Ley Foral de 18 de Octubre de 1984 sobre Concesion de Un suplemento de Credito para financiar gastos de Funcionamiento del Hospital de Navarra.

MarginalBOE-A-1984-24800
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorComunidad Foral de Navarra
Rango de LeyLey foral

El Presidente del Gobierno de Navarra

Hace saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral sobre concesión de un suplemento de credito para financiar gastos de funcionamiento del hospital de Navarra.

Artículo 1 º se aprueba la concesión de un suplemento de crédito de 90.000.000 de pesetas para financiar los gastos de funcionamiento del hospital de Navarra.

Art. 2.º 1. La financiación del referido suplemento de crédito se realizará con cargo a las siguientes partidas:

(ver imagen página 32228)

  1. La ampliación del crédito será abonada a las siguientes partidas del vigente presupuesto:

(ver imagen página 32228)

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley orgánica de reintegración y amejoramiento del régimen fiscal de Navarra, promulgo, en nombre de s. M. El rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el "Boletín Oficial de Navarra" y su remisión al "Boletín Oficial del Estado" y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 18 de octubre de 1984.

Gabriel urralburu tainta

Presidente del Gobierno de Navarra

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