RESOLUCIÓN DE 29 DE OCTUBRE DE 1997, de la Direccion general del Tesoro y Politica financiera, por la que se regulan las Operaciones a plazo en deuda del Estado anotada.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Octubre de 1997
MarginalBOE-A-1997-23136
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

La inminente puesta en marcha de las operaciones de segregación de valores de Deuda del Estado con rendimiento explícito en activos con rendimiento implícito -valores segregados- y su posterior reconstitución y la necesidad de que el mercado secundario de estos valores funcione adecuadamente, hace preciso que se modifique la actual regulación de las operaciones de compraventa a plazo de Deuda del Estado formalizadas entre entidades gestoras y sus terceros, eliminando alguna de las restricciones aún existentes. La Comisión Asesora de Deuda Anotada, en su reunión del pasado 24 de septiembre, acordó recomendar a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera la modificación de la regulación vigente, al objeto de facilitar el desarrollo de operaciones simultáneas con valores segregados entre las entidades que sean miembros del mercado de Deuda y sus comitentes.

A la vista de la citada recomendación, esta Dirección General ha resuelto:

  1. o De acuerdo con el artículo 10 de la Orden de 19 de mayo de 1987, en su nueva redacción dada por la Orden de 31 de octubre de 1991, se considerarán operaciones de compraventa simple a plazo de Deuda Anotada aquellas en las que la transmisión del valor se efectúe en alguna fecha posterior a las cinco hábiles siguientes a la fecha de contratación.

  2. o En las operaciones de compraventa a plazo de Deuda del Estado realizadas entre entidades gestoras con capacidad plena del mercado de Deuda Pública en Anotaciones o titulares de cuentas en la Central de Anotaciones y sus...

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