RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2007, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se autoriza la ampliación del plazo de ingreso de las cuotas del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, correspondientes al mes de enero de 2008 y relativas a los trabajadores agrarios por cuenta propia que, en virtud de la Ley 18/2007, de 4 de julio, quedan incorporados al citado régimen especial desde el 1 de enero de 2008.
Marginal | BOE-A-2007-22302 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Resolución |
La Ley 18/2007, de 4 de julio, ha procedido a integrar a los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos con efectos desde el 1 de enero de 2008, creando al mismo tiempo y con idéntica fecha de efectos, dentro del último de dichos regímenes, el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
Conforme a los respectivos plazos reglamentarios de ingreso de las cuotas de la Seguridad Social establecidos en los artículos 55 y 56 del vigente Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, los trabajadores por cuenta propia procedentes del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social que el 1 de enero de 2008 queden incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos habrán de ingresar, durante ese mismo mes de enero, tanto las cuotas del primero de los regímenes mencionados, correspondientes a diciembre de 2007, como las cuotas del segundo de dichos regímenes, correspondientes al mes de enero de 2008.
A fin de paliar el impacto negativo que puede suponer para estos trabajadores el hecho de tener que hacer frente al pago de dos cuotas en el mismo mes,
Esta Dirección General, en virtud de la competencia que le atribuye el artículo 56.2 del citado Reglamento general de recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, resuelve lo siguiente:
Primero.-Se autoriza a todos los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social que el 1 de enero de 2008 queden incorporados al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, incluido el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia...
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