Orden de 30 de Abril de 1996 por la Que Se Aprueba el Temario Que Ha de Regir en los Procedimientos de Ingreso, Adquisicion de Nueva Especialidad y Movilidad para la Especialidad de Ruso de los Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Regulados por el Real Decreto 850/1993, de 4 de Junio.

MarginalBOE-A-1996-10636
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Por Orden de 9 de septiembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 21) se aprobaron los temarios que, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 850/1993, de 4 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 30), han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

Dicha Orden establecía para las escuelas oficiales de idiomas los cuestionarios de las especialidades de Alemán, Español para extranjeros, Francés, Inglés, Italiano y Portugués, referidos a las dos partes diferenciadas de los procedimientos mencionados que incluyen, respectivamente, los contenidos propios y específicos del ámbito científico correspondiente y los conocimientos de carácter didáctico y educativo en general. Procede ahora añadir a esos cuestionarios el que corresponde a la especialidad de Ruso, mediante la aprobación del temario relativo a dicha especialidad.

En su virtud, previa consulta con los órganos competentes de las Comunidades Autónomas que se hallan en el pleno ejercicio de sus competencias en materia de educación, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22.2 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, he dispuesto:

Primero.-1. El cuestionario específico que constituye la parte A del temario, a que se refieren los artículos 24 y 41.3 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, para las convocatorias de ingreso, movilidad y adquisición de nuevas especialidades en el Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, en la especialidad de Ruso, es el que se establece en la presente Orden y que figura en el anexo.

  1. El cuestionario de carácter didáctico y de contenido educativo general que constituye la parte B, a la que se refiere el artículo 24 del Real Decreto citado, y que es común a todas las especialidades del Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, es el que se establece en el anexo VII de la Orden de 9 de septiembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» del 21).

    Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

    Madrid, 30 de abril de 1996.

    SAAVEDRA ACEVEDO

    Excmo. Sr. Secretario de Estado de Educación.

    ANEXO

    Escuelas Oficiales de Idiomas: Ruso

  2. Lenguaje y comunicación. Funciones de lenguaje. La competencia comunicativa: Sus componentes.

  3. Los elementos de la situación...

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