Resolución de 28 de junio de 1984, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del acuerdo del Consejo de Ministros por el que se autoriza la enajenación directa de la totalidad de las acciones representativas del capital social de diversos Bancos integrantes del «Grupo Rumasa».
Marginal | BOE-A-1984-14618 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Economia y Hacienda |
Rango de Ley | Resolución |
El Consejo de Ministros, en su reunión del día 27 de junio de 1984, aprobó, entre otros, el siguiente acuerdo:
El mencionado acuerdo se publica como anexo de esta Resolución.
Madrid, 28 de junio de 1984.-El Subsecretario, Miguel Martín Fernández.
ANEXO QUE SE CITA
En virtud de lo dispuesto en el artículo 2 y el anexo de la Ley 7/1983, de 29 de junio, de expropiación por razones de utilidad pública e interés social de los Bancos y otras Sociedades que componen el
Los 17 Bancos mencionados constituían históricamente una unidad operativa, que funcionaba rígidamente centralizada bajo la responsabilidad de la
Al amparo de lo previsto por el artículo 5 de la Ley 7/1983, de 29 de junio, se está procediendo a la enajenación de las diferentes Empresas que formaban parte del
Esta enajenación aconseja una consideración conjunta, sin perjuicio de la oportuna individualización en la correspondiente fase de ejecución del acuerdo. El tratamiento conjunto tiene indicado, no sólo por el carácter unitario que de hecho presentan aquellos Bancos, como acaba de señalarse, sino también, y más principalmente si cabe, por la necesidad de afrontar en una operación conjunta la restitución de aquellas Entidades al sector privado y la fórmula financiera que haga posible culminar el saneamiento económico que exige el grave déficit patrimonial y financiero de las Sociedades que componen el
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