RESOLUCION de 4 de julio de 2005, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales.

Fecha de Entrada en Vigor21 de Julio de 2005
MarginalBOE-A-2005-12460
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 4 de julio de 2005, de la TesorerÃa General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales.

Por Resolución de 1 de marzo de 1996 esta Dirección General de la TesorerÃa General de la Seguridad Social dictó Instrucciones sobre reserva y determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria, basadas en las previsiones normativas contenidas en el anterior Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre, y en la Orden de 22 de febrero de 1996, que lo desarrollaba. Concretamente, la citada Resolución en su Instrucción Sexta establecÃa los órganos competentes de la TesorerÃa General en materia de devolución de ingresos indebidos.

No obstante, con posterioridad se produjeron importantes modificaciones en el mencionado y anterior Reglamento General, asà como la derogación de la Orden de 22 de febrero de 1996 por la de 26 de mayo de 1999, que la sustituyó.

Asimismo, la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de Disposiciones EspecÃficas en materia de Seguridad Social, ha introducido cambios sustantivos en el régimen legal de las devoluciones de ingresos indebidos en ese marco, modificando al efecto el artÃculo 23 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, cambios que han sido desarrollados en los artÃculos 44 y 45 del nuevo Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio.

Concretamente, una de las modificaciones más significativas en esta nueva regulación legal y reglamentaria es la aplicación del interés de demora previsto en el artÃculo 28 de la citada Ley General de la Seguridad Social en lugar del interés legal del dinero, aplicado siempre desde la fecha en que se produjo el ingreso indebido cuya devolución se solicita.

A su vez, el artÃculo 30 del nuevo Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, de 11 de junio de 2004, regula a ese nivel normativo el reembolso del coste de las garantÃas aportadas para la suspensión del procedimiento recaudatorio, en desarrollo de las previsiones legales al efecto contenidas en el apartado 2 del citado...

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