Orden JUS/1365/2005, de 6 de mayo, por la que se anuncia concurso de traslado para la provisión de plazas de la Categoría Segunda del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

MarginalBOE-A-2005-8007
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

ORDEN JUS/1365/2005, de 6 de mayo, por la que se anuncia concurso de traslado para la provisión de plazas de la Categoría Segunda del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria sexta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

Este Ministerio ha acordado anunciar a concurso de traslado la provisión de las plazas vacantes de la Categoría Segunda del indicado Cuerpo, que figuran en el anexo.

El concurso se ajustará a las siguientes normas:

Primera.Podrán tomar parte en este concurso los Secretarios que pertenezcan a la Categoría Segunda del Cuerpo de Secretarios Judiciales.

Segunda.No podrán concursar:

  1. Los Secretarios Judiciales electos.

  2. Los que hubieren obtenido destino a su instancia en concurso, antes de transcurrir dos años desde la fecha en que tomaron posesión en dicha plaza.

  3. Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran dos años; o cinco, para obtener destino en la misma localidad en que se les impuso la sanción.

  4. Los suspensos.

Tercera.El nombramiento de Secretarios para las plazas vacantes recaerá en el solicitante con mejor puesto escalafonal.

Cuarta.Para participar en el concurso a las plazas de nueva creación no regirán las limitaciones de los apartados a) y b) de la norma segunda del presente concurso, cuando se trate de órganos Jurisdiccionales de nueva creación que no supongan mero aumento de los ya existentes en la misma población.

Quinta.Se concede un plazo de diez días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado', para que los interesados puedan formular sus peticiones con sujeción a los aludidos preceptos, mediante instancia que deberá ser dirigida a la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia (c/ San Bernardo, n.º 21, 28015 Madrid), debiendo remitir una copia de la misma vía fax al Área de Secretarios Judiciales (91/3902497) sin que puedan tomarse en consideración las instancias qua hayan tenido entrada en el Registro General del expresado Ministerio transcurrido aquel plazo, a menos que hubieran sido presentadas en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en ellas se indicarán las vacantes a que aspiren, numerándolas correlativamente por orden de preferencia, con indicación de la fecha de posesión del último destino. Si venciere en día inhábil se entenderá prorrogado el vencimiento al primer día hábil siguiente. En tanto no se produzca el desarrollo de la citada Ley, las solicitudes se podrán presentar también a través de las Oficinas de Correos, en cuyo caso deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Sexta.Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

Séptima.Los que resulten nombrados para el desempeño de las plazas anunciadas en este concurso no podrán participar en otro de traslado hasta transcurridos dos años desde la fecha de esta Orden.

En la Orden por la que se resuelva este concurso, se indicará la fecha de toma de posesión para los Juzgados de nueva creación.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación...

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