Ley sobre concesión al Presupuesto en vigor de la Sección 22, «Ministerio del Aire» (hoy Defensa), de un suplemento de crédito de 192.623.630 pesetas, para atender los mayores importes que supone la revisión de precios y los índices de mano de obra aprobados por el Consejo de Ministros para el programa del avión prototipo C-101.

MarginalBOE-A-1978-13830
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

De conformidad con la Ley aprobada por las Cortes, vengo en sancionar:

Artículo primero Se convalida el acuerdo del Consejo de Ministros de diez de junio de mil novecientos setenta y siete, por el que se aprueban la fórmula polinómica y los índices de revisión de precios correspondientes al programa de construcción del avión prototipo C-101.
Artículo segundo

Se concede un suplemento de crédito de ciento noventa y dos millones seiscientas veintitrés mil seiscientas treinta pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección veintidós, "Ministerio del Aire"; Servicio cero dos, "Dirección General de Industria Aeronáutica" capítulo siete, "Transferencias de capital"; artículo setenta y cinco, "A Empresas"; artículo setecientos cincuenta y uno, "Aportación para la financiación del proyecto CASA-101".

Dada en Madrid o, veintiséis de mayo de mil novecientos setenta y ocho.

JUAN CARLOS

El Presidente de las Cortes,

ANTONIO HERNANDEZ GIL

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