Resolución de 19 de Julio de 1985, de La Dirección general de transacciones exteriores, sobre documentación a presentar para solicitar la Verificacion de las inversiones liberalizadas por el Real Decreto 1042/1985, de 29 de mayo.

MarginalBOE-A-1985-15516
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

La orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 19 de Julio de 1985 encomienda a La Dirección general de transacciones exteriores la precisión de la documentación necesaria para solicitar la Verificacion de las inversiones extranjeras liberalizadas por el Real Decreto 1042/1985, de 29 de mayo. En su virtud, Esta Dirección general dispone:

Artículo 1 Las Solicitudes de Verificacion de las inversiones liberalizadas por el Real Decreto 1042/1985, de 29 de mayo, se presentarán a La Dirección general de transacciones exteriores utilizando el impreso te 13-L que se reproduce en el Anexo y que se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que le acompañan.

Art. 2. La Dirección general de transacciones exteriores podrá solicitar del interesado información complementaria, bien sea la contenida en las memorias que deben acompañarse a las Solicitudes, de autorización de inversiones no liberalizadas, bien sea información sobre aspectos no contemplados en las mismas.

Art. 3. La presente resolución entrará en vigor el mismo dia de su publicación en el "Boletín Oficial del estado".

Madrid, 19 de Julio de 1985.-El Director general de transacciones exteriores, Gerardo Burgos belascoain.

(modelo te 13-L omitido)

Modelo te 13-L

Instrucciones para su Cumplimentacion

Las inversiones extranjeras que pretendan realizarse al Amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 1042/1985 y la orden de 19 de Julio de 1985, se presentarán ante La Dirección general de transacciones exteriores cumplimentando el impreso Modelo te 13-L de acuerdo con las instrucciones siguientes:

  1. Aunque sean varios los titulares de la inversión, se presentará un sólo impreso te 13-L por cada proyecto de inversión en Sociedad, sucursal, establecimiento, inmueble, cuenta en participación o cualquier otro objeto individualizado de la inversión.

    Si un sólo inversionista proyecta realizar simultáneamente diversas inversiones, presentará tantos impresos te 13-L cómo sean sus Proyectos de inversión. 2. Si el espacio de una casilla del impreso resulta insuficiente para contener toda la información requerida, se comenzará siempre a...

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