RESOLUCIÓN DE 2 DE DICIEMBRE DE 1997, de la Direccion general de Trafico, que modifica la de 28 de Febrero de 1997, por la que se establecian medidas especiales de Regulacion del Trafico durante el año 1997.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Noviembre de 1997
MarginalBOE-A-1997-25919
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución

El «Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo de 1997, publicaba la Resolución de 28 de febrero, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecían medidas especiales de regulación del tráfico durante 1997. De acuerdo con lo dispuesto en su apartado quinto, se prohibía la circulación por determinadas vías públicas, cuya vigilancia correspondía a la Jefatura Central de Tráfico, a los vehículos de más de 7.500 kilogramos de PMA y a los articulados de cualquier PMA que transportasen mercancías en general, en los tramos y días y horas que se indicaban en el anexo II de la citada Resolución.

Vistas las consecuencias negativas que para el normal desarrollo de la actividad del sector del transporte por carretera, puede tener el hecho de que el calendario laboral del presente año, fije como festividades nacionales el sábado 6 y el lunes 8 de los corrientes, propiciándose así la inmovilización de los vehículos pesados durante tres días y medio consecutivos, se hace aconsejable suavizar las restricciones establecidas, permitiendo su circulación en las franjas horarias en las que su incidencia en la seguridad vial y en la fluidez del tráfico sean menores.

En consecuencia, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real...

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