Orden APA/2066/2006, de 26 de junio, por la que se desarrolla el artículo 4 del Real Decreto-ley 14/2005, de 2 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para reparar los daños causados por la tormenta tropical Delta en el archipiélago canario los días 28 y 29 de noviembre, y se dictan las bases reguladoras de estas ayudas.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Julio de 2006
MarginalBOE-A-2006-11682
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

Orden APA/2066/2006, de 26 de junio, por la que se desarrolla el artículo 4 del Real Decreto-ley 14/2005, de 2 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para reparar los daños causados por la tormenta tropical Delta en el archipiélago canario los días 28 y 29 de noviembre, y se dictan las bases reguladoras de estas ayudas.

Por el Real Decreto-ley 14/2005, de 2 de diciembre, se establecen medidas urgentes para paliar los daños ocasionados por la tormenta tropical Delta en el archipiélago canario los días 28 y 29 de noviembre de 2005, entre los que figuran los productos del sector agrícola.

En el artículo 4 del citado Real Decreto-ley se prevé que serán objeto de indemnización los daños causados en las explotaciones agrícolas y ganaderas que, estando aseguradas mediante pólizas en vigor del seguro agrario combinado incluidas en el Plan de seguros agrarios combinados para el año 2005, hayan sufrido pérdidas no cubiertas por las condiciones de aseguramiento, o pérdidas por daños no incluidos en el mencionado Plan de seguros agrarios.

Posteriormente, el Real Decreto 610/2006, de 19 de mayo, por el que se desarrollan determinadas medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 14/2005, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por la tormenta tropical Delta en el archipiélago Canario los días 28 y 29 de noviembre, establece en su artículo 5 que se dotará en el presupuesto de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un crédito por importe de un millón de euros.

Para la aplicación de las medidas adoptadas en el Real Decreto-ley 14/2005, de 2 de diciembre, la tramitación de las solicitudes, la valoración de los daños y la resolución de las ayudas se realizará por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La disposición final segunda del Real Decreto-ley 14/2005, de 2 de diciembre, faculta a los titulares de los departamentos ministeriales, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las disposiciones necesarias para la ejecución de lo establecido en el mismo.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto y ámbito territorial.

La presente orden tiene por objeto desarrollar el contenido del artículo 4 del Real Decreto-ley 14/2005, de 2 de diciembre, así como establecer las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concesión directa, de acuerdo con el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones, para paliar los daños sufridos en las producciones agrícolas como consecuencia de la tormenta tropical «Delta» los días 28 y 29 de noviembre de 2005.

Las actuaciones previstas en la presente orden serán de aplicación a las explotaciones agrícolas afectadas que se encuentren situadas en el ámbito territorial establecido al efecto por la Orden INT/4111/2005, de 29 de diciembre, por la que se determinan los municipios a los que son...

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