Ley 150/1965, de 21 de diciembre, de concesión de un suplemento de crédito de 24.939.338 pesetas al Ministerio de la Gobernación, con destino a satisfacer durante el año actual gratificación complementaria al personal rural de Correos.

MarginalBOE-A-1965-21361
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O.
del
E.-N6.m.
306 23 diciembre 1965
17233
LEY
14911965,
de
21
de d.iciembre,
de
concesi&n
de
un
S1Lple7tıento
de
credito
de
532.000
pesetas
al
Ministerio de Educaci&n Nadonal, con destino
a
remunerar
a
1S0
Protes01'~s
encargados de curso
en las Universidacles dura.nte:
e!
cuarto
trtmestre
de!
ano
aetual, en cumpllmiento de
la.
Ley
nume-
TO
8711965.
For
Ley
ochenta
Y Biete/mil
noveı:ientos
sesento. y
ClIlCO,
de
d.iecis1ete
de
Jul1o.
se
han
creado cien:o
cineuenta
plazaır
de
Profesores encarga,dos de curso
cn
LaS
lJDivers1dades. que
empeo
z:ı.ran
a desarrollar
su
labor
en
el curso
mil
noveclentos sesenta
y cinco-mi1 novecientos sesenta y seis. y, por ta.nto, desde uno de
octubre del primer afio
cıtado
habran
de percibir
i()s
devengoıı
que les correspondan.
En
su virtud, y de
con!orınidad
con
l:ı.
propuesta
elalxırada
por las Cortes
Espaİiolas,
DISPONGO:
Articulo
primero.-se
concedc
un
suplemento
de
credlto de
quiDientas
treinta
y
un
m.l1
pesetas, aplicado al Presupuesto
en vigor de
la
Secci6n
18
de
Obligaeiones
de
105
Departamentos
ıninlster1ales,
«Ml.nisterio
de
Educaci6n NacionaU: capltulo clen-
to,
«Personal»; articulo ciento veinte, «Otras
remuneracionesıı;
serviclo tresclentos
cuarenta
y tres, «Direec16n General de En·
seftanza
UllİVersitarla»;
concepto tresclentos
cuarenta
y tres-
ciento veintiuno/cinco, «AcumUlaciones y encargos.-Grat1fica·
ciones a
105
Catedratlcas numerarios y Protesores de toda olase
en las Un1vers1dades por acumulaci6n y extensi6n
de
catedre. y
de
cursos, Incluw
105
encargados
de
catedra. que no
10
sean
por
vacantes y a los encargados de
grupo
a
las
6rdenes del Catedra.-
tico correspondiente,
etc.ı),
con destino
a.
dotar
en
e1
cuarto
trimestre
de
mil novecientcs sesenta y
c1nco
c1ento c1ncuenta
plazas de Pro!esores encargados de curso,
creadas
por
la
Ley
ochenta. y s1ete/mil novecientos
sesenta
y clnco.
Articulo
segundo.-El
ımporte
a que asclende
el
ınenclonado
cred.ito suplementario se
cubririı.
en
la
forma determlnada por
el articulo
cuarenta
y uno de
la
vigente Ley
de
Adm1n1strac16n
..,
Conta.b1l1dad
de
ıa
Hacienda
Pıi.blica.
DaOO.
en
et
P:ı.la.cio
de
El
Pardo
a veintiuno
de
d1c1embre
de
mil
novecientos sesenta y cinco
LEY
15011965,
de
21
de diciembre, de
troııcesıon
de
un
suplemento
de
credito
de
24.939.338
pese'
tas
al
Ministerio de la Gobernaci6n,
con
destino
a satistacer
durante
el
aiio
actual
gratilicaci6n
complementaria
al
persona!
rura!
de Correos.
La aplicaci6n del Decreto nUmero c1neuenta Y cineo, de
d1e-
cisiete
de
enero
de
mil novecientos sesenta y tres, sobre
sala.r1o
m!n1ıno
al personal
rural
de Correos, se vlene haciendo de
forma que las retribuclones asignadas
en
total
al mismo alean.
;:en aquel limite.
Durante
el
afio mil novecientos sesenta y cinco
se
ha
deterıninado
a que Carter05 y Ayudantes
de
aqulillos com-
prend.idos en dicha agrupaci6n debia aslgnarselcs gratificaei6n
complementarıa
con
la
finalldad expresada.
Dctcrmiruı.do
asi el
montante
de
la obligael6n no puede
aten.
derse con cargo
al
cl'edito Presupuesto
corresııondiente
por in-
suficıenci:ı.
de su dotaci6n, circunstancia que
ha
de
remediarse
con un cred.ito
suplenıentario
sobre euyo otorgamiento
la
Direc-
d6n
General
de
Presupuestos y el Consejo de Estado
han
emi-
Udo
diet:i.menes favorables.
En
su
vırtud,
y de conformidad con
la
propuestıı.
claborada
por las Cortes
Espaİiolas,
DISPONOO:
Artieulo primero.--Se concede
un
suplemento
de
cred!to de
veinticu:ı.tro
mi1lones novecientas
treinta
y nueve mil trescientll.3
treinta
y
oclıo
pesetas
al
flgurado
en
el Presupuesto
en
vigor
de
la
Secci6n diecis6is de
Oblig:ı.ciones
de
105
Departalnentos
minısteriales,
!
de
la
Gobernacl6nıı;
capltulo cien, «Per.
sonalıı;
articulo ciento veinte, «Otras
remuneraclones;
servi.
eio trescientos
d.iez.
«Jefatura
Pr1ncipal de Correos y
Caja
POl)-
tal
de Ahorros»; concepto trescientos diez-ciento velnti5eis, «Ora-
ti!lcaci6n
compıCmentarıa»;
subconcept
uno,
«Al
personaJ rural,
en
raz6n a
las
c1rC1lllStıı.ncias
econ6mlcas y de serviclo que asl
10
aconsejeruı.
Articulo
segundo.-EI
importe a que asciende el
menc!
credlto suple.mentarlo
se
cubrirıi.
en
la
forma determinada por
el
articulo
cuarenta
y uno
de
la
v1gente Ley de
Adıninlstraci6ı:ı
y Contabil1dad de
la
Hacicnda
PUb1iea.
Dada. en
Palacio de EI
P:ırdo
a veintiuno de
dicieml:ıre
de
mil
novec!entos se:senta y cinco.
FRANCISCO FRANCO
LEY
151/1965, de
21
de diciembre,
de
cancesıoll.
de
un
credito extraord.inario de
5.091.105
pesetas
al
Minislerio
de
la
Gobernaci6n
para
satisfacer
de-
V/l11.gos
deı
personaı
de
La
Agrupaci6n
de
Tra!ico
causados
durante
eZ
aiio
1964.
Por
d1versas
cau:ıas,
entre
otra.s
la.
aplicaci6n de
la.
Ley
se-
tenta
y nueve/miJ. noveelentos sesenta y tres, de ocho
de
jullo,
qul"
aument6
la.
edad de
retiro
de
105
Suboflciales, y por per-
leccionam1ento de tt1enlos,
1"1
credito
qul"
en
el
presupuesto
de
mil
noveclen~
.sesenta y cuatro estaba destinado
al
abono
de
sueldos
al
personaj
de
la
Agrupaci6:ı,
de
Trifico
qued6 consu-
m1do
en
su
totalidad
sin
que pudieran hacerse efectivas alguna.,
de
la.s n6minas de dicho ejercieio.
En
su
v1rtud, y
de
conformidad con
la
propuesta elabora.da
por
las Corte.s
Espafıolas,
DISPONGO:
Artlculo pr1mero.--$e concede un credito extraord1nario
cınco
millone.s
noventa
y
una
mil ciento cinco pesetas, a.plicado
al
presupue.sto
en
v1gor
de
la
seeci6n dieciseis
de
Obligaclones
de las
Departamentos
ministeriales, «.\finisterio de la Gober-
na.cloIl»; cs.P!tulo eien,
«Personalı>;
artİculo
ciento diez,
ııSue1-
do.sıı;
serv1cio tresclentos slete,
tıDireeci6n
Generaı
de
la
Onar-
dia Civil»; concepto tresc\entos siete-ciento diecisiete, cAgrupa-
ei6n de
Triı.fico»;
subconcepto adiclonal «Para satisfacer de-
vengo.s
del
personaı
de
la
Agrupaci6n
de
Triı.fieo
corre.spond1en-
tes
al
ano mil noveciento.s se.senta II
cuatroı).
Art1eulo
segundo.-El
importe a que asciende
el
menciona.d(l
crM.lto extraordinario
se
cubrira.
en
la
forma
determina.4:ı.
por
el
articulo
cuarenta
y uno
de
la
v1gente
Ley
de
Adınini.straci6n
y Conta.bi1idad de la Hacienda.
Pıiblica.
Dada. en
ci
Palacio
de
El
P:ı.rdo
a veintiuno de d.iciembre
de
mil
novec1entos
sesenta
y cinco.
FR.ANCISCO FRANCO
LEY
25211965,
de
21
de diciembre,
de
conCCS1Gn
de
un
credito
extraordinario
de
641.543
pesetas
al
Ministerio
de la Gobernaci6n para
cl
abono de
gastos de
tru.nsporle
del penwna! del Departamento,
realizados
durante
los ejercicios econ6micos de 1963
y
1964.
1.05 ga.sto5 de
transporte
originados
per
el
desplıızamlento
del personal dependiente
de
la Direcciôn General
de
Seg-uri-
da.d,
en
comisiones de servlcio, por
105
afto.s
mıl
novec1entos
sesenta y
tres
y mil novecientos sesenta y cuatro no
hıı.n
pe-
d.ido
haeersc efeetivos
en
su totalida.d
:ıl
na
alcanzar
las
dota-
ciones presupuestas
de
dichos ejercicios
las
ob1igaciones pro-
ducidas.
En
su
virtud, y de
conforınidad
con
la
propuesta. elabora.da
por
las
Cortes Espafiolas,
DISPONGO:
Articulo primero.--Se convalidan como obligaciones leg:.les
del Estado
las
eontraidas por el Minister!o
de
la
Gobernac!ön
~irecciıln
General
de
Seguridad-durantc
105
aii05 mil nove-
clento5
sesenta
y t!'es y mil novecientos 5esenta. y cuatro,
por
un importe
total
de sciscientas euarenta y
un
mil
qulnlentas
cuarenta
y
tres
pesetas, relativas a gastos
de
pasajes y
trans-
portes de personal, que
han
excedido las respectivas
coıısl.gna·
c10nes
presupuestarla5.
Articulo segundo.--Se concede
para
su
pa.go
un
cre4ito
eL[-
traordinario por la re!erlda suma de seiscientas
cuarenta
y
un
mil quinientas
cuarenta
y tre5 pesetas,
apl1Cado
al Presupuesto
en
v1gor
de
la
Secci6n diecisei.5
de
Obligac!ones de 10$
Depıır
tamentos minlster1a.les, «Min1sterio
de
la
Gobemaci6m; ca-
pltulo c1ento,
cPer30nalıı;
artieulo ciento
tteınta,
cD1etas,
10-

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