RESOLUCIÓN DE 14 DE JUNIO DE 1996, de la Secretaria de Estado de Hacienda, por la que se delegan determinadas atribuciones en el subsecretario de Economia y Hacienda, en los Directores generales dependientes o adscritos a Dicha secretaria de Estado y En el Director del Gabinete del Secretario de Estado.

MarginalBOE-A-1996-14114
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 765/1996, de 7 de mayo, establece una nueva estructura del Ministerio de Economía y Hacienda, incluyendo entre sus órganos superiores a la Secretaría de Estado de Hacienda. La introducción en el referido Real Decreto de modificaciones en los órganos que integran la Secretaría de Estado y en los centros directivos dependientes de ésta, pone de manifiesto la conveniencia de regular algunas de las delegaciones de atribuciones efectuadas con arreglo a la anterior estructura orgánica, acomodándolas a la actual, con el fin de lograr la mayor agilidad, coordinación y eficacia en el desarrollo de las funciones que la Secretaría de Estado tiene encomendadas.

Por ello, de conformidad con la citada disposición, así como con lo preceptuado en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 28 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se estima conveniente delegar en el Subsecretario de Economía y Hacienda, en los Directores generales dependientes o adscritos a dicha Secretaría de Estado y en el Director del Gabinete del Secretario de Estado, determinadas facultades y competencias atribuidas al Secretario de Estado de Hacienda.

En su virtud, esta Secretaría de Estado ha tenido a bien disponer:

Primero.-Se delega en el Subsecretario de Economía y Hacienda las siguientes atribuciones:

  1. La competencia de resolución de recursos prevista en el apartado 7 del artículo 14 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, de 26 de julio de 1957.

  2. Las competencias que los números 1, 2 y 3 del artículo 9, del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, atribuyen al Secretario de Estado de Hacienda, en relación con los funcionarios destinados en la Secretaría de Estado y en los centros directivos de ella dependientes.

    Segundo.-Se delega en los Directores generales de Tributos y de Coordinación con las Haciendas Territoriales, así como en el Delegado del Gobierno en el Monopolio de Tabacos y en el Presidente del Tribunal Económico Administrativo Central, en el marco de las competencias propias de cada uno de los respectivos centros directivos, las siguientes atribuciones:

  3. La autorización y disposición de los gastos corrientes y de capital, que sean propios de los respectivos centros directivos, así como proponer los correspondientes pagos, hasta el límite de 100.000.000 de pesetas.

  4. Las facultades de contratación y formalización de convenios de colaboración atribuidas al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR