Resolución de 29 de abril de 2008, del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Julio de 2008
MarginalBOE-A-2008-10054
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.10 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, cuyo Texto Consolidado se aprobó por la resolución de su Consejo de 20 de diciembre de 2007, regula la actuación de sus órganos, el procedimiento a seguir para la actuación de acuerdos y la organización del personal de la Comisión.

En este mismo sentido, el artículo 2.2 del Reglamento de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, aprobado por el Real Decreto 1994/1996, de 6 de septiembre, dispone que el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones regula el funcionamiento de sus órganos y de los servicios técnicos, jurídicos, administrativos y económicos necesarios para el funcionamiento de la Comisión.

En desarrollo de estas previsiones, el artículo 4.2.f) del Reglamento de Régimen Interior establece como una de las funciones del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones la de aprobar el régimen general de indemnizaciones, dietas y gastos de desplazamiento de los miembros del Consejo, del Secretario y del personal directivo y laboral de la Comisión, «con los límites establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio».

La conveniencia de que el texto del citado Reglamento de Régimen Interior no se quede obsoleto cada vez que se sucedan cambios en la normativa aplicable al respecto, así como la necesidad de evitar confusiones respecto de la normativa aplicable al citar una norma y no otras igualmente aplicables de naturaleza presupuestaria y tributaria en relación con las dietas e indemnizaciones por razón del servicio, aconsejan una modificación del texto de dicho precepto suprimiendo la referencia normativa específica existente.

En atención a lo expuesto, el Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 48.10 de la...

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