REAL DECRETO 2544/1994, de 29 de Diciembre, por el que se homologa el Titulo de Diplomado en terapia ocupacional de la Escuela universitaria de Enfermeria «cruz roja», de Tarrasa, adscrita a la Universidad autonoma de Barcelona.
Marginal | BOE-A-1995-2121 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Real Decreto |
Aprobado el plan de estudios que conduce a la obtención del título universitario de Terapia Ocupacional de la Escuela Universitaria de Enfermería «Cruz Roja», de Tarrasa, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona y cuyas enseñanzas han sido autorizadas por Decreto 129/1994, de 30 de mayo, de la Generalidad de Cataluña, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente, procede la homologación del referido título, de acuerdo con lo establecido en los artículos 58.4 y 5 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios; Real Decreto 1420/1990, de 26 de octubre, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Terapia Ocupacional y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél y demás normas dictadas en su desarrollo. En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, previo informe del Consejo de Universidades y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 1994,
D I S P O N G O :
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Se homologa el título de Diplomado en Terapia Ocupacional de la Escuela Universitaria de Enfermería «Cruz Roja», de Tarrasa, adscrita a la Universidad de Barcelona, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.
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Al título a que se refiere el apartado anterior, le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.
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Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.
El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad Autónoma de Barcelona, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3.º del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.
Por el Ministro de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación, y desarrollo del presente Real Decreto.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 29 de diciembre de 1994.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Educación y Ciencia,
GUSTAVO SUAREZ PERTIERRA