Orden INT/4326/2004, de 17 de diciembre, por la que se modifican determinados aspectos de la Orden de 24 de febrero de 1994, por la que se aprueban los modelos de licencias, autorizaciones, tarjetas y guías de pertenencia que serán utilizados para documentar las diversas clases de armas.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Enero de 2005
MarginalBOE-A-2005-143
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

La Orden del Ministerio del Interior de 24 de febrero de 1994, modificada por la Orden del Ministerio del Interior de 12 de septiembre de 1997, aprobaba los modelos de licencias, autorizaciones, tarjetas y guías de pertenencia, a fin de adaptar los mismos a las nuevas directrices establecidas en el Reglamento de Armas aprobado por Real Decreto 137/1993 de 29 de enero (Boletín Oficial del Estado núm. 55 de 5 de marzo).

En cumplimiento del artículo 105 del Reglamento de Armas y a tenor de lo dispuesto en la Orden Ministerial de 24 de febrero de 1994, existe en la actualidad un modelo de tarjeta de armas, que se complementa con la ficha de titulares de tarjetas de armas, confeccionados por la Dirección General de la Guardia Civil.

El artículo 5 del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen los criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado, dispone que los impresos que se pongan a disposición de los ciudadanos en las dependencias situadas en el ámbito de una Comunidad Autónoma con lengua cooficial, sean bilingües, en castellano y en la lengua cooficial.

Resulta obligado, pues, establecer que los modelos de tarjetas que serán utilizados para documentar las armas de la 4.ª categoría, contemplada en el artículo 3 del Reglamento de Armas, que vayan a surtir efecto en territorio de una Comunidad Autónoma con lengua cooficial, sean bilingües, en castellano y en la lengua cooficial.

Por lo expuesto, en cumplimiento de lo establecido en la disposición final segunda del Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, a propuesta de la Dirección General de la Guardia Civil, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, dispongo:

Primero.

Se modifica el punto 2 del apartado primero de la Orden de 24 de febrero de 1994, que queda redactado de la forma siguiente:

  1. Tarjeta de armas que autoriza y documenta para poder llevar y usar las armas en las condiciones establecidas en el artículo 105 del Reglamento de Armas.

El ejemplar para el titular será un tríptico en el...

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