adquiriendo vigencia a partir de su publicaciÛn.

Dado en Palma de Mallorca a 1 de septiembre de 1989.

JUAN CARLOS R.

El Ministro para las Administraciones P˙blicas,

JOAQUÕN ALMUNIA AMANN

ANEXO

DoÒa Inmaculada Yuste Gonz·lez y don Jaime Vilalta Vilella, Secretarios de la ComisiÛn Mixta de Transferencias AdministraciÛn del Estado-Generalidad de CataluÒa, prevista en la disposiciÛn transitoria sexta del Estatuto de AutonomÌa de CataluÒa,

CERTIFICAN:

Que en la sesiÛn Plenaria de la ComisiÛn Mixta celebrada el dÌa 19 de julio de 1989, se adoptÛ el acuerdo sobre traspaso a la Generalidad de CataluÒa de funciones y servicios de la AdministraciÛn del Estado en materia de EnseÒanzas de Graduado Social, en los tÈrminos que a continuaciÛn se indican:

  1. Referencia a normas constitucionales, estatutarias y legales en las que se ampara la transferencia

    El Estatuto de AutonomÌa de CataluÒa aprobado por Ley Org·nica 4/1979, de 18 de diciembre (´BoletÌn Oficial del Estadoª del 22), establece en su artÌculo 15 que corresponde a la Comunidad AutÛnoma la regulaciÛn y administraciÛn de la enseÒanza en toda su extensiÛn, niveles y grados, modalidades y especialidades en el ·mbito de sus competencias, sin perjuicio de lo dispuesto en el artÌculo 27 de la ConstituciÛn y Leyes Org·nicas que, conforme al apartado 1, del artÌculo 149 de la misma, lo desarrollen, de las facultades que atribuye al Estado el n˙mero 30 del apartado 1 del artÌculo 149 de la ConstituciÛn y de la Alta InspecciÛn necesaria para su cumplimiento y garantÌa.

    La Ley Org·nica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria (´BoletÌn Oficial del Estadoª de 1 de septiembre), especifica las competencias que corresponden a las Comunidades AutÛnomas, en relaciÛn con las Universidades, y el Real Decreto 1524/1986, de 13 de junio, sobre incorporaciÛn a la Universidad de las EnseÒanzas de Graduado Social (´BoletÌn Oficial del Estadoª de 28 de julio), establece que las Comunidades AutÛnomas con competencia en materia, integrar·n las EnseÒanzas de Graduado Social en la Universidad que corresponda.

    En consecuencia con lo expuesto, y seg˙n lo previsto en el Real Decreto 1666/1980, de 31 de julio (´BoletÌn Oficial del Estadoª de 28 de agosto), por el que se aprueban las normas de traspaso de servicios de la AdministraciÛn del Estado a la Generalidad de CataluÒa, procede formalizar el acuerdo sobre traspaso de funciones y servicios en la materia indicada a la Generalidad de CataluÒa.

  2. Funciones que asume la Generalidad de CataluÒa y servicios que se traspasan

    1. Se traspasan a la Generalidad de CataluÒa los servicios correspondientes a las EnseÒanzas de Graduado Social que actualmente se imparten en el territorio de la Comunidad AutÛnoma.

    2. Corresponden a la Generalidad de CataluÒa, en relaciÛn con las enseÒanzas de graduados sociales, las funciones derivadas de su Estatuto de AutonomÌa, las reconocidas a las Comunidades AutÛnomas en la Ley de Reforma Universitaria y el Real Decreto 1524/1986, de 13 de junio, antes citados, y las que se traspasaron respecto a los dem·s Centros Universitarios, en el Real Decreto 305/1985, de 6 de febrero (´BoletÌn Oficial del Estadoª de 13 de marzo).

    3. La AdministraciÛn del Estado y la Generalidad de CataluÒa se facilitar·n mutuamente la informaciÛn estadÌstica sobre el ejercicio de sus correspondientes funciones, de forma que quede garantizada su coordinaciÛn e integraciÛn con el resto de la informaciÛn elaborada sobre las mismas materias.

  3. Bienes, derechos y obligaciones que se traspasan

    Se traspasan los bienes, derechos y obligaciones que se detallan en la relaciÛn adjunta n˙mero 1. Estos traspasos se formalizar·n de acuerdo con lo establecido en la disposiciÛn transitoria sexta del Estatuto de AutonomÌa y dem·s disposiciones aplicables.

    En el plazo de un mes desde la aprobaciÛn de este acuerdo por el Gobierno, se firmar·n las correspondientes actas de entrega y recepciÛn de mobiliario, equipo y material inventariable.

  4. Personal adscrito a los Servicios e Instituciones que se traspasan

    1. Se traspasa a la Generalidad de CataluÒa, en las condiciones seÒaladas en la legislaciÛn vigente, el personal adscrito a los servicios que se traspasan y que figura en la relaciÛn adjunta n˙mero 2.

    2. Dicho personal pasar· a depender de la Comunidad AutÛnoma de CataluÒa en los tÈrminos legales previstos en el Estatuto de AutonomÌa y dem·s normas en cada caso aplicables, y en las circunstancias que se especifican en dicha relaciÛn adjunta y que figuran en sus expedientes de personal.

    3. Por la SubsecretarÌa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social se notificar· a los interesados el traspaso y su nueva situaciÛn administrativa, tan pronto el Gobierno apruebe el presente Acuerdo por Real Decreto.

    Asimismo, se remitir· a los Ûrganos competentes de la Comunidad AutÛnoma una copia certificada de todos los expedientes de este personal traspasado, asÌ como los certificados de haberes referidos a cantidades devengadas durante 1989, procediÈndose por la AdministraciÛn del Estado a modificar las plantillas org·nicas y presupuestarias en funciÛn de los traspasos operados.

  5. ValoraciÛn de las cargas financieras de los servicios traspasados

    1. El coste que corresponde a los servicios que se traspasan a la Generalidad de CataluÒa, se eleva, provisionalmente, a 227.358.272 en pesetas 1986.

    2. Los crÈditos estimados en pesetas de 1989, se detallan en la relaciÛn n˙mero 3.

    3. El coste efectivo que figura detallado en los cuadros de valoraciÛn de la relaciÛn n˙mero 3, en el que se incluyen los costes derivados del cumplimiento de lo previsto en el n˙mero 6 de la disposiciÛn transitoria primera del Real Decreto 1524/1986, de 13 de junio, se financiar· de la siguiente forma:

      Transitoriamente, hasta que el coste efectivo se compute para revisar el porcentaje de participaciÛn de la Comunidad AutÛnoma en los ingresos del Estado, el coste total se financiar· mediante la consolidaciÛn en la SecciÛn 32 de los Presupuestos Generales del Estado, de los crÈditos relativos a los distintos componentes de dicho coste por los importes que se determinen, susceptibles de actualizaciÛn por los mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos.

      Las posibles diferencias que se produzcan durante el perÌodo transitorio, a que se refiere el p·rrafo anterior, respecto a la financiaciÛn de los servicios transferidos, ser·n objeto de regularizaciÛn, en su caso, al cierre del ejercicio econÛmico, mediante la presentaciÛn de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una ComisiÛn de LiquidaciÛn, que se constituir· en el Ministerio de EconomÌa y Hacienda.

    4. La AdministraciÛn del Estado transferir· tambiÈn a la Generalidad de CataluÒa para gastos de primer establecimiento y por una sola vez, sin integrarse en el coste efectivo de los servicios traspasados, la cantidad de 50.000.000 de pesetas, con cargo a los crÈditos presupuestarios situados en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

  6. DocumentaciÛn y expedientes de los Servicios que se traspasan

    La entrega de la documentaciÛn y expedientes de los servicios traspasados se realizar· en el plazo de un mes, a partir de la entrada en vigor del Real Decreto aprobatorio del presente acuerdo.

  7. Fecha de efectividad de los traspasos

    El traspaso de medios objeto de este Acuerdo tendr· efectividad a partir del dÌa 1 de septiembre de 1989.

    Y para que conste, expedimos la presente certificaciÛn en Madrid a 19 de julio de 1989.?Los Secretarios de la ComisiÛn Mixta, Inmaculada Yuste Gonz·lez y Jaime Vilalta Vilella.

    RELACI”N 1

    INVENTARIO DETALLADO DE BIENES, DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTADO ADSCRITOS A LOS SERVICIOS QUE SE TRASPASAN A LA GENERALIDAD DE CATALU—A

    1. Inmuebles

    Nombre y uso Localidad y direcciÛn SituaciÛn jurÌdica Superficie en m2 Observaciones
    Cedido Compartido Total
    Escuelas sociales Barcelona. Calle Amadeo Vives, 3, 1.∫, 2.∫. Calle Amadeo Vives, entresuelo, 1.∫ A. Calle Amadeo Vives, entresuelo, 1.B. Calle Amadeo Vives, entresuelo, 2.∫ y 3.∫ principal. Calle Amadeo Vives, principal, 1.∫-1.∫, 1.∫ Arrendamiento 2.100 aproximadamente
    Calle Junquera, 2, principal 2.™ 197,67
    Tarragona. Calle San Antonio MarÌa Claret, 17 Arrendamiento 478,20

    RELACI”N 2

    PERSONAL QUE SE TRASPASA A LA COMUNIDAD AUT”NOMA

    DE CATALU—A

    2.1 Personal no docente (Barcelona)

    N˙mero de registro Apellidos y nombre Cuerpo o Escala a que pertenece SituaciÛn admitva. Puesto de trabajo que desempeÒa Retribuciones ? Pesetas
    B·sica Complementaria. AÒo 1988
    TO4TR02A28 Castell Valldosera, Gloria Auxiliar AC Dest. MÌn. Grupo D. 807.408 247.248 1.054.656
    TO4TR01A18 GoÒalons Benavent, Pilar Administrativo AC Dest. MÌn. Grupo C. 987.420 260.856 1.248.276
    TO4TR02A31 Roca Ezquerra, J. Luis Auxiliar AC Dest. MÌn. Grupo D. 807.408 247.248 1.054.656
    TO4TR01A21 Solduga Camarero, Ana Administrativo AC Dest. MÌn. Grupo C. 987.420 260.856 1248.276
    TO4TR01A19 Villanueva Diez, Mercedes Administrativo AC Dest. MÌn. Grupo C. 987.420 260.856 1.248.276
    TO4TR03A18 Llaurado MartÌn, J. MarÌa Subalterno AC Dest. MÌn. Grupo E. 737.072 233.616 970.688

    2.2 Personal no docente laboral (Barcelona)

    Apellidos y nombre CategorÌa profesional Retribuciones b·sicas ? Pesetas Retribuciones complementarias ? Pesetas Total 1988 ? Pesetas
    Marcial SolÈ Galofre* Auxiliar administrativo 1.001.000 1.001.000
    Enriqueta Vernet ViÒes Ordenanza 954.100 954.100
    MarÌa Carmen AgustÌ Bori Auxiliar administrativo 1.036.000 1.036.000
    Jes˙s Posada Balsa* Ordenanza 919.100 919.100
    Federico Chueca Moreno* Ordenanza 919.100 919.100

    * Personal laboral eventual.

    Personal no docente laboral (Tarragona)

    Apellidos y nombre CategorÌa profesional Retribuciones b·sicas ? Pesetas Retribuciones complementarias ? Pesetas Total 1988 ? Pesetas
    Miguel ¡ngel Flores Ortiz* Ordenanza 919.100 919.100

    * Personal laboral eventual.

    2.3 Personal docente

    ESCUELA SOCIAL DE BARCELONA

    RelaciÛn de Profesores con contrato laboral vigente

    Apellidos y nombre CategorÌa profesional Retribuciones b·sicas ? pesetas Retribuciones complementarias ? Pesetas Total 1988 ? Pesetas
    ¡lvarez MartÌnez, JosÈ CÈsar Profesor titular. Semiplena 769.992 769.992
    BadÌa Vallas, Luis Profesor titular. Parcial 432.585 432.585
    Becerril Hern·ndez, Francisco Profesor titular. Plena 1.688.940 1.688.940
    Benavent Figueras, Teresa Profesora titular. Exclusiva. Directora 2.352.390 555.816 2.908.206
    Casado Mazo, Pablo Profesor titular. Semiplena 1.122.990 1.122.990
    Casanovas Puig, JosÈ Profesor titular. Plena 1.814.490 1.814.490
    Diego Zambrano, ¡lvaro de Profesor titular. Parcial 544.185 544.185
    Dupla de Vicente Tutor, Pablo Profesor titular. Semiplena. Jefe Estudios 769.992 445.392 1.215.384
    Echave-Sustaeta, JosÈ Javier Profesor titular. Plena 1.688.940 1.688.940
    Enfedaque I Marco, AndrÈs Profesor titular. Semiplena 769.992 769.992
    GarcÌa Vega, Miguel ¡ngel Profesor titular, Semiplena 962.490 962.490
    Guibernau Berdun, Montserrat Profesora titular. Plena 1.653.990 1.653.990
    JimÈnez Asenjo, Fernando Profesor titular. Plena 1.828.748 1.828.748
    Llauger Frigola, Pedro Profesor titular. Semiplena 962.490 962.490
    Madrid SanmartÌn, Federico Profesor titular. Semiplena 962.490 962.490
    M·rtires Horas, Carmen Pilar Profesor titular. Semiplena 769.992 719.992
    ObregÛn Rold·n, Carlos Profesor titular. Plena 1.881.540 1.881,540
    Pallas Villaronga, JoaquÌn Profesor titular. Plena 1.688.940 1.688.940
    Prats Esteve, JosÈ MarÌa Profesor titular. Semiplena 1.147.665 1.147.665
    RodrÌguez RodrÌguez, JosÈ Manuel . Profesor titular. Plena 1.653.990 1.653.990
    Santos Amo, JosÈ Antonio Profesor titular. Semiplena 1.090.890 1.090.890
    Serra Mont, Esteban Profesor titular. Plena 1.688.940 1.688.940
    Sol Mogas, Antonio Profesor titular. Semiplena 1.105.695 1.105.695
    SolÈ Morera, Marcial Profesor titular. Exclusiva. Secretario 2.125.935 381.756 2.507.691
    Tremola Palau, RamÛn Profesor titular. Exclusiva. Jefe Departamento 1.980.195 413.652 2.394.297
    Bassas Marine, Juan Profesor agregado. Plena 1.505.610 1.505.610
    Batlle SuÒer, MarÌa AsunciÛn Profesora agregada. Plena 1.391.820 1.391.820
    CalderÛn Serrat, Ana Profesora agregada. Semiplena 632.940 632.940
    Castells Pemanyer, Josefa Profesora agregada. Plena 1.394.670 1.394.670
    GoÒalons Benavent, Ana Profesora agregada. Plena 1.394.670 1.394.670
    Gras Balaguer, JosÈ MarÌa Profesor agregado. Plena. Jefe Departamento 1.490.970 413.652 1.904.622
    Lort Brull, JosÈ Profesor agregado. Semiplena 1.048.005 1.048.005
    Pall·s Villaronga, Jorge Profesor agregado. Plena 1.394.670 1.394.670

    ESCUELA SOCIAL DE TARRAGONA

    RelaciÛn de Profesores con contrato laboral vigente

    Apellidos y nombre CategorÌa profesional Retribuciones b·sicas ? pesetas Retribuciones complementarias ? Pesetas Total 1988 ? Pesetas
    Albiac Guiu, Rafael Profesor titular. Parcial 346.068 346.068
    Casellas Andreu, MagÌn Profesor titular. Parcial 432.585 432.585
    Cremades Ripoll, Manuel Francisco Profesor titular. Parcial 432.585 432.585
    Duch Plana, Montserrat Profesora titular. Plena. Jefa de Estudios 1.653.900 445.392 2.099.332
    LÛpez Ruiz, Ricardo Profesor titular. Semiplena 962.490 962.490
    PerÈz Moreno, JosÈ Vicente Profesor titular. Plena. Secretario 1.653.990 381.756 2.035.746
    Roca Girona, Jorge Profesor titular. Semiplena 962.490 962.490
    S·nchez Icart, Javier Profesor titular. Semiplena. Director 962.990 555.816 1.518.306
    Torres Gos·lvez, Luis Profesor titular. Semiplena 962.490 962.490
    Blanco GÛmez, Juan JosÈ Profesor titular. Parcial 432.585 432.585
    Urzaiz Arana, Fernando Profesor agregado. Semiplena 791.175 791.175

    RELACI”N 3

    VALORACI”N DEL COSTE EFECTIVO DE LOS SERVICIOS QUE SE TRASPASAN A LA GENERALIDAD DE CATALU—A EN MATERIA DE ENSE—ANZAS DE GRADUADO SOCIAL ESTIMADO EN FUNCI”N DE LOS DATOS DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO PARA 1989

    (En millones de pesetas)

    CapÌtulo I 219,3
    CapÌtulo II 68,1
    CapÌtulo IV 150,0
    Total coste 437,4
    Tasas 94,0
    Coste efectivo 343,4

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