Orden FOM/1387/2009, de 14 de mayo, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.

MarginalBOE-A-2009-9001
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece que el procedimiento para el otorgamiento de subvenciones se inicia de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

El artículo 23.2.a) permite que «en razón a su especificidad» las bases reguladoras de la subvención puedan incluirse en la propia convocatoria.

La especificidad de esta convocatoria reside en que se realiza al haberse conseguido, mediante la correspondiente modificación presupuestaria, un crédito adicional al que sirvió de base a la convocatoria realizada mediante la Orden FOM/3233/2008, de 27 de octubre, todavía no resuelta. Sin embargo, el elevado número de solicitudes recibidas y que no podrán ser atendidas con el crédito disponible ha puesto de manifiesto la necesidad de incrementar el crédito, todo ello justificado además por la necesidad de incrementar las ayudas al sector de los transportistas autónomos en el contexto actual de crisis financiera. Por otra parte, para que estas ayudas puedan otorgarse en el plazo más breve posible, se ha estimado oportuno limitar a diez días el plazo para la presentación de nuevas solicitudes

Las circunstancias expuestas justifican las modificaciones que, respecto de las bases aprobadas por la Orden FOM/2218/2008, de 23 de julio, se introducen en esta convocatoria.

Conforme al artículo 17 de la Ley General de Subvenciones, para la elaboración de las bases aprobadas junto con esta convocatoria se ha seguido el procedimiento previsto en el artículo 24 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.-El objeto de esta orden es la segunda convocatoria para el año 2009 de las ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.

Segundo. Bases reguladoras.-Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/2218/2008, de 23 de julio, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio de 2008, con las modificaciones establecidas en los apartados séptimo y octavo de esta convocatoria.

Tercero. Créditos presupuestarios y cuantía.-Las ayudas se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria 17.39.453M.772, «Programa de medidas para la mejora del sector del transporte por carretera» y su cuantía estimada será de 60.000.000,00 euros. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

Cuarto. Régimen de...

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