Ley 29/1982, de 1 de julio, sobre concesión de dos créditos extraordinarios por importe de 7.321.880.941 y 86.414.442 pesetas para subvencionar a la «Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles» el resto pendiente del déficit de explotación de 1979 y de la insuficiencia para amortización de créditos del año 1979, respectivamente.

MarginalBOE-A-1982-17240
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo primero

Se conceden los siguientes créditos extraordinarios a los Presupuestos Generales del Estado vigentes, Sección veinticuatro, "Ministerio de Transportes y Comunicaciones"; servicio cero nueve, "Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles":

Primero.- Por un importe de siete mil trescientos veintiun millones ochocientas ochenta mil novecientas cuarenta y una pesetas, al capítulo cuatro, "Transferencias corrientes"; artículo cuarenta y seis, "A empresas comerciales, industriales o financieras"; concepto cuatrocientas sesenta y cuatro nuevo, "Subvención compensadora del resto del déficit de explotación del ejercicio mil novecientos setenta y nueve a la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles".

Segundo.- Por la cantidad de sesenta y seis millones cuatrocientas catorce mil cuatrocientas cuarenta y dos pesetas, al capítulo siete, "Transferencias de capital"; artículo setenta y seis, "A empresas comerciales, industriales o financieras"; concepto setecientos sesenta y tres nuevo. "Aportación estatal a la Red Nacional de Ferrocarriles Españoles" para amortización de parte de los créditos vencidos en mil novecientos setenta y nueve".

Artículo segundo

Los créditos extraordinarios a que se refiero el artículo anterior se financiarán con un crédito del Banco de España que no devengará interés.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuela, Madrid, a uno de Julio de mil novecientos ochenta y dos.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

LEOPOLDO CALVO-SOTELO Y BUSTELO

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