Orden PRE/1685/2008, de 2 de junio, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral convocado por Orden PRE/3111/2007, de 23 de octubre, modificada por Orden PRE/3704/2007, de 12 de diciembre.

MarginalBOE-A-2008-10277
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

Por Orden PRE/3111/2007, de 23 de octubre («BOE» núm. 258, de 27 de octubre), modificada por Orden PRE/3704/2007, de 12 de diciembre («BOE» núm. 303, de 19 de diciembre), se convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del II Convenio Único.

Una vez valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados, de acuerdo con las bases de la convocatoria y las normas reglamentarias, he resuelto:

Primero.-La adjudicación de los puestos de trabajo convocados en dicha orden. La relación de adjudicatarios se adjunta como Anexo a esta Orden. Asimismo se publicará en la página web de este Departamento (www.mpr.es) así como en la del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es).

Segundo.-Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en la citada relación, por falta de peticionarios o por cualquier otra circunstancia prevista en la orden de convocatoria.

Tercero.-Los puestos que queden vacantes serán adjudicados a quienes lo hayan solicitado por resultas, de acuerdo con lo previsto en el punto 9 de la Base Cuarta. La adjudicación de un puesto a resultas está condicionada a que el solicitante no haya obtenido ninguno de los puestos convocados en el Anexo III de la Orden PRE/3111/2007, de 23 de octubre. Los puestos adjudicados a resultas serán publicados en un plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.-Los puestos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generan derecho a indemnización por concepto alguno. Asimismo serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública. En tal caso, deberán optar por uno de estos destinos, debiendo comunicar por escrito en los tres días siguientes la renuncia al puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del Departamento en que hubiere obtenido destino, así como forma de provisión y fecha de nombramiento.

Quinto.-La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles si no existe cambio de residencia del trabajador o en el de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El cambio de residencia deberá ser documentalmente acreditado.

El plazo para la incorporación comenzará a computarse a partir del día siguiente al del cese, que...

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