RESOLUCIÓN DE 17 DE JUNIO DE 1997, de la subsecretaria, por la que se hace publico el acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de Junio de 1997, por el que se aprueba el Programa de Gobierno para la Ejecucion de Una politica de Compras publicas.

MarginalBOE-A-1997-13681
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 6 de junio de 1997, adoptó el acuerdo referido en el sumario de esta Resolución. Considerando la naturaleza de dicho acuerdo, esta Subsecretaría, por la presente Resolución tiene a bien disponer:

Dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» al programa de gobierno para la ejecución de una política de compras públicas, cuyo texto íntegro se incluye como anexo a esta Resolución.

Madrid, 17 de junio de 1997.-El Subsecretario, Fernando Díez Moreno.

ANEXO

  1. Introducción

    La Administración General del Estado, considerada en sentido amplio, tiene presupuestado para el año 1997, 1,078 billones de pesetas para gastos corrientes (capítulo II) e inversiones (capítulo VI) en compra de bienes de carácter común o limitada especialidad.

    La importancia de esta cifra plantea la necesidad de actuar en este campo de forma que, sin disminución de la calidad en los servicios que presta la Administración, se alcance una mejora en los procesos de adquisición y uso de estos bienes, permitiendo disminuir su coste y mejorar la gestión de la contratación pública.

    Para ello, la política de compras públicas deberá actuar bajo un enfoque global, de tal forma que los procesos de adquisición de bienes y servicios sean considerados siempre desde el punto de vista de procesos completos, es decir, desde el planteamiento de la necesidad hasta su utilización posterior, incluyendo la adquisición propiamente dicha. Esta concepción, está dirigida a asegurar los principios de economía y oportunidad, así como a obtener el mejor rendimiento y calidad de los bienes y servicios adquiridos.

    Simultáneamente, dada la importancia cuantitativa de las compras públicas, así como la especial problemática derivada de la gran disparidad de bienes y servicios que la Administración necesita para su funcionamiento, y de la multiplicidad de centros directivos con responsabilidad en el campo de las adquisiciones públicas, es necesario cada vez más el establecimiento de una estructura basada en expertos o unidades especializadas en contrataciones, que dé soporte a los aspectos más técnicos de la política de compras y permita una mayor profesionalización en las actividades relacionadas con las adquisiciones.

    El diseño de la política de compras públicas deberá incluir, asimismo, unos objetivos concretos de ahorro a alcanzar. Estos objetivos deberán ser planteados tanto para el conjunto del sistema como para cada Departamento y centro directivo concreto, en base a un mejor uso de los bienes y a la optimización del procedimiento y no al recorte presupuestario que deberá ser la consecuencia del ahorro y no la causa. Simultáneamente debe establecer los indicadores del seguimiento de los objetivos propuestos que permitirán valorar la evolución y ajuste a la realidad a los planes establecidos.

    Por último, la política de compras públicas deberá abordar la puesta en común de las actuaciones de las diferentes Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales. Esta colaboración puede ser enormemente ventajosa para todos los integrantes del sistema y redundar en unas considerables reducciones del gasto en sectores como los Ayuntamientos cuya posición ante los suministradores se vería sensiblemente reforzada.

    Para ello, este documento contempla la puesta en marcha de una serie de actuaciones dirigidas fundamentalmente en dos direcciones:

    1. o Disminución del consumo con medidas encaminadas a un mejor y más racional uso de los bienes y servicios adquiridos que permita obtener el mayor grado posible de:

      Eficiencia, obteniendo el máximo rendimiento de los recursos.

      Racionalización, utilizando bienes y servicios con las pretensiones necesarias.

      Austeridad, en la cantidad y calidad adecuada.

    2. o Optimización de las adquisiciones con medidas dirigidas a:

      Mejora y racionalización del procedimiento de contratación.

      Obtención de las mejores condiciones en las contrataciones de bienes y servicios. La puesta en marcha de las medidas propuestas, debe permitir una optimización, de las adquisiciones públicas afectadas así como, de la gestión de los bienes y servicios que precisa la Administración.

      Esta optimización deberá tener su traducción en un descenso del gasto que la Administración dedica a su funcionamiento, si bien, este descenso no se producirá todo él de forma directa sino gradualmente en base a los resultados alcanzados.

      Dado el volumen ya mencionado que se dedica a las compras públicas en general, cada punto porcentual de ahorro supone 10.780 millones de pesetas. No es exagerado avanzar que la efectiva puesta en marcha de las medidas propuestas podría llegar a producir ahorros que se situarían en una banda de entre un 3 y un 6 por 100 con unos ahorros netos entre 32.000 y 64.000 millones de pesetas.

  2. Ámbito de aplicación de la política de compras públicas

    Dentro de las iniciativas tendentes a la reducción del gasto público, una nueva política de compras está orientada a la obtención de bienes y servicios a los mejores precios y condiciones posibles como uno de sus objetivos básicos, aprovechando el carácter de cliente preferencial que debe corresponderle a la Administración por su gran capacidad de compra y solvencia, lo que aconseja una actuación amplia y coordinada en esta materia.

    En este sentido dicha política deberá comprometer no solamente a la Administración General del Estado sino también a la Administración institucional, a los entes públicos y al sistema de la Seguridad Social (incluido el INSALUD), sin perjuicio de la deseable colaboración e intercambio de información con las Administraciones autonómicas y locales.

    Desde el punto de vista económico, el ámbito de actuación debe ser el conjunto de los gastos corrientes en bienes y servicios y aquellas inversiones en compra de bienes que, por su carácter común o limitada especialidad, cuenten con una oferta plural de suministradores alternativos. Se excluyen, por tanto, las inversiones de carácter militar y las de equipo científico especializado así como las referentes a obras, infraestructuras e instalaciones fijas y las de naturaleza inmaterial.

    Ámbito presupuestario

    La magnitud económica del ámbito de actuación que se propone, expresada en términos de la dotación inicial del Presupuesto de Gastos del Estado para 1997, asciende a:

    Millones

    de pesetas

    Gastos corrientes (capítulo II) / 1.012.713

    Inversión (capítulo VI, parcial) / 66.000

    Total / 1.078.713

    Gastos corrientes

    Por lo que respecta a los gastos corrientes en bienes y servicios, éstos se corresponden con la totalidad del capítulo II del Presupuesto de Gastos del Estado (1.012.713) pesetas, y se reflejan en el cuadro resumen que se acompaña, clasificados por artículos o modalidades de gasto y por subsectores: Estado, organismos autónomos tanto administrativos como comerciales, entes públicos cuyos presupuestos de gastos tengan carácter limitativo y sistema de la Seguridad Social.

    El desglose por artículos es el siguiente:

    Millones

    de pesetas / Artículos

    20 Arrendamientos y cánones / 39.404

    21 Reparaciones, mantenimiento y conservación / 68.033

    22 Material, suministros y otros / 541.263

    23 Indemnizaciones por razón del servicio / 50.412

    24 Gastos de publicaciones / 4.001

    Suma de artículos 20 al 24 / 703.113

    25 Conciertos de asistencia sanitaria / 297.577

    26 Servicios sociales con medios ajenos. / 12.023

    Suma de artículos 25 y 26 / 309.600

    Total / 1.012.713

    El artículo 22, con 541.263 millones de pesetas, representa la partida más elevada. Dentro de los 260.557 millones de pesetas que corresponden a la Seguridad Social en dicha cifra, cabe diferenciar 127.029 millones de pesetas que se refieren a gastos específicamente clínicos y hospitalarios. La diferencia entre los 703.113 millones que totalizan los artícu los 20 al 24, y estos gastos específicos (127.029), es decir, 576.084 millones de pesetas, corresponden a gastos corrientes de carácter general.

    El artículo 25 comprende los conciertos de asistencia sanitaria con la Seguridad Social y con entidades privadas así como del INSALUD con centros especializados.

    El artículo 26 se refiere a los gastos del INSERSO en prestación de servicios sociales con medios ajenos.

    En cuadro aparte se recoge el presupuesto para 1997 de la Seguridad Social desgregado por entidades gestoras, Tesorería General y entidades colaboradoras (mutuas de accidentes de trabajo), clasificando el gasto por artículos.

    Inversiones

    En cuanto a las inversiones a que se ha hecho referencia, comprenderán: Equipos informáticos, mobiliario, maquinaria, material de transporte, fondos bibliográficos, material de comunicaciones y de enseñanza, básicamente, lo que supone sólo una parte reducida del capítu lo VI y más concretamente de los artículos 62 y 63 (que representan las inversiones nueva y de reposición, respectivamente, asociada al funcionamiento operativo de los servicios), ya que éstos también comprenden obras e instalaciones fijas.

    La cuantificación inicial de dichas inversiones se estima en 66.000 millones de pesetas, cifra que puede variar a lo largo del ejercicio pues al producirse la vinculación a nivel de artículos, los proyectos que se integran en éstos pueden modificar sus importes relativos, alterando la proporción entre las inversiones que aquí se consideran y las que se excluyen por su especialización.

    Especialidades del gasto

    ...

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