Orden DEF/1721/2013, de 18 de septiembre, por la que se crean y suprimen ficheros de datos de carácter personal de diversos órganos del Estado Mayor de la Defensa.

Fecha de Entrada en Vigor27 de Septiembre de 2013
MarginalBOE-A-2013-9985
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece un conjunto de medidas para garantizar, y proteger, en lo concerniente al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.

El artículo 20.1 de la referida ley determina que la creación, modificación o supresión de ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente. Del mismo modo, la disposición adicional primera de esta ley ordena a las Administraciones Públicas responsables de ficheros aprobar la disposición de creación de los mismos.

En el Ministerio de Defensa, el Estado Mayor de la Defensa gestiona determinados ficheros que se crearon al amparo del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que contengan Datos de Carácter Personal.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que deroga los citados reales decretos, obliga al Ministerio de Defensa a adecuar estos ficheros a lo dispuesto en este reglamento.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, este proyecto ha sido informado previamente por la Agencia Española de Protección de Datos.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1 Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal del Estado Mayor de la Defensa, que se describen en el anexo I de esta orden.

Artículo 2 Supresión de ficheros.

Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal del Estado Mayor de la Defensa, que figuran en el anexo II de esta orden.

Disposición adicional única Integración de datos.

El responsable de los ficheros del anexo II integrará los datos contenidos en estos ficheros en el «Sistema Integrado de Seguridad del EMAD» clasificado Reservado, conservándose, debidamente bloqueadas, las copias de seguridad que puedan existir.

Disposición derogatoria única Derogación normativa.

Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.

Disposición final única Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de septiembre de 2013.–El Ministro de Defensa, Pedro Morenés Eulate.

ANEXO I Relación de ficheros con datos de carácter personal de diversos órganos del Estado Mayor de la Defensa

Centro de Inteligencia de las FAS (CIFAS):

  1. Fichero de Personal Civil y Militar del CIFAS.

  2. Fichero de Registro de Documentación del CIFAS.

    Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN):

  3. Fichero de Imágenes Institucionales del CESEDEN.

  4. Fichero de Alumnos del ESFAS.

  5. Fichero de Autores del CESEDEN.

  6. Fichero de Comisiones de Servicio del CESEDEN.

  7. Fichero de Conferenciantes del EALEDE.

  8. Fichero de Alumnos de la EALEDE.

  9. Fichero de asistentes a cursos organizados por el IEEE.

  10. Fichero de Profesores del ESFAS.

  11. Fichero de Proveedores del CESEDEN.

  12. Fichero de Publicaciones del CESEDEN.

  13. Fichero de Relaciones Institucionales del CESEDEN.

  14. Fichero de Beneficiarios de Acción Social del CESEDEN.

  15. Fichero de Control de Acceso del CESEDEN.

  16. Fichero de Historias Clínicas del Personal Civil del CESEDEN.

  17. Fichero de Historias Clínicas del Personal Militar del CESEDEN.

  18. Fichero de Personal Civil del CESEDEN.

  19. Fichero de Personal Militar del CESEDEN.

  20. Fichero de Registro de Documentación del CESEDEN.

    División de Estrategia y Planes (DIVESPLA):

  21. Fichero de Filiaciones de Personal de DIVESPLA.

    División de Logística (DIVLOG):

  22. Fichero de Destinos del Personal Militar de la DIVLOG.

    División de Sistemas de Información y Telecomunicaciones (DIVCIS):

  23. Fichero de Personal Militar del DIVCIS.

    Secretaría General del Estado Mayor Conjunto (EMACON):

  24. Fichero de Registro de documentación del EMAD.

  25. Fichero de Cursos de Formación OTAN.

  26. Fichero de Personal Civil Funcionario del EMACON.

  27. Fichero de Personal Militar del EMACON.

    Secretaría del JEMAD (GABJEMAD):

  28. Fichero de Relaciones Institucionales de la Secretaría del JEMAD.

    Jefatura de Administración Económica del EMAD (JAE):

  29. Fichero de Proveedores del EMAD.

  30. Fichero de Comisiones de Servicio del EMAD.

    Jefatura de Personal del EMAD (JEPEMAD):

  31. Fichero de Antiguo Personal Civil del EMAD.

  32. Fichero de Candidatos del EMAD.

  33. Fichero de Solicitantes de Destinos del EMAD.

  34. Fichero de Personal Civil del EMAD.

  35. Fichero de Personal Militar del EMAD.

    Jefatura de Seguridad y Servicios del EMAD (JESES):

  36. Fichero de Historias Clínicas Personal Militar del EMAD.

    Estado Mayor del Mando de Operaciones (EMO):

  37. Fichero de Personal Militar y Civil del MOPS.

  38. Fichero de gestión de personal de Operaciones del EMO.

    Unidad de Verificación Española (UVE):

  39. Fichero de Personal Militar OSCE de la UVE.

  40. Fichero de Beneficiarios de Acción Social de la UVE.

  41. Fichero de Personal Militar de la UVE.

    Centro de Inteligencia de las FAS (CIFAS)

  42. Fichero de Personal Civil y Militar del CIFAS.

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Fichero relativo al personal civil y militar dependiente del CIFAS para la gestión y seguimiento de la relación funcionarial, gestión y seguimiento del personal adscrito y sus vicisitudes, la tramitación de la documentación oficial propia de su condición de funcionario y la gestión de la formación y las comisiones de servicios realizadas ante el Estado Mayor de la Defensa.

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados (personal civil funcionario) y personal militar que depende del CIFAS.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal a través de la documentación que forma parte de su expediente personal y que facilitan ellos mismos. Fuentes accesibles al público (boletines oficiales). Administraciones públicas por cambio de destino del personal.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      Descripción de los tipos de datos:

      1. Identificativos: Nombre y apellidos, NIF/DNI, Dirección, Teléfono, Firma/Huella, Imagen/Voz, N.º Seg. Social/Mutualidad, N.º Registro de personal.

      2. Características personales: datos de estado civil, datos de familia, lugar de nacimiento, edad, sexo, fecha de nacimiento y nacionalidad.

      3. Detalles del empleo: profesión y puesto de trabajo.

      Sistema de tratamiento: Mixto.

    5. Cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros: no se prevén.

    6. Órgano de la Administración responsable de fichero: Centro de Inteligencia de las FAS (CIFAS).

    7. Servicios o unidades ante los que se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Ministerio de Defensa. Estado Mayor de la Defensa. Centro de Inteligencia de las FAS (CIFAS). C/ Joaquín Costa, 6, 28002 Madrid.

    8. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: nivel básico.

  43. Fichero de Registro de documentación del CIFAS.

    1. Finalidad del fichero y los usos previstos para el mismo: Fichero relativo a la información recibida en el CIFAS, para el control y seguimiento de la entrada y salida de documentación del Organismo y su registro en la aplicación informática correspondiente.

    2. Personas o colectivos sobre los que se pretenda obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos: Empleados y afectados que figuren en la información remitida al CIFAS para su tramitación administrativa.

    3. Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: El propio interesado o su representante legal y otras personas físicas distintas del afectado o su representante a través de la información facilitada. Registros públicos que dan registro de entrada a la documentación dirigida al CIFAS. Administraciones públicas en el desarrollo de la tramitación administrativa.

    4. Estructura básica del fichero y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

      Descripción de los tipos de datos:

      1. Identificativos: Nombre y apellidos, NIF/DNI, Dirección, Teléfono, Firma/Huella, Imagen/Voz, N.º Seg. Social/Mutualidad, N.º Registro de personal. Otros datos relativos al documento objeto de entrada en el Registro.

      2. Características personales: datos de estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, características físicas, nacionalidad, edad, sexo, antropométricas.

      3. Circunstancias sociales: situación militar, licencias, permisos, autorizaciones.

      4. Académicos y profesionales: formación, titulaciones, historial del estudiante, experiencia profesional, pertenencia a asociaciones y/o colegios profesionales.

      5. Detalles del empleo: profesión, puesto de trabajo, datos no económicos de la nómina e historial de trabajador.

      6. Económicos, financieros y de seguros: planes de pensiones, jubilación y seguros.

      7. Datos especialmente protegidos: Salud.

      Sistema de...

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