Orden TIN/310/2010, de 10 de febrero, por la que se convoca, para el año 2010, la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal.

MarginalBOE-A-2010-2607
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

La Orden TIN/3440/2009, de 16 de diciembre («BOE» del 21), establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos y otros entres representativos de la economía social de ámbito estatal.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23 que el procedimiento para la concesión de subvenciones se inicia siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por el órgano competente.

El Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en su Título I, Capítulo I, relativo a las disposiciones generales, regula el procedimiento de concesión y en el Capítulo II el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración tiene atribuida, entre otras, la función de elaborar, impulsar y ejecutar, en el ámbito de la Administración General del Estado, la actuación política en el sector de la economía social, el fomento del empleo autónomo y la responsabilidad social de las empresas, en virtud de lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio.

Para la puesta en práctica de estas funciones, los Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 consignan los oportunos créditos en las aplicaciones presupuestarias del Programa «Desarrollo de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas».

Entre las actuaciones contempladas en dicho programa figuran las orientadas a desarrollar acciones de formación, difusión y fomento de la economía social en campos como el de la vivienda, enseñanza, consumo, servicios, asistencia sanitaria, que fomenten la constitución de sociedades cooperativas u otras formas de la economía social, así como la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, mediante un modelo de economía social solidaria de las empresas de inserción a través de sus asociaciones. Igualmente, las dirigidas al fomento del empleo autónomo y al apoyo a sus asociaciones, así como las de promoción de las acciones de difusión de las prácticas de responsabilidad social de las empresas.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento y en la Orden TIN/3440/2009, de 16 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos y otros entres representativos de la economía social de ámbito estatal y, previo informe de la Abogacía del Estado, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Por la presente Orden se convoca para el año 2010, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones a las actividades de promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por la Orden TIN/3440/2009, de 16 de diciembre («BOE» del 21).

Artículo 2 Finalidad y condiciones.
  1. Las subvenciones que se convocan por la presente Orden tienen como finalidad el contribuir a la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo, así como la financiación parcial de los gastos generales de las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos de carácter intersectorial y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal para que puedan conseguir de forma eficaz el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

  2. Para la promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo, deberá llevarse a cabo alguna de las siguientes actividades de ámbito estatal:

    1. Actividades de formación tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo.

    2. Organización de congresos, seminarios, jornadas, presencia en ferias y otras actividades de naturaleza similar.

    3. Elaboración de estudios, trabajos de documentación, análisis e investigación.

    4. Edición de folletos, publicaciones, y otras actuaciones análogas.

    5. Campañas publicitarias para la promoción de la economía social, el trabajo autónomo y la responsabilidad social de las empresas a través de cualquier medio de comunicación, incluidas las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones

  3. En relación con el artículo 7.1. a), para el año 2010 se fijan las siguientes prioridades temáticas, a efectos de valoración de las solicitudes de subvención que se presenten:

    1. Promoción de la economía social: Legislación sobre economía social, cooperativas y sociedades laborales; Sociedad Cooperativa Europea; empresas de inserción; I+D+i en las empresas de economía social; difusión de las formas empresariales y sociales de la economía social y medidas para su fomento.

    2. Promoción de la responsabilidad social de las empresas: La responsabilidad social de las empresas, con especial referencia a las PYMES; el papel de la responsabilidad social de las empresas en la crisis económica y conformación de un modelo productivo más sostenible y competitivo; transparencia y promoción de los indicadores que se utilicen para la realización de informes de responsabilidad social de las empresas; el consumo y la inversión socialmente responsable; la responsabilidad social de las empresas en el sistema educativo; y la integración de grupos desfavorecidos y diversidad.

    3. Promoción del trabajo autónomo: El desarrollo del Estatuto del Trabajo Autónomo; el trabajo autónomo económicamente dependiente; difusión de las medidas de fomento del empleo autónomo y la mejora de la protección social.

    4. Temas comunes a los párrafos anteriores: Promoción de la igualdad de género; nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones; mejora del medio ambiente.

  4. Para los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas, éstas deberán llevar a cabo las actividades necesarias para la consecución de los fines que les son propios.

Artículo 3 Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos.
  1. Las subvenciones que se convocan por la presente Orden podrán ser solicitadas por:

    1. Las entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos de carácter intersectorial, otros entes representativos de la economía social que integren a dichas entidades, las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro, así como las universidades, para las actuaciones de ámbito estatal de promoción de la economía social, de la responsabilidad social de las empresas y del trabajo autónomo.

    2. Las entidades asociativas, todas ellas de ámbito estatal, de cooperativas y de sociedades laborales, de empresas de inserción, de trabajadores autónomos de carácter intersectorial así como otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de cooperativas y de sociedades laborales para los gastos de funcionamiento relacionados con los fines propios de la entidad.

  2. A efectos de esta Orden se entiende por entidad asociativa de trabajadores autónomos de carácter intersectorial aquella que cuente con miembros en, al menos, dos sectores económicos, de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios.

  3. La acreditación del cumplimiento de los requisitos para solicitar la subvención se efectuará mediante la presentación de la siguiente documentación:

    1. Documento que acredite la personalidad jurídica de la entidad solicitante, a la que se acompañarán los estatutos de la misma.

    2. Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.

    3. Escritura de poder suficiente y subsistente para actuar ante la Administración Pública de la persona física que actúe en nombre y representación de una persona jurídica, salvo que la capacidad de representación se contemple en los estatutos.

    4. Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo siguiente.

    5. Acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. La presentación de la solicitud de subvención implicará la autorización a la...

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